El ACA estuvo presente en la muestra de arte recordando la gesta de Nürburgring, con más de 40 obras que recorrieron escenas del histórico hecho deportivo. La misma fue celebrada el pasado viernes 23 de agosto por la Asociación Argentina de Volantes, el museo Fangio, y el grupo Fuel Art.
Cuando se comprobaran diferencias con respecto a los datos que se acompañaron al momento de la toma del trámite, o errores visibles en la confección o impresión, se inutilizará el documento defectuoso y se confeccionará uno nuevo SIN CARGO, siempre que la circunstancia se denuncie dentro de los NOVENTA (90) días corridos de haber sido entregado dicho documento y siempre que éste no hubiere sido utilizado para viajar. En caso contrario se efectuarán las rectificaciones con cargo al solicitante.
El pasaporte será entregado a un mayor de 18 años directamente en el domicilio declarado por el ciudadano, por medio de pieza postal certificada, contra la presentación del comprobante de inicio del trámite. El servicio de correo visitará el domicilio en dos oportunidades. En caso de no poder efectuarse la entrega correspondiente, el pasaporte será remitido a la oficina en la cual se generó el trámite.
10 años desde la fecha de emisión a mayores de 18 años.
5 años desde la fecha de emisión a menores de 18 años.
Por consultas sobre el estado del trámite Pasaporte:
Escribir a consultas@renaper.gob.ar
Escribir por redes sociales: Facebook , Twitter e Instagram
WhatsApp: +549 11 51261789
1. Caja de Seguros S.A. (en adelante “La Caja” o “el organizador”, indistintamente) ha organizado la “Promoción Vehículos Usados – Hasta 10 años de antigüedad – La Caja”, en adelante “la Promo”, con el objeto de beneficiar a determinados asegurados de La Caja, domiciliados en la República Argentina.
2. Serán beneficiarios de la Promoción las personas que, siendo socias del Automóvil Club Argentino (ACA) correspondientes a las categorías Plenario, Activo, Credencial Familiar o Vitalicio, contraten con La Caja – adhiriendo a la Póliza Colectiva de Seguro Automotor cuyo Tomador es el Automóvil Club Argentino – desde el 01 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, ambos inclusive, un nuevo seguro automotor para un vehículo usado que posea hasta 10 años de antigüedad exclusivamente al momento de su contratación, con cobertura de casco correspondiente al Pack Ahorro o Cómodo, y que abonen dicho seguro bajo cualquier modalidad de cobro.
3. La Promo consiste en el otorgamiento a los asegurados beneficiarios que cumplan los requisitos de la cláusula anterior de un descuento según el tipo de cobertura contratada a saber:
– Terceros Completo: 30% sobre la prima mensual (premio menos tasa de SSN, impuestos y otros recargos) vigente al momento de la contratación de un seguro con cobertura de Terceros Completo, y la de sus dos renovaciones mensuales siguientes e ininterrumpidas.
– Todo Riesgo: 50% sobre la prima mensual (premio menos tasa de SSN, impuestos y otros recargos) vigente al momento de la contratación de un seguro con cobertura de Todo Riesgo, y la de sus dos renovaciones mensuales siguientes e ininterrumpidas.
Si por cualquier motivo el premio o costo final del seguro mensual aumentare, la bonificación porcentual se aplicará sobre la prima que corresponda a la renovación mensual de que se trate.
A los fines de esta Promoción se considerará nuevo seguro a todo aquel que ampare un vehículo no asegurado con La Caja para un mismo titular y dominio durante los 30 días anteriores a la fecha de su incorporación a la póliza colectiva contratada por el ACA.
4. Esta promoción resulta aplicable en todo el país para todas las dependencias de seguros del ACA, incluido su Centro de Atención Telefónica y los seguros automotores solicitados por el canal de Internet, únicamente para vehículos usados de hasta 10 años de antigüedad al momento de su contratación.
No resulta combinable con otras promociones de seguros ACA vigentes, excepto la Promoción Visa Especial ACA.
5. Promoción no combinable con otras promociones de la aseguradora.
6. La participación en esta Promo implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que se adopten sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. Consultá acerca de la cobertura, sus límites y condiciones de suscripción al 0800-888-9888 de lunes a viernes de 9 a 18 hs. o en cualquiera de las dependencias de seguros del ACA.
7. EL ORGANIZADOR tiene conocimiento de la Ley N° 25.326 y normativa complementaria y se comprometen a cumplir con la misma.
La participación en LA PROMO implica que el BENEFICIARIO presta su consentimiento, en los términos exigidos por la Ley 25.326, para que los datos proporcionados sean objeto de tratamiento automatizado.
El titular de los datos podrá requerir que dicha información le sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido.
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
8. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de LA PROMO y/o de las previsiones de estas BASES, los BENEFICIARIOS y EL ORGANIZADOR se someterán a la ley de la República Argentina y a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios Comerciales con asiento en la ciudad de Buenos Aires.
9. Para todos los efectos emergentes de LA PROMO, LA CAJA constituye domicilio en Fitz Roy 957 y los BENEFICIARIOS en los domicilios consignados en su solicitud de aseguramiento.
En dichos domicilios serán válidas y eficaces todas las notificaciones y comunicaciones que las partes se dirijan y los mismos subsistirán mientras no sean modificados y la modificación comunicada a la otra parte por medio fehaciente.
10. Tomador de la Póliza Colectiva: Automóvil Club Argentino. Av. del Libertador 1850 (C1425AAR) C.A.B.A. CUIT 30-50014329-7. Por convenio con Caja de Seguros S.A.
11. Los seguros son emitidos por Caja de Seguros S.A. Fitz Roy 957 (C1414CHI) C.A.B.A. CUIT 30-66320562-1. N° de inscripción en SSN: 501. Superintendencia de Seguros de la Nación 4338-4000 o 0-800-666-8400, www.argentina.gob.ar/ssn. Consultá acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza.
1- Caja de Seguros S.A. (en adelante “La Caja” o el “Organizador”, indistintamente) ha organizado la “Promoción 0 Km. La Caja” en adelante “la Promo”, con el objeto de beneficiar a determinados asegurados de La Caja, domiciliados en la República Argentina.
2- Serán beneficiarios de la Promo las personas que, siendo socias del Automóvil Club Argentino (ACA) correspondientes a las categorías Plenario, Activo, Credencial Familiar o Vitalicio, contraten con La Caja, adhiriendo a la Póliza Colectiva de Seguro Automotor cuyo Tomador es el Automóvil Club Argentino, desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, ambos inclusive, un nuevo seguro automotor para un vehículo 0 km. exclusivamente, con cobertura de casco correspondiente al Pack Ahorro o Cómodo, y que abonen dicho seguro bajo cualquier modalidad de cobro.
3- La Promo consiste en el otorgamiento a los asegurados beneficiarios que cumplan los requisitos de la cláusula anterior de un descuento que estará dado en función del tipo de cobertura contratada, a saber:
– En Planes de Terceros Completo: Descuento del 30% sobre la prima mensual (premio menos tasa de SSN, impuestos y otros recargos) vigente al momento de la contratación de un seguro con cobertura de Terceros Completo, y la de sus dos renovaciones mensuales siguientes e ininterrumpidas.
– En Planes de Todo Riesgo: Descuento del 50% sobre la prima mensual (premio menos tasa de SSN, impuestos y otros recargos) vigente al momento de la contratación de un seguro con cobertura de Todo Riesgo, y la de sus dos renovaciones mensuales siguientes e ininterrumpidas.
Si por cualquier motivo el premio o costo final del seguro mensual aumentare, la bonificación se aplicará sobre la prima que corresponda a la renovación mensual de que se trate.
A los fines de la Promo se considerará nuevo seguro a todo aquel que ampare un vehículo no asegurado con La Caja para un mismo titular y dominio durante los 30 días anteriores a la fecha de su incorporación a la póliza colectiva contratada por el ACA.
4- Esta promoción resulta aplicable en todo el país para todas las dependencias de Seguros del ACA, incluido su Centro de Atención Telefónica y los seguros automotores solicitados por el canal de Internet, únicamente para vehículos 0km..No resulta combinable con otras promociones de seguros ACA vigentes, excepto la promoción de aseguramiento para vehículos 0 km. y la Promoción VISA 0 Km.
5- Promoción no combinable con otras promociones de la aseguradora.
6- La participación en la Promo implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que se adopten sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. Consultá acerca de la cobertura, sus límites y condiciones de suscripción al 0800-888-9888 de lunes a viernes de 9 a 18 hs. o en cualquiera de las dependencias de seguros del ACA.
7- El Organizador tiene conocimiento de la Ley N° 25.326 y normativa complementaria y se compromete a cumplir con la misma.La participación en la Promo implica que el beneficiario presta su consentimiento, en los términos exigidos por la Ley 25.326, para que los datos proporcionados sean objeto de tratamiento automatizado.
El titular de los datos podrá requerir que dicha información le sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido.
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
8- Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promo y/o de las previsiones de estas Bases, los beneficiarios y el Organizador se someterán a la ley de la República Argentina y a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios Comerciales con asiento en la ciudad de Buenos Aires.
9- Para todos los efectos emergentes de la Promo, LA CAJA constituye domicilio en Fitz Roy 957 y los beneficiarios en los domicilios consignados en su solicitud de aseguramiento.En dichos domicilios serán válidas y eficaces todas las notificaciones y comunicaciones que las partes se dirijan y los mismos subsistirán mientras no sean modificados y la modificación comunicada a la otra parte por medio fehaciente.
10- Tomador de la Póliza Colectiva: Automóvil Club Argentino. Av. del Libertador 1850 (C1425AAR) CABA. CUIT 30-50014329-7. Por convenio con Caja de Seguros S.A.
11- Los seguros son emitidos por Caja de Seguros S.A. Fitz Roy 957 (C1414CHI) CABA. CUIT 30-66320562-1. N° de inscripción en SSN: 501. Superintendencia de Seguros de la Nación 4338-4000 o 0-800-666-8400, www.argentina.gob.ar/ssn. Consultá acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza.
La Oficina Virtual es una plataforma desde la cual se pueden realizar diferentes gestiones online, las 24 horas del día sin moverte de dónde estés.
Los socios del Automóvil Club Argentino correspondientes a las categorías Plenario, Activo, Adherente, Credencial Familiar, Vitalicio, y Honorario, y también empleados durante su permanencia a la entidad.
Hacé clic en >Acceso a Oficina Virtual, desde ahí tantos los socios registrados, como aquellos sin usuario, podrán ingresar completando DNI y Contraseña.
Si ingresas por primera vez, recibirás un mail o SMS y una clave para validar el registro.
Los Socios y Empleados que estén registrados podrán hacer uso de las siguientes funcionalidades :
– Pago de la Cuota Social y de Seguro Automotor.
– Alta de Credencial Familiar.
– Actualización de datos personales.
– Cotización de Seguro Automotor y su contratación.
– Consulta del Programa de Beneficios.
– Reserva de Turnos para los trámites de DNI, Pasaporte y Licencia de Conducir.
– Consulta de consumos con descuento en Combustibles y Lubricantes.
Teniendo el vehículo asegurado a través del Automóvil Club Argentino, el asegurado podrá:
– Imprimir la Propuesta de renovación, Tarjeta de Seguro Obligatoria y Certificado Mercosur.
– Realizar la pre-denuncia de Siniestros.
– Renovación de Cupón de Vitalicio.
– Acceso a Carnet Digital.
No. La Oficina Virtual no tiene ningún costo extra o adicional durante la permanencia como socio.
Si ya te registraste y olvidaste tu contraseña hacé clic en >Recuperá tu contraseña, te enviaremos la nueva contraseña al email que dejaste en tu registro. Recordá chequear el Correo no deseado si es que no recibís el email en tu Bandeja de entrada.
Habiendo ingresado a la Oficina Virtual podrás modificar tu contraseña o el email registrado, haciendo clic en los enlaces que figuran sobre el margen superior derecho junto a tus datos.
Legales
1) Servicio de Asistencia Mayores: Válido desde el 01/05/2020 hasta el 31/07/2020 para todos los asegurados de Caja de Seguros SA con Seguro Automotor y/o Seguro del Hogar vigente. El servicio es prestado por EUROP ASSISTANCE ARGENTINA S.A., CUIT 30-69121636-1, con domicilio en Carlos Pellegrini 1162, 9° Piso, de la Ciudad de Buenos Aires.
°Los seguros son emitidos por Caja de Seguros S.A. Fitz Roy 957 (C1414CHI) C.A.B.A. CUIT 30-66320562-1. N° de inscripción en SSN: 501. Superintendencia de Seguros de la Nación 4338-4000 o 0-800-666-8400, www.ssn.gob.ar. Consultá acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza.
Bases y Condiciones
1) Válido para todos los asegurados de Caja de Seguros S.A. con seguro automotor y/o seguro del hogar vigentes desde el 06/04/2020 hasta el 30/06/2020. El grupo familiar se integra con el cónyuge o conviviente e hijos menores de 25 años.
El servicio es prestado por Portal Salud SA, CUIT 30-71518161-0, domiciliada en Gorriti 196, de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
El beneficio es otorgado por la compañía aseguradora Caja de Seguros S.A.
Serán considerados beneficiarios principales a los efectos de esta prestación exclusivamente, las personas físicas asociadas del Automóvil Club Argentino (ACA) correspondientes a las categorías: Plenario, Activo, Credenciales Familiares y Vitalicio, que posean un seguro de seguro automotor y/o seguro del hogar contratado a través del Club°, que el mismo se encuentre vigente, y que al mismo tiempo, dichos socios se encuentren con el estado de sus cuotas sociales al día.
Serán considerados beneficiarios adicionales de la prestación a otorgar, los integrantes del grupo familiar del socio titular. Se entiende por integrantes del grupo familiar al cónyuge o conviviente, hijos menores de 25 años.
Este servicio se brindará a los beneficiarios únicamente durante el periodo comprendido desde el 06.04.2020 hasta el 30.06.2020 inclusive.
El servicio de telemedicina consiste en la atención médica a los beneficiarios a través de consultas online y/o en tiempo real por medio de videollamada con profesionales médicos especializados en medicina clínica, dermatología y pediatría.
Asimismo, los beneficiarios podrán acceder a consultas con profesionales de otras especialidades a través de un turno previamente programado.
El servicio es brindado por Portal Salud S.A. (CUIT 30-71518161-0) domiciliada en Gorriti 196, de la Ciudad de Rosario (Provincia de Santa Fe).
Los beneficiarios podrán hacer uso del servicio de Telemedicina para consultas de atención simples y dolencias que no revistan mayor gravedad ni impliquen riesgo de vida.
Este servicio no debe ser utilizado en situaciones de emergencia tales como pérdida de conocimiento, dificultad para respirar, hemorragias, dolores de pecho o cualquier situación de aparición súbita y síntomas severos, ya que en dicho caso deberá dirigirse al centro de urgencias más cercano o llamar al número de emergencias médicas de la localidad.
El Servicio de Telemedicina se circunscribe en todos los casos a la evaluación del estado de salud del paciente, el diagnóstico presuntivo y la orientación respecto de las conductas a seguir.
En caso de ser necesario, recomendará al paciente dirigirse a un sanatorio u hospital.
Los beneficiarios podrán acceder a este beneficio descargando a su celular la aplicación DOC24 desde Play Store o App Store, o ingresando en www.doc24.com.ar.
Los beneficiarios quedarán habilitados una vez que se hayan registrado, previa lectura y aceptación de los términos y condiciones de la aplicación, y una vez ingresado sus datos personales y los de su grupo familiar.
De esta manera podrán acceder a las video-consultas médicas online o bien, agendar consultas médicas, cuando los beneficiarios así lo requieran.
Los beneficiarios podrán acceder al servicio de Telemedicina las 24 horas del día durante el período de vigencia de este beneficio.
Los beneficiarios podrán hacer uso de este servicio desde cualquier lugar del mundo, en la medida que no existan impedimentos de conexión a internet, a través del uso de su celular, tablet y/o PC.
No. El servicio de Telemedicina no tiene ningún costo extra o adicional durante el periodo mencionado anteriormente.
No. El servicio quedará automáticamente discontinuado al finalizar el periodo de vigencia sin necesidad de notificación alguna por parte del socio asegurado y sin ningún cargo adicional.
Si alguno de los beneficiarios presentare síntomas relacionados al COVID-19, como tos seca, fiebre (38º o más) o dolor de garganta, es preciso no autodiagnosticarse.
A tal fin, se sugiere ponerse en contacto con un médico a través de la plataforma de Telemedicina DOC24 las 24 hs. o bien, comunicarse ante cualquier duda o consulta con las líneas telefónicas oficiales dispuestas por el Gobierno a tales fines.
°Los seguros son emitidos por Caja de Seguros S.A. Fitz Roy 957 (C1414CHI) C.A.B.A. CUIT 30-66320562-1. N° de inscripción en SSN: 501. Superintendencia de Seguros de la Nación 4338-4000 o 0-800-666-8400, www.ssn.gob.ar. Consultá acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza.
¿Cómo debe requerirse el servicio de Auxilio Mecánico?
Llamando al *222 desde celular, o al 0800-777-2894 o bien solicitando el contacto a través de la APP ACA Móvil.
¿Qué te solicitaremos al momento de pedir el Auxilio Mecánico?
-Categoría y número de socio.
-Número de DNI.
-Teléfono de contacto.
-Marca y modelo.
-Dominio completo.
-Color de carrocería.
¿Qué categorías sociales gozan de este servicio?
Todos sus asociados excepto los que revistan en la categoría de adherentes, de acuerdo a las disposiciones detalladas en el Reglamento de Auxilio Mecánico.
¿Cuál es el área geográfica o ámbito de valides territorial en el que se brinda el servicio ?
Se brinda en todo el territorio de la República Argentina y países limítrofes.
¿En qué momento un nuevo asociado está en condiciones de percibir esta prestación?
Desde el momento de su asociación.
¿Puede el vehículo viajar solo en un traslado?
Si, deberán tomarse alguno de los siguientes recaudos:
-El Socio debe enviar Autorización al ACA con los datos de quién designe para la recepción del vehículo.
–Debe entregar al chofer del equipo, llaves y cédula verde o azul física o título digital impreso.
-Detallar lo más amplio posible las condiciones en que se encuentra el vehículo en el formulario respectivo (inventario).
-En el destino debe requerirse la conformidad y firma en la boleta de auxilio de quien recibe la unidad, inclusive se asentará el número de documento de dicha persona.
¿En caso de estar una tercera persona, ¿qué documentación debe estar presente en el lugar?
-El Socio debe enviar Autorización al ACA con los datos de quién designe para la entrega del vehículo.
-Deberá presentar el carnet del Socio y la documentación del vehículo (llaves y cédula verde o azul física o título digital impreso), cuyos datos deberán coincidir entre sí para poder brindarle el servicio u otros datos a satisfacción del ACA que permitan identificar la relación del Socio con el receptor del servicio.
En caso de estar una tercera persona, ¿Puede el vehículo viajar solo en un traslado?
Si, deberán tomarse alguno de los siguientes recaudos:
-El Socio debe enviar Autorización al ACA con los datos de quién designe para la entrega y recepción del vehículo en destino.
-Deberá presentar el carnet del Socio y la documentación del vehículo (llaves y cédula verde o azul física o título digital impreso), cuyos datos deberán coincidir entre sí para poder brindarle el servicio u otros datos a satisfacción del ACA que permitan identificar la relación del socio con el receptor del servicio.
-Detallar lo más amplio posible las condiciones en que se encuentra el vehículo en el formulario respectivo (inventario).
– En el destino debe requerirse la conformidad y firma en la boleta de auxilio de quien recibe la unidad, inclusive se asentará el número de documento de dicha persona.
¿Cuáles son los medios de pago habilitados?
Efectivo, tarjeta de débito/crédito.
¿Cuento con servicio de Auxilio fuera del territorio Argentino?
Si, en el resto del mundo, los socios gozarán del servicio del Automóvil Club de cada país u organización similar, con los cuales existan convenios de reciprocidad.
¿Cuándo me corresponde el servicio de Asistencia al Viajero?
Cuando el Socio se encuentre en viaje a más de 80 kms. de su domicilio registrado en el ACA.
¿Cómo debo solicitarlo?
Para solicitar Asistencia al Viajero, los asociados deberán comunicarse con la prestadora a través de las siguientes líneas telefónicas:
En Argentina: 0-800-888-8425 y (011) 4814-9026
Desde países limítrofes: mediante Servicio de Cobro Revertido al (54-11) 4814-9026 y (54-11) 4814-9037
Acerca de las características generales del Servicio:
¿Quién es la prestataria del servicio?
La prestataria del servicio es EUROP ASSISTANCE ARGENTINA S.A. (EAA) con domicilio en Carlos Pellegrini 1163, 9° Piso, (código postal 1009) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Qué categorías sociales gozan de este servicio?
Serán considerados beneficiarios titulares, a los efectos de esta prestación exclusivamente, las personas físicas asociadas del Automóvil Club Argentino correspondientes a las categorías Plenario, Activo, Credencial Familiar y Vitalicio, ya sea en calidad de conductor u acompañante que se encuentren con el estado de sus cuotas sociales al día.
¿Quiénes son los beneficiarios adicionales de la prestación?
Serán considerados beneficiarios adicionales de la prestación a otorgar, los demás individuos que se encuentren en el vehículo accidentado o averiado al momento de solicitar la asistencia, ya sea en carácter de conductor o meros ocupantes del mismo, hasta el máximo de plazas previsto por el fabricante.
¿Cuál es el área geográfica o ámbito de validez territorial?
Los servicios se brindarán en la República Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay.
¿En qué momento el nuevo asociado está en condiciones de percibir esta prestación?
A partir de las 00.00 hs. del día siguiente al de su ingreso como socio.
¿Cómo debe requerirse la solicitud de asistencia y que hay que informar?
Deberá llamarse telefónicamente al 0800 888 8425 o al (11) 4814-9026 si el socio lo hace desde la Argentina.
Si se encuentre en países limítrofes, deberán hacerlo al (5411) 4814-9026, ya sea mediante llamada directa, o bien, realizándolo a idéntico número a través de la modalidad del sistema de cobro revertido.
Si el asociado se encuentra en la República Oriental del Uruguay, también lo podrá efectuar a través de la siguiente línea telefónica directa, gratuita y exclusiva: 000 40 54 080.
En todos los casos se deberá suministrar la siguiente información:
¿Cuándo son suministrados estos servicios?
Los servicios serán prestados por el proveedor a los beneficiarios, cuando así le sean solicitados, las 24 horas del día durante los 365 días del año.
¿Cuándo se puede hacer uso del servicio de Asistencia al Viajero?
Cuando el beneficiario se encuentre “en viaje” a más de 80 kms. de su domicilio particular, y únicamente cuando el vehículo haya sufrido una avería u accidente que impida su normal desplazamiento.
¿Qué se entiende por “Viaje” para el servicio de asistencia al viajero?
Se definirá como tal a la salida del beneficiario a más de 80 kms. de su domicilio particular registrado en los sistemas del ACA por el socio, con destino a otro sitio ubicado dentro del área de cobertura, como así también su posterior regreso a dicho domicilio.
A efectos de la definición del concepto de “Viaje” queda expresamente establecido que el servicio no alcanzará a potenciales beneficiarios que se encuentren ya en la localidad de destino mismo, al momento del evento.
¿Qué tipo de vehículos abarca esta prestación? ¿Posee exclusiones?
Deberán tratarse de vehículos particulares, con peso máximo de 3.500 kgs.
Quedan expresamente excluidos los vehículos utilitarios de transporte público de personas, de alquiler (con o sin chofer, ya sean taxis o remises) y de carga o mercaderías.
Acerca de la modalidad de la prestación:
¿Cuál es la modalidad en que se brinda la prestación?
El otorgamiento de la asistencia de los distintos servicios a suministrar por Europ Assistance se brindarán mediante prestaciones de tipo directo (ya sea por sí y/o a través de su red de agentes/ prestadores) preferentemente, acudiendo a la forma de reintegro sólo en aquellos casos que resulten extraordinarios y se encuentren debidamente autorizados por la Central Operativa del prestador al momento del evento.
Acerca de los servicios a suministrar
¿En qué casos se brinda el servicio de “Hospedaje o estancia por inmovilización o robo del vehículo”?
En caso de robo del vehículo o bien a causa de una avería y/o accidente que no pueda repararse en el mismo día y los beneficiarios opten por esperar dicha reparación, Europ Assistance se hará cargo de los gastos de hotel para uno, algunos o todos los beneficiarios, durante el tiempo que demande la reparación y hasta los límites determinados en Argentina o países limítrofes segunda corresponda.
Los gastos de hotel comprenden únicamente alojamiento y no incluyen desayunos, almuerzos, cenas ni extras de ninguna clase.
¿En qué situaciones se otorga el “Desplazamiento o traslado de los beneficiarios por inmovilización del vehículo”?
Cuando a causa de una avería y/o accidente el vehículo deba quedar inmovilizado y no pueda repararse dentro de las 72 hs., o bien cuando el vehículo fuera robado, y el beneficiario opte por continuar su viaje, Europ Assistance se hará cargo del desplazamiento de uno, algunos o todos los beneficiarios hasta el domicilio registrado por el socio, o en caso que el beneficiario optara por la continuación del viaje, Europ Assistance se hará cargo del desplazamiento hasta el lugar de destino de su viaje, siempre que la distancia a recorrer no sea mayor que la existente hasta el domicilio particular en la República Argentina registrado por el titular.
¿Se puede escoger el medio de transporte bajo la prestación de Desplazamiento o Traslado?
No, el medio de transporte será a elección de Europ Assistance (bus, tren, remis, avión).
El límite para reintegros será el que corresponda a las tarifas vigentes, según distancia y medio de transporte designado. En caso de avión, será tarifa de “banda negativa” cuando la hubiere.
¿Cuándo se puede llevar a cabo el Traslado o Desplazamiento en remis?
Podría llevarse a cabo el traslado en remis en los siguientes casos:
¿Se encuentra cubierto el Traslado en caso de tener que regresar para recuperar el vehículo?
En caso de tener que regresar para recuperar el vehículo una vez reparado o encontrado en condiciones de rodar después de robo, Europ Assistance se hará cargo de un pasaje para el titular o para la persona que éste designe, siendo el medio de transporte a elección de Europ Assistance.
Sólo se brindarán dos pasajes cuando la distancia entre el lugar donde se encuentre el vehículo y el domicilio del SOCIO titular que se encuentre registrado en el ACA sea superior a 1.000 kms.
¿En qué circunstancias se ofrece el servicio “Acompañamiento de menores y/o discapacitados”?
Cuando por motivo de un accidente automovilístico resulten desamparadas o en situación de desprotección personas menores y/o discapacitadas, Europ Assistance le asignará un acompañante y le brindará la asistencia necesaria hasta el regreso a su domicilio.
¿Qué sucede si un vehículo reparado o recuperado luego de un robo debe quedar en “depósito y/o custodia”?
En caso de que un vehículo reparado o recuperado deba quedar en depósito y/o custodia, se reintegrarán los gastos por su guarda hasta un límite máximo determinado en pesos.
¿En qué eventos en particular la prestataria asume los gastos de “Localización y envío de piezas de repuesto” para la reparación del vehículo?
Europ Assistance asumirá los gastos de localización y envío de piezas de repuesto únicamente cuando la pieza sea indispensable para la movilidad del vehículo y no estuviera disponible en el lugar de reparación del vehículo.
El importe correspondiente al Costo del repuesto siempre correrá por cuenta del socio beneficiario.
¿Hay algún tipo de limitación para el envío de las piezas de repuesto del vehículo?
En todos los casos deberá tratarse de repuestos legítimos (excluyéndose expresamente accesorios y otras piezas que no comprometan la movilidad del vehículo, según las normas de tránsito vigentes), y exclusivamente se enviarán para vehículos que efectivamente se encuentre en viaje.
Se transportarán sólo piezas de repuestos de hasta 5 kilogramos de peso, excluyéndose taxativamente parabrisas y partes de carrocería.
Reiteramos que el importe del costo del repuesto se encuentra siempre a cargo del beneficiario.
¿Cuándo se puede solicitar el “Servicio de cerrajería”?
Cuando el beneficiario no pueda ingresar al vehículo y cuando pueda verificarse que las correspondientes llaves se encuentren dentro del mismo; o bien, en caso de extravío o robo de las mismas, mediando la denuncia policial pertinente.
¿En qué situaciones es designado un “Conductor Sustituto”?
En caso de impedimento absoluto de un beneficiario para conducir su vehículo a causa de enfermedad grave o aguda o accidente de tránsito, ambos repentinos, se enviará un conductor para retornar el vehículo al domicilio declarado y por el trayecto más directo, o bien al destino inicial indicado por el beneficiario.
El beneficiario podrá optar por designar un conductor residente en la República Argentina, en cuyo caso la prestación se reducirá a los gastos de traslado del mismo.
No se incluirán por ende otros gastos tales como peajes, mantenimiento y reparación del vehículo, consumo de combustibles, ni gastos personales del socio titular y/o acompañantes (ej. alimentos y comidas).
¿En qué circunstancias se brinda un “Vehículo Sustituto”?
En caso de hurto, robo o destrucción total por: explosión, accidente automovilístico, incendio o rayo, el beneficiario deberá comunicarlo según las condiciones generales a los efectos que Europ Assistance tome a su cargo la coordinación del alquiler de un vehículo sustituto que reemplace al siniestrado.
¿Se puede gestionar la prestación de un “Vehículo Sustituto” mediante la modalidad de reintegro?
El beneficiario podrá hacer uso de esta prestación mediante la modalidad de reintegro únicamente de manera excepcional, previa comunicación y autorización expresa de la Central Operativa de Europ Assistance, para lo cual será condición presentar la factura y comprobante de pago del alquiler correspondiente.
¿La asistencia de un “Vehículo Sustituto” posee limitación alguna en materia de la cantidad de días y kilómetros a asignarle?
Sí, el límite máximo de prestación será de hasta 48 horas y hasta 120 km. libres por día.
En caso de reintegro, el límite será por un importe determinado en pesos incluyendo impuestos.
¿Cuál es el período de tiempo límite para hacer uso de dicha prestación?
Esta prestación podrá ser activada siempre y cuando la misma sea solicitada dentro de los diez días posteriores a la fecha de denuncia efectuada ante las autoridades policiales competentes. El beneficiario deberá enviar a Europ Assistance copia de la denuncia con carácter previo a todo trámite.
En caso de accidente con víctimas… ¿Se brinda también el servicio de “Vehículo Sustituto”?
Sí. El servicio de vehículo sustituto también se brindará en caso de accidente automovilístico en el cual resulten heridos graves (con internación) o fallecidos uno o más beneficiarios con un límite de prestación de 24 horas y con hasta 120 km. libres.
En caso de reintegro, el límite será por un importe determinado en pesos incluyendo impuestos.
¿Existe alguna cobertura en materia de “Gastos Médicos en caso de accidente automovilístico en países limítrofes”?
Sí. Solamente en caso de accidente automovilístico ocurrido en países limítrofes, en el cual resulten heridos uno o más beneficiarios, Europ Assistance asumirá los gastos médicos derivados de la emergencia (incluyendo atención médica inicial, traslados, atención por especialistas, laboratorio, radiología, suministro de medicación de urgencia, internación, etc.) hasta un tope global determinado en dólares estadounidenses, e independientemente de la cantidad de beneficiarios que hayan resultado heridos y requieran dicha atención.
¿Cómo funciona el servicio de “Traslado Sanitario”?
En caso exclusivo de accidente automovilístico, se trasladará al beneficiario y acompañantes hasta el centro hospitalario más próximo al lugar de su ocurrencia que resulte adecuado según la naturaleza de las heridas, y sobre cuyo transporte deberá estar previamente autorizado por el Departamento Médico de nuestro prestador (Europ Assistance Argentina S.A.)
¿En qué medios de transportes se realiza el Traslado Sanitario?
El traslado podrá ser realizado en aviones sanitarios, de línea, tren o ambulancia, según la gravedad del caso.
Únicamente las exigencias de orden médico serán tomadas en consideración para decidir la elección del medio de transporte y el lugar de hospitalización.
Reiteramos que en todos los casos, el transporte deberá ser previamente autorizado por el Departamento Médico de Europ Assistance.
¿Se encuentra cubierto el “Traslado de un familiar” en caso de accidente o fallecimiento de el/los beneficiarios?
En caso que el beneficiario deba ser internado a raíz de un accidente automovilístico y se encuentre solo en el lugar de hospitalización, o en caso de un accidente automovilístico que derive en la muerte de uno o más beneficiarios, Europ Assistance proveerá el traslado a un familiar hasta el lugar donde se encuentre el herido o los fallecidos.
Asimismo… ¿están contemplados los gastos por “Alojamiento de un familiar”?
Sí, bajo los motivos anteriores de un accidente automovilístico, la prestadora tomará a su cargo los gastos de alojamiento del familiar, hasta los límites económicos determinados para Argentina o países limítrofes, según corresponda.
¿Cómo funciona el servicio de “Repatriación Sanitaria”?
La prestadora cubrirá los gastos derivados de la repatriación sanitaria sólo cuando éstos sean definidos como necesarios por el Departamento Médico de Europ Assistance, y sean exclusiva consecuencia de un accidente automovilístico.
Este servicio se brindará solo por prestación de Europ Assistance y no se abonarán reintegro alguno por tal concepto.
¿En qué medio de transporte se lleva a cabo la Repatriación Sanitaria?
La repatriación deberá ser efectuada en avión de línea regular con acompañamiento médico o de enfermera, si correspondiese, sujeto a disponibilidad de plazas, hasta la República Argentina.
Este traslado deberá ser autorizado por el médico que intervenga en el lugar de ocurrencia del accidente y también por el Departamento Médico de Europ Assistance.
Reiteramos que este servicio se brindará sólo por prestación de Europ Assistance y no se abonarán reintegros por tal concepto.
En caso de fallecimiento de un beneficiario, ¿qué servicios comprende la prestación de “Traslado de Restos”?
En caso de fallecimiento de un beneficiario causado exclusivamente por un accidente automovilístico, Europ Assistance deberá organizar y cubrir los gastos de féretro de traslado, trámites administrativos y transporte de restos hasta el lugar de su inhumación en la República Argentina por el medio que se considere más conveniente.
Déjase constancia que los gastos de trámites, gastos de féretro definitivo, funeral e inhumación de la persona fallecida correrán por exclusiva cuenta de los familiares de los beneficiarios.
¿Qué ocurre si durante el viaje de un beneficiario se produce el fallecimiento de un familiar y éste no pueda regresar en su vehículo?
Cuando un beneficiario deba interrumpir su viaje por fallecimiento de su cónyuge o de un familiar directo (primer grado) y no pueda regresar en el vehículo, se le abonarán los gastos de transporte, siendo el medio de transporte a elección de Europ Assistance.
¿Se encuentra cubierto el traslado de regreso del asociado por siniestro grave en su domicilio?
Sí, en caso de producirse un siniestro grave (incendio, explosión, robo con daños, etc.) en el domicilio del asociado cuando éste se encuentre en viaje, y no hubiese ningún familiar que pueda hacerse cargo de la situación, no pudiendo regresar con su vehículo, se le abonarán los gastos de transporte, siendo el medio de transporte a elección de Europ Assistance.
¿En qué consiste el servicio de “Asistencia Jurídica en la República Argentina”?
Si un socio del ACA es titular de un vehículo y fuera detenido por autoridades policiales o procesado por orden judicial dentro de la República Argentina como consecuencia de serle imputada responsabilidad por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que haya sido parte mientras conducía el vehículo del cual es titular, Europ Assistance pondrá a su disposición un abogado que se hará cargo de su defensa, asumiendo los gastos de la misma hasta un límite global en pesos en concepto de honorarios y gastos causídicos.
¿El servicio de Asistencia Jurídica es válido también en Países Limítrofes?
Sí, en caso que el beneficiario fuera detenido por autoridades policiales o procesado por orden judicial fuera de la República Argentina, como consecuencia de serle imputada responsabilidad por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en que haya sido parte, Europ Assistance pondrá a su disposición un abogado que se hará cargo de su defensa, asumiendo los gastos de la misma hasta un límite global en pesos en concepto de honorarios y gastos causídicos.
¿Cómo funciona el servicio de “Anticipo de Fianzas”?
En caso de accidente por el cual se le impute responsabilidad penal al beneficiario y se le fije fianza, se le adelantará hasta un monto máximo de dólares estadounidenses, en concepto de préstamo para satisfacer dicha fianza, previa garantía a satisfacción de Europ Assistance.
¿En qué situaciones se pone a disposición del beneficiario un “Adelanto Financiero”?
En caso de robo, hurto, destrucción total o accidente con heridos, se pondrá a disposición del beneficiario un adelanto financiero de hasta un monto máximo en dólares estadounidenses previo depósito del mismo en las oficinas de Europ Assistance por parte de un familiar.
¿De qué se trata el servicio “Central de Información las 24 hs”?
Se trata de un servicio mediante el cual los beneficiarios podrán acceder sin costo a la Central de Europ Assistance durante las 24 hs. para obtener información sobre:
¿Qué sucede si el beneficiario se encuentra imposibilitado de transmitir “Mensajes urgentes”?
Cuando en caso de avería, accidente, o robo del vehículo, el beneficiario se encuentre imposibilitado de transmitir un mensaje en carácter de urgencia, Europ Assistance se encargará de retransmitir estos mensajes, poniendo a disposición del beneficiario los medios necesarios a su alcance para cumplimentarlo. De ser necesario, se realizará conferencia tripartita.
Acerca de las exclusiones y limitaciones de los servicios:
¿El servicio de Asistencia al viajero posee algún tipo de exclusiones?
Sí, posee exclusiones de carácter general como también de exclusiones específicas según sea el tipo de asistencia.
Recomendamos sobre el particular la lectura pormenorizada de las Condiciones Generales del Servicio para interiorizarse del alcance de todo su detalle.
¿Los servicios o prestaciones tienen algún límite económico para su otorgamiento?
Sí, los servicios ofrecidos poseen un tope o limite económico determinado para las distintas prestaciones asistenciales.
Consultá acerca de las coberturas, límite de eventos y topes económicos ingresando en las Condiciones Generales del Servicio.
En términos genéricos… ¿cuáles son las exclusiones generales del Servicio de Asistencia al Viajero?
Quedan expresamente excluidos del Servicio de Asistencia al Viajero los siguientes eventos, por los cuales, el proveedor no estará obligado a suministrar la asistencia:
¿Cuáles son aquellos gastos que no se encuentran contemplados en la prestación del Servicio de Asistencia al Viajero?
Europ Assistance no estará obligada a atender los gastos que a continuación se detallan:
Acerca de la forma de canalizar un pedido de reintegro autorizado:
¿Cómo canalizar un pedido de reintegro de un asociado?
En caso de solicitar un reintegro que se encuentre autorizado por la Central Operativa del prestado, el socio se podrá acercar para su tramitación directamente a EUROP ASSISTANCE S.A. o bien a cualquiera de las oficinas del ACA.
En ambos casos –junto a los datos identificatorios de su número de socio, fecha del evento y de autorización del gasto- deberá presentar factura y/o comprobante fiscal válido en original junto a los datos de su cuenta bancaria:
Acerca de las características generales del Servicio:
¿Quién es la prestataria del servicio?
La prestataria del servicio es EUROP ASSISTANCE ARGENTINA S.A. (EAA) con domicilio en Carlos Pellegrini 1163, 9° Piso, (código postal 1009) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Qué categorías sociales gozan de este servicio?
Serán considerados beneficiarios titulares, a los efectos de esta prestación exclusivamente, las personas físicas asociadas del Automóvil Club Argentino correspondientes a las categorías Plenario, Activo, Credencial Familiar, Adherente y Vitalicio, que se encuentren con el estado de sus cuotas sociales al día.
¿Cuál es el área geográfica o ámbito de validez territorial?
Los servicios se brindarán en la República Argentina en la vivienda declarada como domicilio real vigente por el socio en los registros del ACA.
¿En qué momento el nuevo asociado está en condiciones de percibir esta prestación?
A partir de las 00.00 hs. del día siguiente al de su ingreso como socio.
¿Cómo debe requerirse la solicitud de asistencia y que hay que informar?
Deberá llamarse telefónicamente al 0800 555 4642 o al (11) 4814-9053 . En todos los casos, el beneficiario deberá suministrar la siguiente información:
– Nombre y Apellido
– Número de socio.
– Domicilio real de la asistencia.
– Motivo del llamado y tipo de urgencia solicitada.
– Número telefónico para eventual contacto.
¿Cuándo son suministrados estos servicios?
Los servicios serán prestados por el proveedor a los beneficiarios, cuando así le sean solicitados, las 24 horas del día durante los 365 días del año.
¿En dónde se otorga el servicio?
El servicio se otorga en la vivienda de uso particular (casa, departamento, unidad para uso habitacional, etc.) entendiendo por ella el edificio donde el socio tiene su residencia habitual y cuya dirección del domicilio real corresponda a la que se encuentra declarada como tal por el socio en los registros del ACA.
Acerca de la modalidad de la prestación:
¿Cuál es la modalidad en la que se brinda la prestación?
El otorgamiento de la asistencia de los distintos servicios a suministrar por Europ Assistance se brindarán mediante prestaciones de tipo directo (ya sea por sí y/o a través de su red de agentes/ prestadores) preferentemente, acudiendo a la forma de reintegro sólo en aquellos casos que resulten extraordinarios y debidamente autorizados por la Central Operativa del prestador al momento del evento.
Acerca de la asistencia al hogar ante urgencias:
¿En caso de falta de Suministro Eléctrico en mi vivienda puedo solicitar asistencia?
Sí, siempre cuando la falta de energía eléctrica originada en el interior de la vivienda no sea a causa de un corte total o parcial proveniente de la empresa distribuidora de energía, el asociado podrá solicitar telefónicamente a la prestataria un operario para que realice la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía. Esto incluye reparación o cambio de tableros eléctricos, llaves térmicas, interruptores (disyuntores) o fusibles dañados a causa de corte total o parcial de energía; sólo en aquellas partes que pertenezcan a la instalación eléctrica del domicilio real residencial aludido.
¿Cuándo puedo solicitar el “Servicio de Urgencia de Plomería”?
Cuando se produzca una pérdida de agua en la vivienda por rotura o pérdida en las instalaciones hidráulicas y sanitarias que requieran de una reparación de URGENCIA, el asociado podrá solicitar telefónicamente a la prestataria un operario que realizará la reparación de urgencia, siempre y cuando el estado de tales instalaciones lo permita.
Asimismo, en caso de obstrucciones en caños de sanitarios, lavatorios, piletas de cocina y/o lavaderos se enviará un plomero al domicilio para que proceda a destapar las obstrucciones.
¿En caso de “Fuga de gas” puedo solicitar el servicio?
Ante dicho inconveniente y siempre que ello no sea responsabilidad de la empresa que suministra el gas se enviará a un técnico especializado para que haga una verificación y elimine la fuga.
¿Qué comprende el servicio de Cerrajería?
Este servicio comprende la reparación y/o apertura de cerraduras dañadas por AVERIA, ACCIDENTE o ROBO en las puertas exteriores, y/o que se encuentren trabadas y que impidan el ingreso o egreso al domicilio real residencial y/o que atenten contra la seguridad del mismo, para restablecer la apertura y el correcto funcionamiento de la cerradura.
La realización de un duplicado de llave no está incluido.
¿Todos los servicios tienen garantía?
Todos los servicios mencionados anteriormente e indicados bajo Asistencia al Hogar ante Urgencias están garantizados por parte del proveedor por 90 (noventa) días calendario contados a partir de la fecha de terminación de los trabajos.
¿Las coberturas mencionadas anteriormente poseen límite de eventos y topes económicos?
Sí, todas las coberturas poseen límite de eventos y topes económicos.
Consultá acerca de las coberturas, límite de eventos y topes económicos ingresando en las Condiciones Generales del Servicio.
¿El tope de cobertura incluye materiales?
El tope de cobertura por evento incluye sólo costos de mano de obra exclusivamente, y no incluye materiales.
Acerca de la asistencia ante siniestros por incendio:
¿En qué consiste el servicio de “Mudanza de Muebles ante Incendio”?
Cuando la vivienda quede declarada inhabitable como consecuencia de un siniestro por incendio, y sea necesario retirar los muebles por razones de seguridad, o para efectuar la reparación para tornarla habitable, Europ Assistance organizará el retiro y el traslado de los muebles hasta un límite máximo en pesos.
¿En qué casos se otorga el servicio de “Guarda de Muebles”?
En los casos que la vivienda resultara inhabitable como consecuencia de un siniestro por incendio y el asociado no tuviere donde guardar los muebles, Europ Assistance se encargará de los gastos derivados de la guarda de los muebles de la vivienda. El local de depósito de los muebles será especificado por el proveedor.
Este servicio también tiene fijado un tope máximo en pesos.
¿Cuándo se puede solicitar el “Servicio de Limpieza ante Incendios”?
Se podrá solicitar este servicio cuando la vivienda se encuentre inhabitable como consecuencia de un incendio, para recuperar superficialmente los daños y posibilitar el reingreso de sus moradores, tratando de minimizar los efectos del siniestro, y preparando la vivienda para su posterior reparación definitiva.
¿En qué consiste el servicio de “Guarda de Mascota ante incendio”?
En caso de que sea necesario el traslado de los beneficiarios a otro destino como consecuencia de un siniestro por incendio en su vivienda y éstos no puedan tener a su cuidado los animales domésticos, Europ Assistance asumirá los gastos de la guarda de dichas mascotas hasta el tope económico respectivo.
¿Qué sucede en caso de pérdida o destrucción de los documentos personales a raíz del incendio?
En caso de pérdida o destrucción de los documentos personales de los residentes del domicilio a raíz de un incendio, Europ Assistance sufragará los gastos de la tramitación de los mismos mediante reintegro siempre que el beneficiario presente factura y/o comprobante fiscal correspondiente hasta el tope máximo en pesos respectivo.
¿En qué casos se puede hacer uso del “Servicio de Custodia al Domicilio”?
Cuando la vivienda se vuelva vulnerable a raíz de un incendio y, o bien, cuando los elementos de su interior corran un riesgo cierto por rotura total de alguna de sus puertas de acceso, se enviará la mayor celeridad posible el servicio de vigilancia, permaneciendo vigente hasta que puedan verse restablecidas en la vivienda las condiciones habituales de seguridad, o que los bienes estén en un lugar seguro.
El servicio posee un tope económico en pesos.
¿En qué consiste el “Servicio de Hospedaje por Incendio”?
Cuando la vivienda sea declarada inhabitable a consecuencia de un siniestro por incendio, se coordinará el hospedaje en un hotel para los integrantes de la vivienda, el mismo deberá hallarse dentro de un radio no mayor a 50 km. de la ubicación de la vivienda sujeta a cobertura.
Este servicio también tiene un tope máximo en pesos.
¿Los gastos de traslados del hogar al hotel y viceversa se encuentran incluidos?
No, los gastos de traslado y retorno al hogar siempre estarán a cargo del beneficiario.
¿Están cubiertos los “Gastos de Alimentación”?
Si, en caso de incendio la prestataria se encargará del reintegro de los gastos de alimentación del beneficiario. Para ello, el beneficiario deberá presentar factura y/o comprobante original que acredite el gasto.
¿Se puede solicitar “Servicio de lavandería”?
Sí. Este servicio se encuentra cubierto hasta el límite económico informado como máximo en las Condiciones Generales. El local de lavandería será especificado por Europ Assistance, o en su defecto, por el beneficiario que deberá presentar factura y/o comprobante original para el posterior reintegro.
¿En qué consiste el “Servicio de Asesoría Legal Telefónica ante Incendio”?
Ante la ocurrencia de un incendio en la vivienda, el asociado podrá comunicarse telefónicamente al proveedor para recibir asesoramiento legal y evacuar dudas que tenga en cuanto a la ulterior denuncia que deba realizar, dónde y cómo hacerla, y cualquier otra consulta que surja como consecuencia del incendio. En estos casos, el proveedor coordinará la asistencia de la consulta legal con un letrado especialista, quien le brindará el asesoramiento respectivo en forma telefónica.
Acerca del asesoramiento tecnológico en forma telefónica:
¿Se puede solicitar “Asesoramiento Telefónico sobre el Uso de Dispositivos Tecnológicos”?
Si, en caso de que el socio necesite asesoramiento tecnológico, un técnico especializado responderá telefónicamente, por chat o por vía remota sus consultas sobre el uso de cualquier dispositivo tecnológico (teléfono celular, smartphones, PC, notebook, tablet, etc.) y/o lo guiará paso a paso para la aplicación de la solución, orientación en el uso, instalación, desinstalación, configuración y actualización de software.
Este servicio se otorgará sin límite en cuanto a la cantidad de eventos, y no tendrá tope económico.
Acerca del servicio de conexión con profesionales:
¿En qué consiste el servicio de conexión con profesionales?
En caso que el socio quiera realizar alguna tarea para el mantenimiento y/o para la puesta a punto de la vivienda, Europ Assistance coordinará la provisión del contacto con un especialista en el rubro a los fines de presupuestar el detalle y costo de las tareas que el beneficiario puntualmente le solicite.
¿Los trabajos realizados por los profesionales tienen garantía?
El trabajo realizado entre el cliente y el técnico será de común acuerdo entre las partes y están garantizados por parte del proveedor por 90 (noventa) días calendario contados a partir de la fecha de terminación de los trabajos.
Acerca de las exclusiones y limitaciones de los servicios:
¿El servicio de Asistencia al Hogar posee exclusiones?
Sí. Posee exclusiones de carácter general, como también de exclusiones específicas según sea el tipo de asistencia.
Recomendamos sobre el particular, la lectura de las Condiciones Generales del Servicio para interiorizarse del alcance de todo su detalle.
En términos genéricos… ¿cuáles son las exclusiones generales del Servicio de Asistencia al Hogar?
Quedan expresamente excluidos del Servicio de Asistencia al Hogar los siguientes eventos, por los cuales, el proveedor no estará obligado a suministrar la asistencia:
¿Los servicios o prestaciones tienen algún límite económico para su otorgamiento?
Sí, los servicios ofrecidos poseen un tope o limite económico determinado para las distintas prestaciones asistenciales.
Consultá acerca de las coberturas, límite de eventos y topes económicos ingresando en las Condiciones Generales del Servicio.
Acerca de la forma de canalizar un pedido de reintegro autorizado:
¿Cómo canalizar un pedido de reintegro de un asociado?
En caso de solicitar un reintegro que se encuentre autorizado por la Central Operativa del prestado, el socio se podrá acercar para su tramitación directamente a EUROP ASSISTANCE S.A. o bien a cualquiera de las oficinas del ACA.
En ambos casos –junto a los datos identificatorios de su número de socio, fecha del evento y de autorización del gasto- deberá presentar factura y/o comprobante fiscal válido en original junto a los datos de su cuenta bancaria:
1.- La presente promoción tendrá vigencia en todo el territorio de la República Argentina entre el 1ro. de Marzo de 2024 y el 31 de Octubre de 2024 ambos inclusive, y resultará exclusivamente válida para socios del Automóvil Club Argentino (ACA) que realicen la contratación de nuevo seguro automotor para un vehículo 0 km. en dependencias del ACA de dicho ámbito geográfico, o bien, telefónicamente, o a través del canal institucional dispuesto en su página Web (www.aca.org.ar).
2.- La Promoción consiste en el otorgamiento de premios (en adelante, “los Beneficios”) a socios ACA de las categorías Plenario, Activo o Credencial Familiar que durante el período de vigencia de la promoción contraten a través del ACA* un nuevo seguro automotor para un vehículo 0 km. con cobertura de Terceros Completo del Pack Ahorro o Cómodo o Planes de Todo Riesgo del Pack Cómodo y lo abonen con cualquier modalidad de pago.
Los Beneficios consistirán en el siguiente detalle de bonificaciones y en la entrega de Vales Multipropósito ACA:
a) contratando un seguro automotor de Terceros Completo:
b) contratando un seguro automotor de Todo Riesgo:
Esta promoción también resulta extensiva a los socios ACA de la categoría Vitalicios que durante el período de vigencia de la promoción contraten a través del ACA un nuevo seguro automotor para un vehículo 0 km. con cobertura de Terceros Completo del PAck Ahorro o Cómodo o Planes de Todo Riesgo del Pack Cómodo y lo abonen con cualquier modalidad de pago. En este caso, los Beneficios consistirán en la entrega de Vales Multipropósito ACA exclusivamente, a saber:
a) contratando un seguro automotor de Terceros Completo:
b) contratando un seguro automotor de Todo Riesgo:
3.- Dichos Beneficios serán aplicados a partir del primer mes del aseguramiento automotor y su progresivo otorgamiento en forma mensual quedarán sujetos a la vigencia y pago de la mensualidad del seguro automotor durante los primeros cuatro meses en las contrataciones de seguros de Terceros Completo y durante los primeros seis meses en los seguros de Todo Riesgo que se contrataran bajo la presente promoción.
4.- Dejase establecido que: Se considera nuevo seguro automotor 0 km. a todo aquel vehículo 0 km. no asegurado anteriormente a través del ACA para un mismo titular y dominio, y cuya compra, según fecha de factura, se haya efectuado dentro de los 90 días corridos inmediatos anteriores a la fecha de inicio de vigencia del mismo.
5.- Para la entrega de los Vales Multipropósito, determínase como requisito adicional la obligatoria identificación del dominio del vehículo asegurado (chapa patente) en los registros del ACA.
6.- El socio beneficiario podrá retirar los Vales Multipropósito hasta un año a contar desde la fecha de contratación del seguro contratado. Transcurrido dicho período el Beneficiario no tendrá derecho alguno para reclamar ante el ACA la entrega de los Vales aludidos.
La entrega de los Vales Multipropósito al socio Beneficiario es personal e intransferible y los mismos no son canjeables por dinero en efectivo, ni por otro Premio. Todos los gastos no comprendidos en los premios serán a exclusivo cargo del beneficiario.
7.- La compra de productos y/o servicios ACA en las dependencias serviciales ACA comprendidas a través del canje de los Vales Multipropósito se encuentran sujetas a disponibilidad de stock en las mismas, según las condiciones de tiempo, forma, persona y/o lugar que rijan al momento de su entrega y/o comercialización para el mercado de estos productos, pudiendo ser eventualmente reemplazados a decisión del ACA por otro/s premio/s equivalente/s en caso de indisponibilidad por causa mayor, caso fortuito o hechos de terceros que resulten fehacientemente comprobables.
8.- Los Vales Multipropósito podrán ser utilizados exclusivamente para la adquisición de los siguientes productos y servicios ACA en sus dependencias serviciales:
a) Combustibles y lubricantes.
b) Servicios en Talleres propios del ACA.
c) Servicios de Turismo y Hotelería.
d) Cartografía.
e) Documentación Internacional.
f) Cursos de Conducción.
g) Estacionamiento mensual.
Los Vales Multipropósito poseen fecha de vencimiento fija para su utilización, fecha que se encuentra en forma impresa en los mismos. En caso de vencerse su vigencia, los mismos carecerán de todo valor en su uso en las dependencias serviciales ACA, y no se podrán canjear por nuevos Vales Multipropósito, efectivo o cualquier otro valor.
Para la utilización de los Vales Multipropósito en las dependencias serviciales del ACA, los mismos no deberán estar doblados, deteriorados y/o abrochados, rotos, sucios, quemados, etc., y en ningún caso se generarán por parte del Automóvil Club Argentino reemplazo y/o reimpresión de los mismos. Idéntico proceder se adoptará en relación al ulterior robo y/o hurto de los Vales Multipropósito ya entregados por el ACA y que pudieran producirse en relación a los beneficiarios de esta promoción.
El uso de los Vales Multipropósito por valores de compra inferiores al fijado expresamente en el mismo no generará devoluciones de vuelto alguno de ningún tipo por parte del ACA.
Mayor información relativa a los Vales Multipropósito podrá apreciarse en https://www.aca.org.ar/valemultiproposito/
Los Vales Multipropósito referidos en la presente Reglamentación podrán ser retirados en cualquiera de las oficinas del ACA que se consignan ingresando aquí.
9.- Déjase establecido asimismo que los socios del ACA que durante el término de la promoción contraten a través del ACA un nuevo seguro automotor de Responsabilidad Civil exclusivamente para un vehículo 0 km. no recibirán beneficio alguno.
10.- El ACA no será responsable por los daños o perjuicios que pudieren sufrir los socios del ACA o los terceros con motivo y/u ocasión de la participación en la Promoción y/o del uso de los Beneficios declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los socios del ACA y/o terceros, lo que es aceptado incondicionalmente por cada socio del ACA. El reclamo de los Beneficios implicará la aceptación de esta condición y la renuncia a formular cualquier reclamo por las causales anteriores.
11.- Los Beneficios indicados en esta promoción no deberán ser susceptibles de acumulación con cualquier otro beneficio y/o promoción de seguros que el ACA se encontrare implementando, siendo excluyente de cualquier otra promoción dispuesta por el ACA.
12.- Cualquier situación relacionada con la interpretación de esta Reglamentación será dirimida en primera instancia ante el ACA, sin perjuicio de los derechos otorgados a los socios del ACA por la legislación vigente.
AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO- CUIT 30-50014329-7. Av. del Libertador 1850 CABA.
*Los seguros son emitidos por Caja de Seguros S.A. Fitz Roy 957 (C1414CHI) CABA. CUIT 30-66320562-1. N° de inscripción en SSN: 501. Superintendencia de Seguros de la Nación 4338-4000 o 0-800-666-8400, www.argentina.gob.ar/ssn. Consultá acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza. Tomador de la póliza Colectiva: Automóvil Club Argentino. Av. del Libertador 1850 (C1425AAR) CABA. CUIT 30-50014329-7
1- Caja de Seguros S.A. (en adelante “La Caja” o el “Organizador”, indistintamente) ha organizado la “Promoción 0 Km. La Caja” en adelante “la Promo”, con el objeto de beneficiar a determinados asegurados de La Caja, domiciliados en la República Argentina.
2- Serán beneficiarios de la Promo las personas que, siendo socias del Automóvil Club Argentino (ACA) correspondientes a las categorías Plenario, Activo, Credencial Familiar o Vitalicio, contraten con La Caja, adhiriendo a la Póliza Colectiva de Seguro Automotor cuyo Tomador es el Automóvil Club Argentino, desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, ambos inclusive, un nuevo seguro automotor para un vehículo 0 km. exclusivamente, con cobertura de casco correspondiente al Pack Ahorro o Cómodo, y que abonen dicho seguro bajo cualquier modalidad de cobro.
3- La Promo consiste en el otorgamiento a los asegurados beneficiarios que cumplan los requisitos de la cláusula anterior de un descuento que estará dado en función del tipo de cobertura contratada, a saber:
– En Planes de Terceros Completo: Descuento del 30% sobre la prima mensual (premio menos tasa de SSN, impuestos y otros recargos) vigente al momento de la contratación de un seguro con cobertura de Terceros Completo, y la de sus dos renovaciones mensuales siguientes e ininterrumpidas.
– En Planes de Todo Riesgo: Descuento del 50% sobre la prima mensual (premio menos tasa de SSN, impuestos y otros recargos) vigente al momento de la contratación de un seguro con cobertura de Todo Riesgo, y la de sus dos renovaciones mensuales siguientes e ininterrumpidas.
Si por cualquier motivo el premio o costo final del seguro mensual aumentare, la bonificación se aplicará sobre la prima que corresponda a la renovación mensual de que se trate.
A los fines de la Promo se considerará nuevo seguro a todo aquel que ampare un vehículo no asegurado con La Caja para un mismo titular y dominio durante los 30 días anteriores a la fecha de su incorporación a la póliza colectiva contratada por el ACA.
4- Esta promoción resulta aplicable en todo el país para todas las dependencias de Seguros del ACA, incluido su Centro de Atención Telefónica y los seguros automotores solicitados por el canal de Internet, únicamente para vehículos 0km..No resulta combinable con otras promociones de seguros ACA vigentes, excepto la promoción de aseguramiento para vehículos 0 km. y la Promoción VISA 0 Km.
5- Promoción no combinable con otras promociones de la aseguradora.
6- La participación en la Promo implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que se adopten sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. Consultá acerca de la cobertura, sus límites y condiciones de suscripción al 0800-888-9888 de lunes a viernes de 9 a 18 hs. o en cualquiera de las dependencias de seguros del ACA.
7- El Organizador tiene conocimiento de la Ley N° 25.326 y normativa complementaria y se compromete a cumplir con la misma.La participación en la Promo implica que el beneficiario presta su consentimiento, en los términos exigidos por la Ley 25.326, para que los datos proporcionados sean objeto de tratamiento automatizado.
El titular de los datos podrá requerir que dicha información le sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido.
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
8- Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promo y/o de las previsiones de estas Bases, los beneficiarios y el Organizador se someterán a la ley de la República Argentina y a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios Comerciales con asiento en la ciudad de Buenos Aires.
9- Para todos los efectos emergentes de la Promo, LA CAJA constituye domicilio en Fitz Roy 957 y los beneficiarios en los domicilios consignados en su solicitud de aseguramiento.En dichos domicilios serán válidas y eficaces todas las notificaciones y comunicaciones que las partes se dirijan y los mismos subsistirán mientras no sean modificados y la modificación comunicada a la otra parte por medio fehaciente.
10- Tomador de la Póliza Colectiva: Automóvil Club Argentino. Av. del Libertador 1850 (C1425AAR) CABA. CUIT 30-50014329-7. Por convenio con Caja de Seguros S.A.
11- Los seguros son emitidos por Caja de Seguros S.A. Fitz Roy 957 (C1414CHI) CABA. CUIT 30-66320562-1. N° de inscripción en SSN: 501. Superintendencia de Seguros de la Nación 4338-4000 o 0-800-666-8400, www.argentina.gob.ar/ssn. Consultá acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza.
El siguiente clausulado que se consigna seguidamente describe las prestaciones, características, montos, topes y demás condiciones que regulan el servicio de Asistencia al Hogar del Automóvil Club Argentino (en adelante, el ACA). Al quedar incorporado al sistema, el socio ACA, los demás beneficiarios, el ACA, y Europ Assistance Argentina S.A. (en adelante, EAA) como proveedor del servicio aceptan las presentes condiciones generales en todos sus términos.
Para los efectos de la presentación de los SERVICIOS aquí detallados, se entenderá por:
a) BENEFICIARIO(s): Serán considerados beneficiarios titulares, a los efectos de esta prestación exclusivamente, las personas físicas asociadas del Automóvil Club Argentino correspondientes a las categorías Plenario, Activo, Credencial Familiar, Adherente y Vitalicio, que se encuentren con el estado de sus cuotas sociales al día, y reúnan para el otorgamiento de la asistencia las condiciones fijadas bajo el presente instrumento en el domicilio real que se encuentre asentado como vigente en los registros del ACA al momento de su requerimiento.
b) VIVIENDAS COMPRENDIDAS: Deberán tratarse de viviendas de uso particular (casa, departamento, unidad para uso habitacional, etc.), entendiendo por ella el edificio donde el asociado tiene su residencia habitual, y cuya dirección del domicilio real corresponda a la que se encuentra declarada como tal por el socio en los registros del ACA.
c) SERVICIOS: Son las actividades, operaciones y funciones a cargo del PROVEEDOR relacionadas con la asistencia, y cuya descripción, límites, alcances y condiciones se detallan en este documento.
d) PROVEEDOR ó PRESTADOR: Es EUROP ASSISTANCE ARGENTINA S.A con domicilio en Carlos Pellegrini 1163 piso 9° (Código Postal 1009) – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e) EVENTO: Solución brindada por el prestador en relación a una solicitud de servicio de asistencia. En caso de que el BENEFICIARIO solicitare una segunda solución para resolver la misma eventualidad, el PROVEEDOR podrá considerarlo como un EVENTO adicional.
f) SINIESTRO: Es un acontecimiento que produce daños amparados en las presentes condiciones generales del servicio.
g) ACCIDENTE: Suceso imprevisto que altera la marcha normal o prevista de las cosas, causando daños a una persona y/u objeto.
h) URGENCIA: Es todo imprevisto que no siendo EMERGENCIA, afecte las instalaciones de la vivienda, impidiendo su normal funcionamiento.
i) EMERGENCIA: Es el imprevisto que ocasione inhabitabilidad de la vivienda y/o también la imposibilidad de acceso o salida de la misma, como asimismo, el eventual riesgo de vida de sus habitantes.
j) AVERIA: Daño o deterioro de un objeto de modo tal que su funcionamiento normal esté impedido.
k) ROBO: Usurpación ilegítima utilizando la fuerza sobre las cosas, amenazas o violencia física en las personas.
l) REINTEGRO: Monto de dinero a entregar al BENEFICIARIO cuando hubiera abonado gastos en relación a los servicios cubiertos aquí descriptos, siempre y cuando los mismos hayan sido autorizados debidamente por el PRESTADOR antes de ser realizados. Los REINTEGROS se realizarán por el proveedor en cuenta bancaria a designar por el BENEFICIARIO titular.
m) EXCEDENTE: Monto a pagar por parte del BENEFICIARIO cuando se supere el tope económico establecido en la cobertura al momento de recibir el SERVICIO.
La identificación será necesaria al momento de ser solicitada la asistencia, y la misma estará dada en función del número de socio impreso en las credenciales del Automóvil Club Argentino. La identificación habrá de exhibirse con carácter previo a la prestación de la asistencia junto con el comprobante de cuota paga al día.
Los servicios se brindarán en la República Argentina en la vivienda declarada como domicilio real vigente por el socio en los registros del ACA.
Vigente el servicio, los asociados del Automóvil Club Argentino recibirán la prestación durante todo el período en el cual permanezcan en la condición de asociado.
La condición de asociado a los efectos de la prestación del Servicio de Asistencia al Hogar, se considerara a partir de las 00.00hs. (cero horas) del día siguiente de su ingreso como socio.
Los SERVICIOS serán prestados por el PROVEEDOR a los BENEFICIARIOS, cuando así sean solicitados, las 24 horas del día durante los 365 días del año.
Para solicitar un SERVICIO, el BENEFICIARIO deberá comunicarse al
0800-555-4642
o bien al,
(011) 4814-9053
En todos los casos, el beneficiario deberá suministrar la siguiente información:
Nombre y apellido.
Número de socio o matrícula de empleado.
Dirección del domicilio real de la asistencia.
Motivo del llamado y tipo de urgencia solicitada.
Número telefónico para eventual contacto.
6.1 ASISTENCIA AL HOGAR ANTE URGENCIAS
La Asistencia al Hogar ante Urgencias resulta comprensiva de las siguientes prestaciones:
6.1.1 Servicios en instalaciones Eléctricas
En caso de falta de energía eléctrica que se origine en el interior de la vivienda declarada como domicilio real del socio en los registros del ACA por causa de un corte total o parcial no proveniente de la empresa distribuidora de energía, el asociado podrá solicitar telefónicamente a Europ Assistance un operario que realizará la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que el estado de las instalaciones lo permita.
Esto incluye reparación o cambio de tableros eléctricos, llaves térmicas, interruptores (disyuntores) o fusibles dañados a causa de corte total o parcial de energía; sólo en aquellas partes que pertenezcan a la instalación eléctrica del domicilio real residencial aludido.
Exclusiones particulares
No están incluidas:
– La reparación de ningún aparato o equipo que funcione con energía eléctrica, ni reposición de accesorios (lámparas, luminarias, balastros, etc.)
El servicio está limitado a 2 eventos por año calendario, con un tope económico máximo de $39.600.- (pesos treinta y nueve mil seiscientos) por cada evento.
6.1.2 Servicios de Plomería
En caso de pérdidas de agua en la vivienda declarada como domicilio real del socio en los registros del ACA, producidas por rotura o pérdida en las instalaciones hidráulicas y sanitarias que requieran reparación de URGENCIA, el asociado podrá solicitar telefónicamente a Europ Assistance un operario que realizará la reparación de urgencia, siempre y cuando el estado de tales instalaciones lo permita.
En caso de que la falla detectada sea provocada por falta de mantenimiento del BENEFICIARIO en sus cañerías, artefactos o instalaciones hidráulicas, sanitarias o de otro tenor, sólo se enviará un prestador especializado para que realice la verificación del estado de las mismas. En solicitudes posteriores, y advertido el BENEFICIARIO de las deficiencias en el mantenimiento de sus instalaciones, el PROVEEDOR no estará obligado a prestar nuevamente el servicio ante una nueva falla.
Exclusiones particulares
No están incluidas:
– Reparación de artefacto, equipo u accesorio que se encuentre conectado a las instalaciones hidráulicas y sanitarias (lavatorios, bidet, inodoro, lavarropas, termotanques, calefones, griferías, canillas, cueritos, válvulas, rosca, mochila de baño empotrada o externa, flotantes, cañerías internas, flexibles de canillas y bidet, fuelle de inodoros, llaves de paso, etc.).
El servicio está limitado a 2 eventos por año calendario, con un tope económico máximo de $39.600.- (pesos treinta y nueve mil seiscientos) por cada evento.
6.1.3 Servicios de Gas
En caso de fuga de gas en la vivienda declarada como domicilio real del socio en los registros del ACA, se enviará a un técnico especializado para que haga una verificación y elimine la fuga.
Exclusiones particulares
No están incluidas:
– Aquellas reparaciones que sean responsabilidad de la empresa que suministra el gas.
– La reparación de artefactos estufas, calefones, cocinas, etc. que estén conectados a la red de gas.
El servicio está limitado a 2 eventos por año calendario, con un tope económico máximo de $39.600.- (pesos treinta y nueve mil seiscientos) por cada evento.
6.1.4 Servicios de Cerrajería
Comprende la reparación y/o apertura de cerraduras dañadas por AVERIA, ACCIDENTE o ROBO en las puertas exteriores, y/o que se encuentren trabadas y que impidan el ingreso o egreso al domicilio real residencial y/o que atenten contra la seguridad del mismo, para restablecer la apertura y el correcto funcionamiento de la cerradura.
Exclusiones particulares
No están incluidas:
– La fabricación de llaves duplicadas de cualquier tipo.
El servicio está limitado a 2 eventos por año calendario, con un tope económico máximo de $39.600.- (pesos treinta y nueve mil seiscientos) por cada evento.
6.1.5 Servicios de Destapaciones
Europ Assistance enviará un plomero que proceda a destapar obstrucciones en caños en los siguientes casos:
1- Sanitarios: Obstrucciones localizadas en cualquier parte del tramo comprendido entre los artefactos sanitarios y el caño cloacal, en casos de unidades funcionales bajo el régimen de propiedad horizontal o cámara séptica en casos de fincas.
2- Lavatorios Piletas: Obstrucciones localizadas en cualquier parte del tramo comprendido entre los lavatorios o piletas de cocina y/o lavaderos y el caño cloacal, en caso de unidad funcional bajo el régimen de propiedad horizontal o cámara séptica en casos de fincas.
El servicio en cualquiera de las modalidades está limitado a 1 evento por año calendario, con un tope económico máximo de $39.600.- (pesos treinta y nueve mil seiscientos)
NOTA: Todos los servicios indicados bajo el punto 6.1 (Asistencia al Hogar ante Urgencias) están garantizados por parte del proveedor (EAA) por 90 (noventa) días calendario contados a partir de la fecha de terminación de los trabajos.
El tope de cobertura por EVENTO incluye costos de mano de obra exclusivamente, y no incluye materiales. El EXCEDENTE, en caso de corresponder, como también los Materiales, correrán siempre por cuenta del BENEFICIARIO.
6.2 ASISTENCIA ANTE SINIESTROS POR INCENDIO
La Asistencia ante Siniestros por incendio resulta compresiva de las siguientes prestaciones en las cuales el proveedor enviará un prestador al domicilio real registrado ante el ACA del socio beneficiario que tomará a su cargo la atención de las siguientes eventualidades:
6.2.1 Mudanza de Muebles ante Incendio
Quedando la vivienda declarada inhabitable como consecuencia de un siniestro por incendio, y siendo necesario retirar los muebles por razones de seguridad, o para efectuar la reparación para tornarla habitable, Europ Assistance organizará el retiro y el traslado de los muebles al lugar acordado entre las partes.
El servicio está limitado a 1 evento por año calendario, con un tope económico máximo de $28.700.- (pesos veintiocho mil setecientos) por dicho evento.
6.2.2 Guarda de Muebles por Incendio
El asociado podrá solicitar este servicio si no tuviere donde guardar los muebles cuando la residencia declarada resultara inhabitable como consecuencia de un siniestro por incendio.
Europ Assistance se encargará de los gastos derivados de la guarda de los muebles de la vivienda declarada. El local de depósito de los muebles será especificado por el proveedor.
El servicio está limitado a 1 evento por año calendario, con un tope económico máximo de $28.700.- (pesos veintiocho mil setecientos) por dicho evento.
6.2.3 Limpieza ante Incendio
Cuando la vivienda declarada como domicilio real del socio en los registros del ACA, como consecuencia de un incendio se tornare inhabitable, el asociado podrá solicitar a Europ Assistance los servicios de limpieza, para recuperar superficialmente los daños y posibilitar el reingreso de sus moradores, tratando de minimizar los efectos del siniestro, y preparando la vivienda para su posterior reparación definitiva.
El servicio está limitado a 1 evento por año calendario, con un tope económico máximo de $28.700.- (pesos veintiocho mil setecientos) por dicho evento.
6.2.4 Guarda de Mascota por Incendio
Si como consecuencia de un siniestro por incendio sea necesaria la transferencia de los beneficiarios a otro destino, y éstos no puedan tener a su cuidado los animales domésticos, Europ Assistance asumirá los gastos de la guarda de dichas mascotas hasta el límite informado.
El servicio está limitado a 1 evento por año calendario, con un tope económico máximo de $28.700.- (pesos veintiocho mil setecientos) por dicho evento.
6.2.5 Reintegro de Gastos por Tramitación de documento por Incendio
En caso de pérdida o destrucción de los documentos personales de los residentes del domicilio real registrado a raíz de un incendio, Europ Assistance sufragará los gastos de la tramitación de los mismos.
El BENEFICIARIO deberá presentar factura y/o comprobante a los efectos del reintegro.
El servicio está limitado a 1 evento por año calendario, con un tope económico máximo $47.500.- (pesos cuarenta y siete mil quinientos) por dicho evento.
6.2.6 Custodia del Domicilio real por Incendio
Cuando la vivienda del beneficiario no presente seguridad por daños sufridos a raíz de un incendio y se vuelva vulnerable, o bien, los elementos de su interior corran un riesgo cierto por rotura total de alguna de sus puertas de acceso, Europ Assistance enviará con la mayor prontitud posible el servicio de vigilancia, permaneciendo vigente hasta que puedan verse restablecidas en la vivienda las condiciones habituales de seguridad, o que los bienes estén en un lugar seguro.
Los costos del servicio de vigilancia o custodia del domicilio real serán a cargo de Europ Assistance.
El servicio está limitado a 1 evento por año calendario, con un tope económico máximo $39.600.- (pesos treinta y nueve mil seiscientos) por dicho evento.
6.2.7 Hospedaje por Incendio
Cuando la vivienda comprendida se tornara inhabitable a consecuencia de un siniestro por incendio, Europ Assistance coordinará el hospedaje correspondiente para los integrantes de la vivienda.
El hotel deberá hallarse dentro de un radio no mayor a 50 km. de la ubicación de la vivienda sujeta a cobertura. Los gastos de traslado y retorno al hogar estarán a cargo del beneficiario.
El Automóvil Club Argentino no se responsabilizará por la imposibilidad material de brindar el servicio precedentemente detallado por la inexistencia de hoteles en el lugar del evento generador de la asistencia, o por carecer los mismos de disponibilidad de alojamiento al momento de requerirla. En dichos casos, Europ Assistance le reintegrará al beneficiario los gastos en que incurrió al procurarse hospedaje por cuenta propia, previa autorización del prestador, hasta el tope económico.
El servicio está limitado a 1 evento por año calendario, con un tope económico máximo de $47.500.- (pesos cuarenta y siete mil quinientos) por dicho evento.
6.2.8 Servicio de Alimentación en caso de Incendio
Europ Assistance se encargará del reintegro de los gastos de alimentación del beneficiario ante la ocurrencia de un incendio en la vivienda declarada como domicilio real del socio en los registros del ACA.
Los gastos de alimentación podrán comprender el servicio en un restaurante y/o local gastronómico, o bien la adquisición de mercadería destinada a dichos fines.
A los efectos de gestionar el reintegro oportunamente autorizado por la central operativa del prestador, el BENEFICIARIO deberá presentar factura y/o ticket factura en original, con validez fiscal que así lo acredite.
El servicio está limitado a 1 evento por año calendario, con un tope económico máximo $47.500.- (pesos cuarenta y siete mil quinientos) por dicho evento.
6.2.9 Servicio de Lavandería en caso de Incendio
Europ Assistance se encargará de los gastos derivados de la utilización del servicio de lavandería ante la ocurrencia de un incendio, hasta el límite económico informado como máximo. El local de lavandería será especificado por Europ Assistance, o en su defecto, por el beneficiario quien a efectos del reintegro deberá presentar factura y/o ticket factura en original, con validez fiscal que así lo acredite.
El servicio está limitado a 1 evento por año calendario, con un tope económico máximo de $28.700.- (pesos veintiocho mil setecientos) por dicho evento.
6.2.10 Asesoría Legal Telefónica en caso de Incendio
Ante la ocurrencia de un incendio en la vivienda declarada como domicilio real del socio en los registros del ACA, el asociado beneficiario podrá comunicarse telefónicamente al proveedor para recibir asesoramiento legal y evacuar dudas que tenga en cuanto a la ulterior denuncia que deba realizar, dónde y cómo hacerla, y cualquier otra consulta que surja como consecuencia del incendio. En estos casos, el proveedor coordinará la asistencia de la consulta legal con un letrado especialista, quien le brindará el asesoramiento respectivo en forma telefónica. Este servicio se otorgará de manera ilimitada en cuanto a la cantidad de consultas a realizar por el beneficiario.
En caso que el socio beneficiario decida que el cuerpo de prestadores del proveedor ulteriormente lo represente legalmente, deberá acordar con los mismos las condiciones y monto de los honorarios respectivos, los que estarán a exclusivo cargo del socio beneficiario.
6.3 ASESORAMIENTO TECNOLÓGICO EN FORMA TELEFÓNICA
A requerimiento del BENEFICIARIO, un técnico especializado responderá telefónicamente, por chat o por vía remota sus consultas sobre el uso de cualquier dispositivo tecnológico (teléfono celular, Smartphone, PC, notebook, Tablet, etc.) y/o lo guiará paso a paso para la aplicación de la solución, orientación en el uso, instalación, desinstalación, configuración y actualización de software.
El servicio se encuentra dirigido a usuarios hogareños y equipos de uso personal correspondiente a los beneficiarios, dejando por fuera a equipos de uso comercial y/o empresario que el beneficiario utilice para procesos de negocio.
El software debe ser provisto por el BENEFICIARIO, o ser de distribución libre y/o gratuita en todos los casos.
El servicio se otorgará sin límite en cuanto a la cantidad de eventos, y no tendrá tope económico alguno.
6.4 SERVICIO DE CONEXIÓN CON PROFESIONALES
En caso que el BENEFICIARIO quiera realizar alguna tarea para el mantenimiento y/o para la puesta a punto de la vivienda declarada como domicilio real del socio en los registros del ACA, Europ Assistance coordinará la provisión del contacto con un especialista en el rubro, que se encuentre habilitado por la autoridad de aplicación cuando así corresponda en función del tipo de servicio, a los fines de presupuestar el detalle y costo de las tareas que el beneficiario puntualmente le solicite.
Los rubros profesionales alcanzados para el requerimiento por parte del beneficiario resultan los siguientes:
– Plomería
– Electricidad
– Cerrajería
– Cristalería
– Albañilería
– Pintura
– Carpintería
– Alquiler de Audio y TV
– Mudanzas
– Gasistas
– Fumigadores
– Herrería (para cerramientos de puertas y ventanas)
– Piletero
– Emergencia Veterinaria
– Guardería de Mascotas
EL PROVEEDOR podrá referenciar los especialistas dentro de un lapso de 48 Hs. de requerido el servicio. El trabajo realizado entre el cliente y el técnico será de común acuerdo entre las partes y están garantizados por parte del proveedor (EAA) por 90 (noventa) días calendario contados a partir de la fecha de terminación de los trabajos.
El pedido y la provisión de estos contactos no tendrá límite de eventos alguno.
En todos los casos, el costo de los honorarios y de los materiales a emplear estará siempre a cargo del beneficiario que así lo solicite.
Asimismo, también el beneficiario podrá realizar otras consultas a la Central Operativa del prestador con relación a eventuales otros servicios y/o profesionales no incluidos en la lista precedentemente expuesta, y que ulteriormente de poder así disponerlos, Europ Assistance lo suministrará en todo caso.
El BENEFICIARIO se obliga bajo el presente a:
1. Brindar información completa y veraz en todos los casos.
2. Estar presente en cualquiera de los casos derivados de un pedido de SERVICIO de asistencia.
3. Comunicarse con el PROVEEDOR lo más rápido posible como para solicitar los SERVICIOS a los teléfonos indicados y/o comunicar lo ocurrido en cualquier situación relativa a las condiciones generales de este documento.
4. En caso de que el PROVEEDOR haya aprobado la efectivización de un REINTEGRO al BENEFICIARIO, este último dispondrá de 60 días corridos para el envío de la documentación solicitada y/o de los comprobantes originales relativos al mismo. Vencido ese plazo, el PROVEEDOR no procederá al REINTEGRO del mismo.
5. En caso que el BENEFICIARIO no se haya podido comunicar con el PROVEEDOR por algún hecho fortuito o de fuerza mayor al momento del siniestro, el BENEFICIARIO deberá comunicarse dentro de las 72 horas. inmediatas siguientes de ocurrido su cese para así dar aviso de lo ocurrido, gestionar su autorización y ulteriormente su reintegro.
Quedan expresamente excluidos del Servicio de Asistencia al Hogar los siguientes eventos, por los cuales, el proveedor no estará obligado a suministrar la asistencia:
1. Cuando el BENEFICIARIO no se identifique debidamente como tal.
2. Cuando los servicios que se soliciten se hayan concertado por cuenta propia del beneficiario, sin el consentimiento previo de Europ Assistance. Todos los servicios indicados en las presentes Condiciones Generales se brindarán exclusivamente por prestación de Europ Assistance, y no se efectuarán reintegros de gastos bajo ninguna circunstancia, salvo que dicho reintegro haya sido expresamente aprobado por Europ Assistance antes de producirse el gasto.
3. Cuando el BENEFICIARIO incumpla cualesquiera de las obligaciones indicadas en estas condiciones generales.
4. Cuando los SERVICIOS sean solicitados como consecuencia directa o indirecta de huelgas, guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo, pronunciamientos, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad o cualquier otra causa de fuerza mayor.
5. Cuando los servicios sean solicitados como consecuencia de la violación de normas de orden público vigentes, o resulten derivadas de situaciones dolosas de los beneficiarios.
Quedan expresamente excluidas de los servicios de asistencia al hogar ante urgencias las siguientes situaciones:
1. Cualquier daño preexistente al momento de la solicitud del servicio de asistencia.
2. La prestación del servicio en un domicilio real diferente al declarado por el BENEFICIARIO como domicilio real ante los registros del ACA, o bien, cuando la vivienda no resulte de carácter residencial.
3. Cuando la prestación del servicio se solicite para espacios que pertenezcan a las áreas comunes de los edificios, Propiedades Horizontales o viviendas.
4. La colocación de recubrimiento final en pisos, paredes o techos, tales como: lozas, mosaicos, mármol, tapiz, pintura, materiales de barro o acabados de madera.
5. La reparación de aparatos o equipo eléctricos que resulten dañados a consecuencia de una falla eléctrica en las instalaciones de la vivienda.
6. Las reparaciones de daños por filtración o humedad que sean consecuencia de fugas en tuberías y llaves.
7. Las reparaciones de equipos conectados a las tuberías de agua como calderas, calentadores, aire acondicionado, lavadoras o secadoras.
8. Los daños que sean consecuencia de sismo, inundación, erupción volcánica, incendio y cualquier fenómeno natural.
9. Las reparaciones de daños causados en los bienes que sean consecuencia de una falla en los servicios de energía eléctrica, hidráulicos y sanitarios.
10. Cuando por orden de alguna autoridad competente se impida la ejecución de los trabajos a realizar.
11. Cuando el personal de cualquier autoridad oficial con orden de embargo, allanamiento, aseguramiento de bienes, aprehensión, cateo, investigación, rescate, se vea obligada a forzar, destruir o romper cualquier elemento de acceso como son: puertas, ventanas, chapas, cerraduras en el domicilio real residencial del BENEFICIARIO.
Quedan expresamente excluidas del servicio de asesoramiento tecnológico en forma telefónica las siguientes situaciones:
i. Cuando el servicio no se encuentre dirigido a usuarios hogareños y equipos de uso personal, y se pretenda destinarlo a comercios y/o empresas y/o a utilización de equipos para procesos de negocio.
ii. Los servicios cuando ellos sean solicitados por daños físicos al equipo que impidan su correcta reparación.
iii. La reparación de AVERIAS propias de la red de telefonía, cable o internet.
iv. Los problemas con la provisión de servicio de conectividad, paquete de datos y/o internet.
v. La responsabilidad en el resguardo o back up de la información. Si algún servicio requiriera el formateo de disco con eventual pérdida de software y datos, ello deberá ser advertido previamente por el PROVEEDOR.
vi. La instalación y/o configuración de software y aplicaciones de cualquier tipo, que no sean originales y/o no tengan certificado de licencia de libre uso emitido por su fabricante.
vii. Las capacitaciones sobre programas e informática en general, como la formación on-line sobre productos o software soportados.
viii. El soporte a la instalación de programas crackeados.
ix. El soporte y administración de servidores y proxys.
x. Los servicios de limpieza o liberación de claves de acceso en configuración de cuentas de Internet.
xi. Las actividades no soportadas y/o autorizadas por las compañías proveedoras de servicios telefónicos (ó carriers), tales como el ruteo y/o liberación de equipos.
xii. El soporte u orientación en actividades de piratería o de contenido no apto o legal.
xiii. La gestión y/o contacto con las compañías proveedoras de servicios telefónicos (o carriers).
xiv. El traslado de componentes y/o equipos.
xv. La provisión de software y/o hardware.
xvi. Las actualizaciones de Firmware no autorizadas por el proveedor del producto.
xvii. La reparación de archivos dañados por virus, software o mal funcionamiento del hardware.
xviii. La recuperación de archivos eliminados accidentalmente.
xix. Las posibles pérdidas de garantía si se desinstalan softwares originales.
Hasta la concurrencia de las sumas desembolsadas en cumplimiento de las obligaciones emanadas de las presentes Condiciones Generales, Europ Assistance quedará automáticamente subrogada en los derechos y acciones que puedan corresponder a los beneficiarios o sus herederos contra terceras personas físicas o jurídicas en virtud del evento ocasionante de la asistencia prestada.
Se establecerá que cuando las prestaciones determinadas en estas condiciones generales están también cubiertas total o parcialmente por una póliza de seguros o cualquier otro medio, el beneficiario se obligará a efectuar todas las gestiones y reclamos necesarios ante la compañía de seguros o terceros que correspondieren, para lograr que éstos respondan directamente y en primer término por el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
En consecuencia, el beneficiario cede irrevocablemente a favor de Europ Assistance los derechos y acciones comprendidos en la presente cláusula, obligándose a llevar a cabo la totalidad de los actos jurídicos que a tal efecto resulten necesarios y a prestar toda la colaboración o a subrogar tales derechos a Europ Assistance, esta última quedará automáticamente desobligada a abonar los gastos de asistencia originados.
Europ Assistance no será responsable y no indemnizará a los beneficiarios por cualquier daño, perjuicio, lesión o enfermedad por el hecho de haberle brindado al beneficiario a su solicitud, personas o profesionales para que los asistieren por cualquiera de los servicios previstos en las presentes Condiciones Generales, limitando su responsabilidad a lo expresado bajo las mismas.
Europ Assistance provee únicamente servicios cuando le son solicitados, y en las circunstancias previstas en las presentes Condiciones Generales.
Deberá dejarse constancia que para todas las cuestiones de derecho relativas a la relación entre los beneficiarios de los servicios detallados precedentemente quedará pactada la aplicación de la legislación argentina y la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Europ Assistance se reserva el derecho a exigir a los beneficiarios el reembolso de cualquier gasto efectuado indebidamente, en caso de haberse prestado servicios no contratados, y/o fuera del período de vigencia del acuerdo establecido y/o en forma diferente a todo lo precedentemente indicado.
Información vigente a Julio 2024
1. Caja de Seguros S.A. (en adelante “La Caja” o “el organizador”, indistintamente) ha organizado la “Promoción Vehículos Usados – Hasta 10 años de Antigüedad – La Caja”, en adelante “la Promo”, con el objeto de beneficiar a determinados asegurados de La Caja, domiciliados en la República Argentina.
2. Serán beneficiarios de la Promoción las personas que, siendo socias del Automóvil Club Argentino (ACA) correspondientes a las categorías Plenario, Activo, Credencial Familiar o Vitalicio, contraten con La Caja –adhiriendo a la Póliza Colectiva de Seguro Automotor cuyo Tomador es el Automóvil Club Argentino- desde el 01 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, ambos inclusive, un nuevo seguro automotor para un vehículo usado que posea hasta 10 años de antigüedad exclusivamente al momento de su contratación, con cobertura de casco correspondiente al Pack Ahorro o Cómodo, y que abonen dicho seguro bajo cualquier modalidad de cobro.
3. La Promo consiste en el otorgamiento a los asegurados beneficiarios que cumplan los requisitos de la cláusula anterior de un descuento según el tipo de cobertura contratada a saber:
– Terceros Completo: 30% sobre la prima mensual (premio menos tasa de SSN, impuestos y otros recargos) vigente al momento de la contratación de un seguro con cobertura de Terceros Completo, y la de sus dos renovaciones mensuales siguientes e ininterrumpidas.
– Todo Riesgo: 50% sobre la prima mensual (premio menos tasa de SSN, impuestos y otros recargos) vigente al momento de la contratación de un seguro con cobertura de Todo Riesgo, y la de sus dos renovaciones mensuales siguientes e ininterrumpidas.
Si por cualquier motivo el premio o costo final del seguro mensual aumentare, la bonificación porcentual se aplicará sobre la prima que corresponda a la renovación mensual de que se trate.
A los fines de esta Promoción se considerará nuevo seguro a todo aquel que ampare un vehículo no asegurado con La Caja para un mismo titular y dominio durante los 30 días anteriores a la fecha de su incorporación a la póliza colectiva contratada por el ACA.
4. Esta promoción resulta aplicable en todo el país para todas las dependencias de seguros del ACA, incluido su Centro de Atención Telefónica y los seguros automotores solicitados por el canal de Internet, únicamente para vehículos usados de hasta 10 años de antigüedad al momento de su contratación.
No resulta combinable con otras promociones de seguros ACA vigentes, excepto la Promoción Visa Especial ACA.
5. Promoción no combinable con otras promociones de la aseguradora.
6. La participación en esta Promo implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que se adopten sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. Consultá acerca de la cobertura, sus límites y condiciones de suscripción al 0800-888-9888 de lunes a viernes de 9 a 18 hs. o en cualquiera de las dependencias de seguros del ACA.
7. EL ORGANIZADOR tiene conocimiento de la Ley N° 25.326 y normativa complementaria y se comprometen a cumplir con la misma.
La participación en LA PROMO implica que el BENEFICIARIO presta su consentimiento, en los términos exigidos por la Ley 25.326, para que los datos proporcionados sean objeto de tratamiento automatizado.
El titular de los datos podrá requerir que dicha información le sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido.
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
8. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de LA PROMO y/o de las previsiones de estas BASES, los BENEFICIARIOS y EL ORGANIZADOR se someterán a la ley de la República Argentina y a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios Comerciales con asiento en la ciudad de Buenos Aires.
9. Para todos los efectos emergentes de LA PROMO, LA CAJA constituye domicilio en Fitz Roy 957 y los BENEFICIARIOS en los domicilios consignados en su solicitud de aseguramiento.
En dichos domicilios serán válidas y eficaces todas las notificaciones y comunicaciones que las partes se dirijan y los mismos subsistirán mientras no sean modificados y la modificación comunicada a la otra parte por medio fehaciente.
10. Tomador de la Póliza Colectiva: Automóvil Club Argentino. Av. del Libertador 1850 (C1425AAR) C.A.B.A. CUIT 30-50014329-7. Por convenio con Caja de Seguros S.A.
11. Los seguros son emitidos por Caja de Seguros S.A. Fitz Roy 957 (C1414CHI) C.A.B.A. CUIT 30-66320562-1. N° de inscripción en SSN: 501. Superintendencia de Seguros de la Nación 4338-4000 o 0-800-666-8400, www.argentina.gob.ar/ssn. Consultá acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza.
BASES Y CONDICIONES
1. Caja de Seguros S.A. (en adelante “La Caja” o “el organizador”, indistintamente) ha organizado la “Promoción Todo Riesgo (30% de descuento por 6 meses) y Terceros Completo (15% de descuento por 6 meses)”, en adelante “la Promo”, con el objeto de beneficiar a determinados asegurados de La Caja, domiciliados en la República Argentina.
2. Serán beneficiarios de la Promoción las personas que, siendo socias del Automóvil Club Argentino (ACA) correspondientes a las categorías Plenario, Activo, Credencial Familiar o Vitalicio, contraten con La Caja –adhiriendo a la Póliza Colectiva de Seguro Automotor cuyo Tomador es el Automóvil Club Argentino- desde el 01 de Junio de 2019 hasta el 31 de Julio de 2019, ambos inclusive, un nuevo seguro automotor con cobertura de casco correspondiente al Pack Ahorro o Cómodo, y que abonen dicho seguro bajo la modalidad de débito automático de tarjeta de crédito o cuenta bancaria.
3. La Promo consiste en el otorgamiento a los asegurados beneficiarios que cumplan los requisitos de la cláusula anterior de un descuento del:
– 30% sobre la prima mensual (prima neta libre de gastos e impuestos) vigente al momento de la contratación de un seguro con cobertura de Todo Riesgo, y la de sus cinco renovaciones mensuales siguientes e ininterrumpidas.
– 15% sobre la prima mensual (prima neta libre de gastos e impuestos) vigente al momento de la contratación de un seguro con cobertura de Terceros Completo, y la de sus cinco renovaciones mensuales siguientes e ininterrumpidas.
Si por cualquier motivo el premio o costo final del seguro mensual aumentare, la bonificación del 30 % ó 15% -según corresponda- se aplicará sobre la prima que corresponda a la renovación mensual de que se trate.
A los fines de esta Promoción se considerará nuevo seguro a todo aquel que ampare un vehículo no asegurado con La Caja para un mismo titular y dominio durante los 30 días anteriores a la fecha de su incorporación a la póliza colectiva contratada por el ACA.
4. Esta promoción resulta aplicable en todo el país para todas las dependencias de Seguros del ACA, incluido su Centro de Atención Telefónica y los seguros automotores solicitados por el canal de Internet, tanto para vehículos usados como para 0km.. No resulta combinable con otras promociones de seguros ACA vigentes, excepto la promoción de aseguramiento para vehículos 0 km. y la Promoción VISA 0 Km.
5. Promoción no combinable con otras promociones de la aseguradora.
6. La participación en esta Promo implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que se adopten sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. Consultá acerca de la cobertura, sus límites y condiciones de suscripción al 0800-888-9888 de lunes a viernes de 8 a 21 hs. sábados de 9 a 13 hs. o en cualquiera de las dependencias de seguros del ACA.
7. EL ORGANIZADOR tiene conocimiento de la Ley N° 25.326 y normativa complementaria y se comprometen a cumplir con la misma.
La participación en LA PROMO implica que el BENEFICIARIO presta su consentimiento, en los términos exigidos por la Ley 25.326, para que los datos proporcionados sean objeto de tratamiento automatizado.
El titular de los datos podrá requerir que dicha información le sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido.
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
8. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de LA PROMO y/o de las previsiones de estas BASES, los BENEFICIARIOS y EL ORGANIZADOR se someterán a la ley de la República Argentina y a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios Comerciales con asiento en la ciudad de Buenos Aires.
9. Para todos los efectos emergentes de LA PROMO, LA CAJA constituye domicilio en Fitz Roy 957 y los BENEFICIARIOS en los domicilios consignados en su solicitud de aseguramiento.
En dichos domicilios serán válidas y eficaces todas las notificaciones y comunicaciones que las partes se dirijan y los mismos subsistirán mientras no sean modificados y la modificación comunicada a la otra parte por medio fehaciente.
10. Tomador de la Póliza Colectiva: Automóvil Club Argentino. Av. del Libertador 1850 (C1425AAR) C.A.B.A. CUIT 30-50014329-7. Por convenio con Caja de Seguros S.A.
11. Los seguros son emitidos por Caja de Seguros S.A. Fitz Roy 957 (C1414CHI) C.A.B.A. CUIT 30-66320562-1. N° de inscripción en SSN: 501. Superintendencia de Seguros de la Nación 4338-4000 o 0-800-666-8400, www.ssn.gob.ar. Consultá acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza.
AUTOMÓVIL CLUB ARGENTINO
3° CONCURSO FOTOGRÁFICO 2019
EN MOTO Y EN BICI CON CASCO
INTRODUCCIÓN
Los vehículos de dos ruedas ofrecen grandes ventajas de agilidad de movimientos para su conductor, pero también tienen la particularidad de que su circulación depende del equilibrio. Tanto en moto como en bicicleta, hasta el conductor más experimentado puede perder la estabilidad por el simple roce con otro vehículo, por una irregularidad del camino o por cualquier otro imprevisto del tránsito. Una caída puede representar graves lesiones, especialmente en la cabeza, una parte muy pesada y delicada del cuerpo.
Es por ese motivo que estos conductores están considerados como uno de los usuarios más vulnerables en la movilidad y, de hecho, las estadísticas oficiales así lo confirman, ya que el 40% de los accidentes fatales del país corresponde a motociclistas.
Esa fragilidad puede disminuir sensiblemente con el correcto uso de un casco adecuado. “Correcto uso” significa que debe utilizarse en todo momento y bien abrochado, mientras que un casco “adecuado” es aquel que cumpla con las normas de seguridad, que no tenga su fecha vencida y que le calce correctamente al conductor o el acompañante.
Existe cierta creencia que el casco no es necesario para el ciclista, en realidad no sólo es necesario, sino que además su uso es obligatorio. Un golpe por caída, aún a baja velocidad, puede causar serias lesiones en el cráneo de un ciclista.
En nuestro país sólo el 60% de los motociclistas usa el casco y si bien no existen estadísticas sobre el uso del casco por parte de los ciclistas, si se percibe que ese porcentaje es muy inferior. Es necesario que se arraigue el hábito del uso del casco ya que este no solo protege la cabeza, sino que puede marcar la gran diferencia entre la vida y la muerte.
BASES Y CONDICIONES
1. El Automóvil Club Argentino (en adelante el ACA) promueve y organiza el presente concurso de fotografía, de acuerdo a la consigna que figura en el título, dirigido al público en general mayor de dieciocho (18) años, con residencia permanente en la República Argentina.
2. La participación es individual, no requiere inscripción y es totalmente gratuita.
3. No podrán participar del presente concurso el personal del ACA, los concesionarios y sus familiares directos en ambos casos.
4. El presente concurso se desarrollará entre el 01 de abril de 2019 y el 31 de mayo de 2019
5. Para participar, cada participante deberá ingresar a la página www.aca.org.ar, donde podrá subir hasta dos (2) fotografías en formato JPG RGB compresión no menor a 10 de calidad, tamaño mínimo de la imagen: de 3.456 x 2.304 pixels = 8 megapixeles.
6. Asimismo, deberá completar un formulario siguiendo los pasos que en esa página se indican, mencionando: nombre y apellido, DNI, año de nacimiento, domicilio, código postal, localidad, provincia, teléfonos, e-mail y número de socio ACA (si correspondiera). Titular las fotos presentadas y aceptar las presentes bases y condiciones.
7. No se admitirá el post procesado de las imágenes digitalmente. Solo se permitirán pequeñas intervenciones de ajuste de encuadre, color o contraste.
8. Las obras presentadas deberán ser originales, no aceptándose copias de otras ya existentes o que hayan participado en concursos de fotografía. Del mismo modo, tampoco serán aceptados aquellos trabajos que afecten el honor, la intimidad personal, la propia imagen y el respeto a la dignidad de la persona, así como aquellos que vulneren el principio de no discriminación por motivos de sexo, raza, religión, nacionalidad, opinión, discapacidad, etc., no resultando este último enunciado taxativo.
9. Se establecen los siguientes premios
Primer premio $ 75.000 (pesos setenta y cinco mil)
Segundo premio: $ 50.000 (pesos cincuenta mil)
Tercer premio: $ 30.000 (pesos treinta mil)
Cuarto a sexto premios: Menciones de honor
10. Todas las obras presentadas serán evaluadas por un Jurado integrado por cinco (5) miembros, quienes seleccionarán en una primera instancia doce (12) fotos cada uno.
Luego de la primera evaluación, se seleccionarán seis (6) fotos, que resultarán las finalistas del Concurso. De estas seis fotos, el Jurado determinará las tres (3) premiadas y, las otras (3) que recibirán menciones.
11. Los premios podrán ser declarados total o parcialmente desiertos, en caso de que el Jurado no los encuentre pertinentes, a los fines de este Concurso. Los ganadores serán merecedores de un único premio.
12. El ACA notificará por teléfono y por e-mail a cada uno de los autores de los trabajos premiados, dentro de los cinco (5) días de realizada la selección final.
13. Los ganadores deberán retirar el premio de la Sede Central del Automóvil Club Argentino de Av. del Libertador 1850, 5° piso en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la fecha de haber sido informados de tal situación, o bien de la filial del ACA más cercana al domicilio declarado en el formulario de identificación. Pasados los 30 días corridos de la notificación, los premios no requeridos se retirarán de la entrega, sin poder luego ser exigidos por los premiados.
14. El ACA no se hará cargo del traslado de los ganadores desde su lugar de residencia hasta la Sede Central de la entidad indicada en el punto 13, ni de los gastos de cualquier naturaleza que se originen con motivo de la entrega del premio respectivo.
15. Los autores de todos los trabajos presentados, sin exclusiones, se responsabilizan del cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, dispuestos en la ley 11.723 de Propiedad Intelectual y del derecho a la propia imagen, siendo responsables por la difusión, reproducción o edición de la obra en el marco del presente concurso. Asimismo, se responsabiliza por eventuales lesiones de derechos de terceros, dejando indemne al ACA de cualquier reclamo instado por las causales descriptas.
16. La simple participación en este Concurso implica la aceptación total de estas Bases y Condiciones por parte de los concursantes, las que por razones de fuerza mayor podrán ser modificadas por el ACA, sin que ello signifique reclamo o indemnización alguna.
17. Los autores de todos los trabajos presentados, ceden todos los derechos de uso sobre los mismos al ACA, quien se reserva el derecho de publicación, exhibición, utilización en campañas o programas, por cualquier medio de difusión, sin reconocer por ello honorarios u otra compensación, admitiendo la autoría intelectual de las obras.
18. Todo caso no previsto en las presentes Bases y Condiciones, será resuelto por el Jurado, resultando su decisión inapelable, la que será comunicada a cada participante, a través de la página www.aca.org.ar.
19. Cualquier consulta sobre el presente concurso deberá ser efectuada al correo electrónico eduvial@aca.org.ar, especificando en el asunto. “Concurso Fotográfico 2019”.
20. Toda novedad que se produzca sobre este Concurso, en cualquiera de sus etapas, será comunicada en www.aca.org.ar
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NOTA: Teniendo en cuenta los vencimientos de Licencias de Conducir expedidas en el país, por las distintas jurisdicciones, y en virtud de las prórrogas otorgadas, el Automóvil Club Argentino informa que, resulta conveniente consultar con los Consulados de los países que incluirá en su viaje respecto del reconocimiento de las mismas, como previo a solicitar la emisión del Permiso Internacional de Conducir, evitando así, eventuales desconocimientos e inconvenientes.
El Permiso Internacional de conducir NO podrá emitirse a:
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1 ¿En caso de siniestro, qué datos tengo que intercambiar con el tercero?
Lugar, hora y fecha del Siniestro; nombre y apellido completo, domicilio y teléfonos de contacto, correo electrónico, número de licencia de conducir, documento de identidad, marca y dominio del vehículo, daños sufridos, compañía de seguro y número de póliza. Si hubiere testigos solicitar nombre, apellido, domicilio, y número telefónico. Importante: no haga reconocimiento de culpas ni de indemnizaciones.
2 ¿Cuántos días tengo para efectuar la denuncia de siniestro ante la compañía?
Realiza la denuncia de siniestro dentro de las 72 hs. de ocurrido el hecho, llamando al 0800-222-4111, o en cualquiera de las oficinas ACA habilitadas para tal fin.
3 ¿A quiénes se llama terceros?
A toda persona ajena al titular del seguro y/o conductor del vehículo asegurado, a partir del tercer grado de consanguinidad o afinidad (en el caso de las sociedades, los directivos), y personas que no estén en relación de dependencia laboral con el asegurado o conductor.
4 ¿Qué valor me indemnizan en caso de Robo?
Se indemniza el capital asegurado al momento del siniestro.
5 ¿Qué debo hacer en caso de Inundación del vehículo?
Los daños ocasionados por inundación del vehículo se encuentran cubiertos para las pólizas Todo Riesgo. Con el fin de evitar el agravamiento de los daños que eventualmente puedan producirse en la unidad siniestrada, es importante que en forma inmediata se procedan a realizar los siguientes trabajos:
• Limpieza general del vehículo (lavado de carrocería, chasis, motor, etc.) y de sus partes afectadas.
• Cambio de aceite y grasa
• Engrase general
• Desmontar tapizados y felpa de piso para su limpieza y secado, en el supuesto de que hayan sido afectados por el evento.
El monto de los trabajos realizados que correspondiere será reconocido por el importe que resulte equitativo, previa presentación de las facturas de rigor.
Es muy importante no hacer girar el motor sin antes sacar las bujías.
Recordá no disponer la reparación de los daños cubiertos por el seguro, sin la previa autorización del asegurador.
6 ¿Cómo actuar en caso de siniestro en países limítrofes?
En caso de viajar a alguno de los países del MERCOSUR, recuerde que debe presentar la CARTILLA VERDEcon las coberturas mínimas obligatorias de RESPONSABILIDAD CIVIL por ser esta un requisito exigible para circular, establecido por convenio del MERCOSUR.- (*)
1- Efectuar la denuncia policial en el lugar en que se produzca el hecho e informar al ACA al FAX: 00 54 11 4808 4533.
2 -a) Si el vehículo sufrió daños que no impiden su movilidad normal, al regresar a la República Argentina procederá a efectuar la denuncia del hecho en cualquiera de las dependencias del A.C.A. habilitadas para recibir siniestros, presentando carné social con sus cuotas al día, documento de identidad, registro de conductor, certificado de la póliza de seguro, comprobante de pago de la prima, denuncia policial del siniestro y presentar el vehículo para su inspección técnica. En caso de corresponder la cobertura, presentar además un presupuesto por los daños sufridos.
2-b) Si el vehículo sufrió daños que impidieran su movilidad normal y se cuente con la cobertura respectiva podrá efectuar las reparaciones de emergencia (solamente aquellas que sean imprescindibles para la movilidad normal del vehículo), procediendo a su regreso a la República Argentina en la forma descripta en el punto anterior, agregando la factura con el detalle de los trabajos de emergencia realizados y el importe abonado en tal concepto. Además se deberá presentar el vehículo para su inspección técnica.
2-c) Dado el caso que los daños sufridos por el vehículo fueran de una magnitud tal que impidieran lograr su movilidad normal mediante reparaciones de emergencia , trasladará el mismo hasta territorio nacional, desde donde podrá solicitar un nuevo traslado a través del auxilio mecánico del A.CA hasta la localidad donde efectuará la denuncia ante el seguro. De ambos traslados solicitará la factura pertinente, presentándose luego en cualquiera de las dependencias del A.C.A. receptoras de siniestros con la documentación descripta en 2-a).
3-a) En caso de Robo / Hurto del vehículo, a su regreso a la República Argentina, deberá proceder a efectuar la denuncia del hecho, en cualquiera de las dependencias del A.C.A. habilitadas para recibir siniestros presentando carné social con sus cuotas al día, documento de identidad, registro de conductor, certificado de la póliza del seguro, comprobante de pago de la prima y constancia de la denuncia policial del hecho.
3-b) En el supuesto de Robo / Hurto del vehículo con hallazgo del mismo, deberá requerir de la policía actuante una constancia del hallazgo y un peritaje policial en el que dicha autoridad determine, si los hubiere, los daños y/o faltantes sufridos por el vehículo como consecuencia del Robo / Hurto del mismo, debiendo luego actuar de la forma descripta en 2-a) ó 2-b) según
4-a) En caso de existir un tercero involucrado en el siniestro y fuere de aplicación la RESPONSABILIDAD CIVIL , deberá hacer constar a la autoridad competente que se encuentra cubierto hasta un monto máximo de $ 6.000.000.- por acontecimiento y deberá procurar la obtención de fotografías de los daños ocasionados a cosas o vehículos donde puedan visualizarse los mismos .No obstante, si por la legislación del país donde ocurrió el hecho, y a fin de obtener la liberación del vehículo, se viera obligado a depositar judicialmente un monto en concepto de garantía, deberá requerir recibo por la suma pagada y copia del acta correspondiente. A su regreso a la República Argentina procederá de forma similar a la enunciada en 2-a), agregando las fotografías, datos del tercero y, en su caso, recibo y acta por la liberación del vehículo.
4-b) Si el hecho que compromete la responsabilidad civil del asegurado ha ocurrido en países integrantes del MERCOSUR, el titular, luego de la denuncia policial, deberá contactar con las filiales zonales de las siguientes aseguradoras asociadas con la Caja de Seguros S.A. para comunicar el evento y recibir el asesoramiento respectivo:
TELEFONO DE EMERGENCIAS 00 54 11 4857 8579 CON COBRO REVERTIDO
BRINDA ASESORAMIENTO DE PASOS A SEGUIR EN ESTAS CIRCUNSTANCIAS
7 ¿Tuviste un siniestro con un asegurado a través del ACA?
Si tuviste un siniestro con un asegurado deberás comunicarte al 0800-222-4111 de Lunes a Viernes de 9:00 a 16:00hs o enviar un mail a atención_siniestros@aca.org.ar
El acceso al sitio de Internet del Automóvil Club Argentino (ACA), es público e irrestricto a todas las personas que así lo hicieran. La utilización del sitio web propiedad del ACA, implica la aceptación previa sin reservas a todo lo dispuesto en la presente Política de Privacidad.
Al momento de acceder al sitio de Internet del Automóvil Club Argentino (www.aca.org.ar) y proporcionar en forma voluntaria la información de tipo personal, el solo hecho presume el consentimiento del usuario para su archivo, almacenamiento, tratamiento y utilización de la información suministrada.
Todos los datos personales aportados e ingresados por los Usuarios a través del Sitio del ACA, se consideran ciertos y verosímiles.
Todo tipo de información personal suministrada durante la visita podrá ser almacenada, utilizada y tratada por el Automóvil Club Argentina de conformidad con las siguientes estipulaciones
Primero:
El destinatario de dichos datos personales es el Automóvil Club Argentino, quien se obliga a dar el debido cumplimiento al procesamiento, tratamiento, utilización, transferencia y almacenamiento de los mismos, resguardando la privacidad, confidencialidad y la estricta reserva del contenido de los mismos.
Segundo:
Los datos personales ingresados, serán incorporados a un banco de datos, siendo el titular y su responsable el Automóvil Club Argentino, con domicilio en Av. del Libertador 1850 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –Argentina.
Tercero:
El aporte realizado de los datos personales es facultativo para el usuario; quién podrá en cualquier momento requerir fehacientemente que se le informe el contenido de los mismos, solicitar rectificaciones y/o las supresiones que considere necesarias, de conformidad con la ley de protección de datos personales.
Cuarto:
El Automóvil Club Argentino, como propietario del banco de datos, a su juicio podrá revelar la información personal a quien considere necesario, siempre que el receptor consienta tratarla de conformidad con los términos de su Política de Seguridad y su Política de Privacidad. Asimismo se reserva el derecho del uso o divulgación de cualquier información cuando ésta sea necesaria para satisfacer cualquier requerimiento de tipo legal y/o para proteger la integridad de su sitio de Inernet.
Quinto:
El usuario, al momento de acceder al sitio de Internet del ACA www.aca.org.ar y proveer en forma voluntaria la información de tipo personal, el solo hecho presume el consentimiento y autenticidad de los datos para su archivo, almacenamiento, tratamiento y utilización de la información.
Sexto:
La información personal suministrada voluntariamente por el usuario en el sitio de Internet del Automóvil Club Argentino se resguarda y se protege con el fin de preservar la confidencialidad, privacidad, integridad, disponibilidad y autenticidad de los mismos. Por lo tanto, el Automóvil Club Argentino no es responsable por la inexactitud, error, omisión y/o falta de veracidad de dichos datos, siendo que el usuario voluntariamente es quién los suministra.
Séptimo:
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Octavo:
El Automóvil Club Argentino puede ofrecer links a otras páginas, no siendo responsable por las políticas de privacidad de esos sitios.
Noveno:
El Automóvil Club Argentino se reserva el derecho de modificar total o parcialmente el contenido de la presente Política de Privacidad.
¿Qué tipo de embarcaciones se aseguran?
Se aseguran Veleros, Cruceros, Lanchas, Semi-Rígidos, Motos de Agua, DayCruiser y Jet Sky que sean utilizados únicamente como embarcaciones de placer.
¿Me cubre servicio de auxilio mecánico?
Sí, este servicio incluye mecánica ligera y remolque, para los socios con embarcaciones de hasta 17 metros de eslora, y se brinda en la 1ra., 2da. y 3ra. sección del Delta hasta Puerto Madero, las 24 horas, todos los días del año.
¿A dónde puedo llamar?
Canales de comunicación disponibles las 24hs.
En caso de una emergencia médica ¿estoy cubierto?
La cobertura cuenta con servicio de emergencias médicas1, desde el Puerto de La Plata hasta el Puerto de San Nicolás, las 24 horas, todos los días del año.
¿Dónde tengo que realizar la denuncia de un siniestro?
Acontecido un siniestro, el asegurado debe realizar la denuncia formal en cualquiera de nuestras oficinas dentro de las 72 horas hábiles posteriores al hecho. Además, debe realizar la denuncia ante la autoridad naval o policial según corresponda, explicando las circunstancias del hecho y los daños resultantes, solicitando que se le extienda la respectiva constancia.
¿Qué debo hacer si se trata de una colisión que involucra a terceros?
Deberás sumar a los puntos indicados anteriormente, los siguientes datos:
¿En qué consiste el Seguro de Accidentes Personales?
El Seguro de Accidentes Personales es una modalidad dentro de los seguros de personas que cubre los perjuicios económicos que pueda sufrir el asegurado o sus beneficiarios como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza que fuera causal originaria de su muerte o invalidez –total o parcial- de carácter permanente.
También se cubren otros riesgos, además del fallecimiento, como la incapacidad por accidente, las pérdidas orgánicas por accidente, entre otras, según las condiciones de la póliza que se contrate.
¿Por qué sería necesario que contrate un seguro de accidentes?
Porque si a causa de un accidente no pudieras desempeñar tus tareas laborales, de este modo mejor podrías ver afrontada las consecuencias y gastos diarios que esta situación te genera, evitando de algún modo el deterioro económico familiar. Además, se trata de un seguro de bajo importe y a pagar en forma fraccionada.
¿Tiene sentido contratarlo si poseo una favorable situación económica?
Las situaciones contingentes de fallecimiento, invalidez, rehabilitación, adaptación post-accidente, generalmente resultan traumáticas, por cuánto generan gastos imprevistos, y reducen sensiblemente la capacidad financiera familiar, motivo por el cual, la contratación de seguros de este tipo permiten paliar dichas circunstancias.
¿Quiénes pueden tomar este seguro?
Toda persona que no padezca sordera, ceguera, falta de algún miembro del cuerpo o su funcionalidad, epilepsia, adicción a estupefacientes, alienación mental, o que en razón de defectos físicos o enfermedades graves o secuelas de las que haya padecido constituya un riesgo de accidente agravado, podrá contratar un seguro de accidentes personales.
¿Qué se define como “Accidente”?
Se considera Accidente, toda lesión corporal sufrida por el asegurado, ajena a su voluntad, que pueda ser determinada por los médicos de manera cierta, y fuere causada por la acción repentina y violenta de o con un agente externo.
¿Existen edades límite para contratar este seguro?
Sí. La edad mínima de ingreso es 14 años y la máxima 69 años.
¿Hay actividades o profesiones que queden excluidas de este seguro?
Si. Hay actividades o profesiones que conllevan cierto riesgo asociado, por lo que algunas pueden quedar excluidas al ser consideradas como riesgos no asegurables o riesgos facultativos:
¿Este seguro me otorga cobertura en Argentina, tanto como en el extranjero?
Sí. La cobertura se extiende al tránsito o permanencia en el extranjero, salvo en países que no mantengan relaciones diplomáticas con la República Argentina.
¿El seguro me cubre todo el día?
Efectivamente. Las coberturas son 24 horas, los 365 días del año.
¿Qué situaciones no están cubiertas por el seguro?
El seguro de accidentes personales no cubre:
¿Puedo designar en mi póliza a otras personas como beneficiarios de la misma?
Desde ya. Podés designar como beneficiario de tu seguro a la/s persona/s que creas conveniente como familiares directos, amistades, etc.. Asimismo, también podrás elegir la cantidad de beneficiarios que quieras y modificarlos cuando así lo desees. Para el caso de no haber designado ningún beneficiario, los mismos serán aquellos que resulten ser los herederos legales.
Al quedar incorporado al sistema, el socio del ACA, los demás beneficiarios, el ACA y Europ Assistance Argentina S.A, aceptan las presentes condiciones generales en todos sus términos.
PRESTADOR
El prestador de los servicios definidos en las presentes Condiciones Generales es Europ Assistance, con domicilio en Carlos Pellegrini 1163 Piso 9°, CP (1009) Buenos Aires.
BENEFICIARIOS DEL SERVICIO
Serán considerados beneficiarios del servicio los ocupantes del vehículo accidentado o averiado donde viaje un socio del Automóvil Club Argentino, perteneciente a la categoría Vitalicio, Plenario, Activo o Credencial Familiar, ya sea en calidad de conductor u ocupante, con el estado de sus cuotas sociales al día. Asimismo, serán considerados beneficiarios adicionales de la prestación a otorgar, los demás individuos que se encuentren en el vehículo accidentado o averiado al momento de solicitarla, ya sea en carácter de conductor o meros ocupantes del mismo, hasta el máximo de plazas previsto por el fabricante.
En caso que el propietario del vehículo sea una persona jurídica, será considerado beneficiario a los efectos de la asistencia, el conductor y ocupantes del vehículo al momento de solicitarlahasta el máximo de plazas previsto por el fabricante.
IDENTIFICACIÓN COMO BENEFICIARIO
La identificación será necesaria al momento de ser solicitada la asistencia, y la misma estará dada en función del número de socio impreso en las credenciales del Automóvil Club Argentino. La identificación habrá de exhibirse con carácter previo a la prestación de la asistencia junto con el comprobante de cuota paga al día.
VEHÍCULOS COMPRENDIDOS
Deberá tratarse de vehículos particulares, con peso máximo de 3.500 kgs. (tres mil quinientos kilogramos). Quedan expresamente excluidos los vehículos utilitarios de transporte público de personas, de alquiler (con o sin chofer, ya sean taxis o remises) y de carga o mercaderías.
VIAJE
Se definirá como tal a la salida del beneficiario a más de 80 kms. de su domicilio particular registrado en los sistemas del ACA por el socio, con destino a otro sitio ubicado dentro del área de cobertura, como así también su posterior regreso a dicho domicilio.
A efectos de la definición del concepto de “Viaje” queda expresamente establecido que el servicio no alcanzará a potenciales beneficiarios que se encuentren ya en la localidad de destino mismo, al momento del evento.
AVERÍA
Es la falla o rotura de algún elemento mecánico y/o electrónico del rodado que impida su normal desplazamiento.
ACCIDENTE
Se define como tal al accidente de tránsito sufrido por el vehículo automotor, que le haya ocasionado daños mecánicos que impidan su normal desplazamiento y/o daños corporales a sus ocupantes; así como que los daños mecánicos y/o corporales resultantes se provocaron directamente por dicho accidente e independientemente de cualquier otra causa ajena al evento. Ante la existencia de daños corporales se deberá formalizar denuncia policial.
Los servicios se brindarán en la República Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay, a partir de los 80 kms. del lugar de domicilio particular registrado por el beneficiario titular.
Vigente el servicio, los asociados del Automóvil Club Argentino recibirán la prestación durante todo el período de tiempo en el cual permanezcan en la condición de socio.
La condición de asociado se considerará a partir de las 00.00 hs. (cero horas) del día siguiente al de su ingreso como socio.
En caso de requerir asistencia, el beneficiario, o quien lo haga en su nombre, deberá en forma obligatoria llamar por teléfono a la Central Operativa de Europ Assistance, mediante la utilización de los números telefónicos provistos, sin cargo para el asociado, cualquiera sea su ubicación.
En todos los casos se deberá suministrar la siguiente información:
– Nombre y apellido
– Número de socio
– Lugar en que se encuentra
– Motivo del llamado
– Denuncia policial para el caso de robo o hurto total del vehículo o accidente con lesiones
Los gastos de llamados telefónicos motivados por una solicitud de asistencia serán reintegrados previa presentación de los comprobantes correspondientes. No obstante, podrá optarse por la modalidad de cobro revertido, cuando ésta sea posible.
5.1 Hospedaje o estancia por inmovilización o robo del vehículo
En caso de robo del vehículo o bien a causa de una avería y/o accidente que no pueda repararse en el mismo día y los beneficiarios opten por esperar dicha reparación, Europ Assistance se hará cargo de los gastos de hotel para uno, algunos o todos los beneficiarios, durante el tiempo que demande la reparación y hasta los siguientes límites:
*En Argentina: $50.500.- (pesos cincuenta mil quinientos) por ocupante y por día, hasta $151.500.- (pesos ciento cincuenta y un mil quinientos) por ocupante, por toda la estancia.
* En Países limítrofes: U$S 100.– (dólares estadounidenses cien) por ocupante y por día, hasta U$S 300.– (dólares estadounidenses trescientos) por ocupante, por toda la estancia.
Dichos gastos de hotel comprenden sólo alojamiento y no incluyen desayunos, almuerzos, cenas ni extras de ninguna clase.
El Automóvil Club Argentino y/o Europ Assistance no se responsabilizan por la imposibilidad material de brindar el servicio precedentemente detallado por la inexistencia de hoteles en el lugar del evento generador de la asistencia, o por carecer los mismos de disponibilidad de alojamiento al momento de requerir la asistencia. En dichos casos, se le reintegrarán al beneficiario los gastos en que incurrió al procurarse hospedaje por cuenta propia, hasta los topes precedentemente indicados.
Los beneficiarios que opten por el servicio de alojamiento no podrán solicitar luego el servicio de Desplazamiento indicado en el punto 5.2.
5.2 Desplazamiento o traslado de beneficiarios por inmovilización del vehículo
Cuando a causa de una avería y/o accidente el vehículo deba quedar inmovilizado y no pueda repararse dentro de las 72 hs, o bien cuando el vehículo fuera robado, y el beneficiario opte por continuar su viaje, Europ Assistance se hará cargo del desplazamiento de uno, algunos o todos los beneficiarios, hasta el domicilio registrado por el socio, o en caso que el beneficiario optara por la continuación del viaje, Europ Assistance se hará cargo del desplazamiento hasta el lugar de destino de su viaje, siempre que la distancia a recorrer no sea mayor que la existente hasta el domicilio particular en la República Argentina registrado por el titular.
El medio de transporte será a elección de Europ Assistance (bus, tren, remis, avión). El límite para reintegros será el que corresponda a las tarifas vigentes, según distancia y medio de transporte designado. En caso de avión, será tarifa de “banda negativa” cuando la hubiere.
Asimismo, déjase constancia de la obligatoriedad por parte de Europ Assistance de utilización de remis a favor de los beneficiarios en los siguientes casos:
– Cuando no exista bus en la localidad donde ocurra el accidente, trasladando mediante remis a los beneficiarios a una terminal de transporte automotor, ferroviaria o aeropuerto, donde pueda disponerse la continuación del desplazamiento.
– Cuando no haya disponibilidad de plazas en tiempo razonable inmediato al momento del evento, o bien cuando el horario asignado para la partida en bus de los beneficiarios resulte excesivamente diferido en el tiempo con relación al momento de la avería, accidente o robo.
– Cuando el lugar donde ocurra la avería, accidente o robo, resulte inseguro y/o se manifieste vulnerable para la seguridad de los beneficiarios.
– Cuando entre los beneficiarios se encuentren menores impúberes, ancianos y/o personas discapacitadas, que requieran de especial atención en función de la naturaleza y circunstancias del evento.
5.3 Pasaje para recuperar el vehículo
En caso de tener que regresar para recuperar el vehículo una vez reparado o encontrado en condiciones de rodar después de robo, Europ Assistance se hará cargo de un pasaje para el titular o para la persona que éste designe, siendo el medio de transporte a elección de Europ Assistance.
Cuando la distancia entre el lugar donde se encuentre el vehículo y el domicilio del titular registrado en el ACA sea superior a 1.000 kms., se brindarán 2 (dos) pasajes.
5.4 Acompañamiento de menores y/o discapacitados
Cuando por motivo de un accidente automovilístico resulten desamparadas o en situación de desprotección personas menores y/o discapacitadas, Europ Assistance le asignará un acompañante y le brindará la asistencia necesaria hasta el regreso a su domicilio.
5.5 Depósito o custodia del vehículo reparado o recuperado
En caso que un vehículo reparado o recuperado deba quedar en depósito y/o custodia, se reintegrarán los gastos por su guarda hasta un límite máximo de $50.500.- (pesos cincuenta mil quinientos).
5.6 Localización y envío de piezas de repuesto
Se cubrirán los gastos de localización y envío de piezas de repuesto sólo cuando la pieza sea indispensable para la movilidad del vehículo y no estuviera disponible en el lugar de reparación del vehículo. En todos los casos deberá tratarse de repuestos legítimos. Europ Assistance asumirá los gastos de localización y envío de las partes, siendo el importe del repuesto por cuenta del beneficiario.
Se deja establecido que este servicio se brindará exclusivamente en el caso que la/s pieza/s de repuesto sean imprescindibles para la movilidad del vehículo designado, excluyéndose expresamente accesorios y otras piezas que no comprometan la movilidad del mismo, según las normas de tránsito vigentes.
También se deja expresado que este servicio será brindado exclusivamente cuando el vehículo en reparación se encuentre en viaje. Este servicio se brindará por Europ Assistance, no aceptándose reintegros por este concepto.
Límite para la prestación: hasta 5 kgs. de peso para el repuesto. Se excluirán parabrisas y partes de carrocería para la prestación de este servicio.
5.7 Servicio de cerrajería al vehículo
Se brindará este servicio siempre que el beneficiario no pueda ingresar al vehículo y cuando pueda verificarse que las correspondientes llaves se encuentren dentro del mismo; o bien, en caso de extravío o robo de las mismas, mediando la denuncia policial pertinente.
El límite para reintegro será de $ 34.200.- (pesos treinta y cuatro mil doscientos).
5.8 Servicio de conductor
En caso de impedimento absoluto de un beneficiario para conducir su vehículo a causa de enfermedad grave o aguda o accidente de tránsito, ambos repentinos, se enviará un conductor para retornar el vehículo al domicilio declarado y por el trayecto más directo, o al destino inicial indicado por el beneficiario.
El transporte del conductor será provisto por Europ Assistance y no se procederá a reintegro por este concepto.
El beneficiario podrá optar por designar un conductor residente en la República Argentina, en cuyo caso la prestación se reducirá a los gastos de traslado del mismo, excluyéndose por lo tanto gastos como ser peajes, mantenimiento y reparación del vehículo, combustible, gastos personales del titular y acompañantes (ej. alimentos), los cuales correrán por cuenta del beneficiario.
Cuando el beneficiario opte por designar a un conductor, esta designación y el traslado de dicho conductor hasta el lugar del evento, deberá ser previamente coordinado por el beneficiario con Europ Assistance.
5.9 Vehículo sustituto
En caso de hurto, robo o destrucción total por: explosión, accidente automovilístico, incendio o rayo, el beneficiario deberá comunicarlo según las condiciones generales a los efectos que Europ Assistance tome a su cargo la coordinación del alquiler de un vehículo sustituto que reemplace al siniestrado.
A su vez, el beneficiario también podrá optar excepcionalmente por hacer uso de dicha prestación por la modalidad de reintegro, previa comunicación y autorización expresa de la Central Operativa de Europ Assistance, para lo cual será condición presentar la factura y comprobante de pago del alquiler correspondiente.
Si el beneficiario alquilare un vehículo por un período superior al máximo de horas establecido por Europ Assistance, solamente se le reconocerá hasta el importe equivalente a esa cantidad máxima de horas de alquiler, y en ningún caso se abonará una suma superior al tope máximo en moneda.
La prestación se realizará mediante la entrega en el lugar del evento de un automóvil marca Fiat, modelo Palio, similar o de mayor categoría, 0 Km., o hasta con un año de antigüedad al momento del evento, en perfectas condiciones de uso con todos los elementos de seguridad exigibles por las disposiciones vigentes. La devolución deberá hacerse en el mismo lugar en que se recibió, debiendo el beneficiario sufragar a su costo la tasa de retorno si el vehículo se entrega en otro lugar diferente al de la recepción.
El límite máximo de prestación será de 48 horas con 120 kms. libres por día.
Para el caso del reintegro, el límite máximo será de $ 54.200.- (pesos cincuenta y cuatro mil doscientos) por día de prestación, incluyendo impuestos.
Esta prestación podrá ser activada siempre y cuando la misma sea solicitada dentro de los diez días posteriores a la fecha de denuncia efectuada ante las autoridades policiales competentes. El beneficiario deberá enviar a Europ Assistance copia de la denuncia con carácter previo a todo trámite.
El Automóvil Club Argentino y/o Europ Assistance no tendrán a su cargo responsabilidad alguna por los siguientes hechos:
– Que en el lugar del siniestro no existan comercios dedicados al alquiler de vehículos o que éstos se encuentren cerrados.
– Que los comercios de alquiler de vehículos carezcan de unidades disponibles al momento de la asistencia.
– Deberá excluirse de la cobertura los gastos de cualquier naturaleza que se deriven del contrato de alquiler del vehículo sustituto tales como gastos administrativos, operativos, por responsabilidad, franquicias, etc., los que estarán siempre a cargo del beneficiario.
5.10 Vehículo sustituto por accidente con víctimas
El servicio de vehículo sustituto estipulado en el punto 5.9 de las presentes Condiciones Generales se brindará también en caso de accidente automovilístico en el cual resulten heridos graves (con internación) o fallecidos uno o más beneficiarios, pero con un límite de prestación de 24 horas, 120 kms. libres y $ 54.200.- (pesos cincuenta y cuatro mil doscientos) para reintegro, incluyendo impuestos. A opción de los beneficiarios, se brindará como alternativa un servicio de remis con idéntico tope al fijado para el reintegro.
5.11 Gastos médicos por accidente en países limítrofes
En caso de accidente automovilístico ocurrido en países limítrofes, en el cual resulten heridos uno o más beneficiarios, Europ Assistance asumirá los gastos médicos derivados de la emergencia (incluyendo atención médica inicial, traslados, atención por especialistas, laboratorio, radiología, suministro de medicación de urgencia, internación, etc.) hasta un tope global de U$S 500 (dólares estadounidenses quinientos) independientemente de la cantidad de beneficiarios que hayan resultado heridos en el accidente y requieran dicha atención.
5.12 Traslado sanitario
En caso exclusivo de accidente automovilístico, se trasladará al beneficiario y acompañantes hasta el centro hospitalario más próximo al lugar de su ocurrencia que resulte adecuado según la naturaleza de las heridas.
Los traslados podrán ser realizados en aviones sanitarios, de línea, tren o ambulancia, según la gravedad del caso. Únicamente las exigencias de orden médico serán tomadas en consideración para decidir la elección del medio de transporte y el lugar de hospitalización. En todos los casos, el transporte deberá ser previamente autorizado por el Departamento Médico de Europ Assistance.
5.13 Traslado de un familiar
En caso que el beneficiario deba ser internado a raíz de un accidente automovilístico y se encuentre solo en el lugar de hospitalización, o en caso de un accidente automovilístico que derive en la muerte de uno o más beneficiarios, Europ Assistance proveerá traslado a un familiar hasta el lugar donde se encuentre el herido o los fallecidos.
5.14 Alojamiento de un familiar
En el caso previsto en el punto anterior, Europ Assistance tomará a su cargo los gastos de alojamiento del familiar, hasta los siguientes límites:
* En Argentina: $50.500.- (pesos cincuenta mil quinientos) por ocupante y por día, hasta $151.500.- (pesos ciento cincuenta y un mil quinientos) por ocupante, por toda la estancia.
Dichos gastos de hotel comprenden sólo alojamiento y no incluyen desayunos, almuerzos, cenas ni extras de ninguna clase.
El Automóvil Club Argentino y/o Europ Assistance no se responsabilizan por la imposibilidad material de brindar el servicio precedentemente detallado por la inexistencia de hoteles en el lugar del evento generador de la asistencia, o por carecer los mismos de disponibilidad de alojamiento al momento de requerir la asistencia. En dichos casos, se le reintegrarán al beneficiario los gastos en que incurrió su familiar al procurarse hospedaje por cuenta propia, hasta los topes precedentemente indicados.
5.15 Repatriación sanitaria
Se cubrirán los gastos derivados de la repatriación sanitaria sólo cuando éstos sean definidos como necesarios por el Departamento Médico de Europ Assistance y sean exclusiva consecuencia de un accidente automovilístico.
Esta repatriación deberá ser efectuada en avión de línea regular con acompañamiento médico o de enfermera, si correspondiese, sujeto a disponibilidad de plazas, hasta la República Argentina. Este traslado deberá ser autorizado por el médico que intervenga en el lugar de ocurrencia del accidente y por el Departamento Médico de Europ Assistance.
Este servicio se brindará sólo por prestación de Europ Assistance y no se abonarán reintegros por tal concepto.
5.16 Traslado de restos
En caso de fallecimiento de un beneficiario causado exclusivamente por un accidente automovilístico, Europ Assistance deberá organizar y cubrir los gastos de féretro de traslado, trámites administrativos y transporte de restos hasta el lugar de su inhumación en la República Argentina por el medio que se considere más conveniente.
Los trámites, gastos de féretro definitivo, funeral e inhumación, serán a cargo de los familiares del / de los beneficiarios.
IMPORTANTE:
Los gastos efectivamente cubiertos para las prestaciones “5.12 Traslado Sanitario”, “5.15 Repatriación sanitaria” y “5.16 Traslado de restos” son sólo los derivados del traslado exclusivamente, y no comprenden los gastos médicos derivados del accidente (como por ejemplo, intervenciones quirúrgicas, atención por especialistas, terapia intensiva, etc.).
Independientemente de lo descripto como distancia en la definición de la palabra “VIAJE” en las presentes Condiciones Generales, exclusivamente los servicios de “5.12 Traslado Sanitario” y “5.16 Traslado de Restos” se brindarán cuando ocurran en viaje con el automóvil, sin necesidad de superar kilometraje de distancia alguno.
5.17 Regreso del beneficiario por fallecimiento de un familiar
Cuando un beneficiario deba interrumpir su viaje por fallecimiento de su cónyuge o de un familiar directo (primer grado) y no pueda regresar en el vehículo, se le abonarán los gastos de transporte, siendo el medio de transporte a elección de Europ Assistance.
5.18 Regreso del asociado por siniestro grave en su domicilio
En caso de siniestro grave (incendio, explosión, robo con daños, etc.) en el domicilio del asociado cuando éste se encuentre en viaje, no hubiese ningún familiar que pueda hacerse cargo de la situación, y no pudiera regresar con su vehículo, se le abonarán los gastos de transporte, siendo el medio de transporte a elección de Europ Assistance.
5.19 Asistencia jurídica en la República Argentina
Si un socio del ACA es titular de un vehículo y fuera detenido por autoridades policiales o procesado por orden judicial dentro de la República Argentina como consecuencia de serle imputada responsabilidad por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que haya sido parte mientras conducía el vehículo del cual es titular, Europ Assistance pondrá a su disposición un abogado que se hará cargo de su defensa, asumiendo los gastos de la misma hasta el límite abajo indicado.
Siendo voluntaria su aceptación por parte del beneficiario, ninguna responsabilidad asume Europ Assistance por la actuación del profesional que proponga.
Este servicio se brindará únicamente al socio del ACA titular del vehículo imputado. El límite global a cargo de Europ Assistance será de $307.500.- (pesos trescientos siete mil quinientos) por honorarios y gastos causídicos.
5.20 Asistencia jurídica en países limítrofes
Si el beneficiario fuera detenido por autoridades policiales o procesado por orden judicial fuera de la República Argentina, como consecuencia de serle imputada responsabilidad por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en que haya sido parte, Europ Assistance pondrá a su disposición un abogado que se hará cargo de su defensa.
En todos los casos el abogado designado por Europ Assistance será el agente del titular sin que se pueda reclamar a ésta responsabilidad o indemnización alguna en su contra por haber propuesto al citado profesional.
El límite máximo de este servicio es de $ 915.000.- (pesos novecientos quince mil) por honorarios y gastos causídicos.
5.21 Anticipo de fianzas
En caso de accidente por el cual se le impute responsabilidad penal al beneficiario y se le fije fianza, se le adelantarán hasta U$S 5.000.- (dólares estadounidenses cinco mil) en concepto de préstamo para satisfacer dicha fianza, previa garantía a satisfacción de Europ Assistance.
5.22 Adelanto financiero
En caso de robo, hurto, destrucción total o accidente con heridos, se pondrá a disposición del beneficiario un adelanto financiero de hasta U$S 1.000.- (dólares estadounidenses mil), previo depósito del monto en las oficinas de Europ Assistance por parte de un familiar.
5.23 Central de información 24 hs. Transmisión de mensajes urgentes
Los beneficiarios podrán acceder sin costo a la Central 24 hs. de Europ Assistance donde obtendrán información sobre:
Asimismo, en caso de avería, accidente, o robo del vehículo, Europ Assistance se encargará de retransmitir los mensajes urgentes que el beneficiario indique, siempre que el mismo se encuentre impedido de transmitir dicho mensaje, poniendo a disposición del beneficiario los medios necesarios a su alcance para cumplimentarlo. De ser necesario, se realizará conferencia tripartita.
IMPORTANTE:
Al solicitar cualquiera de los servicios incluidos en las presentes Condiciones Generales, el socio del ACA deberá acreditar que viajaba en el vehículo accidentado o averiado. Europ Assistance se reserva el derecho de efectuar las verificaciones de cualquier tipo que estime necesarias en tal sentido.
Quedan expresamente excluidos de los servicios de Asistencia al Viajero los siguientes eventos:
6.1 Los servicios que los beneficiarios hayan concertado por su cuenta, sin el consentimiento previo de Europ Assistance.
Todos los servicios indicados en las presentes Condiciones Generales se brindarán exclusivamente por prestación de Europ Assistance y no se efectuarán reintegros de gastos bajo ninguna circunstancia, salvo que dicho reintegro haya sido expresamente aprobado por Europ Assistance antes de producirse el gasto.
6.2 La asistencia por enfermedad de cualquier tipo.
6.3 Lesiones derivadas de acción criminal del beneficiario, directa o indirectamente.
6.4 Lesiones resultantes de intento de suicidio, o causadas intencionalmente por el beneficiario a sí mismo.
6.5 Muerte por suicidio.
6.6 Lesiones o estados patológicos producidos por intencional ingestión o administración de bebidas alcohólicas, tóxicos, drogas, narcóticos, o por la utilización de medicamentos sin orden médica, así como sus secuelas y consecuencias.
6.7 Los eventos que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamientos, práctica o participación activa en competencias deportivas (profesionales o amateurs) de cualquier tipo.
6.8 Cualquier tipo de enfermedad mental.
6.9 La asistencia a cualquier ocupante del vehículo que se hubiera transportado bajo la modalidad de transporte benévolo conocida como “autostop”.
6.10 Los gastos incurridos en cualquier tipo de prótesis, incluyendo pero no limitando: lentes, audífonos, anteojos, prótesis quirúrgicas u odontológicas, muletas, etc..
6.11 Cuando el vehículo no se encuentre asegurado por responsabilidad civil frente a terceros, o el conductor no esté debidamente habilitado para conducir o se hubiera excedido el límite de ocupantes previsto para el vehículo, según lo determinado por el fabricante del mismo.
6.12 Cuando la inmovilización se deba a circunstancias excepcionales o a hechos de carácter extraordinario, casos fortuitos o de fuerza mayor tales como nevadas, maremotos, huelgas, actos de sabotaje, guerras, catástrofes, dificultades en los medios de comunicación o en las vías de acceso al lugar de asistencia, etc.. Superadas las situaciones de esta índole, Europ Assistance se obligará a ejecutar sus compromisos en el menor tiempo posible.
6.13 Cuando la inmovilización se deba a consecuencias de la violación de las normas de tránsito vigentes, o al dolo o culpa del beneficiario u otro ocupante del vehículo designado.
6.14 Europ Assistance no estará obligada a atender los gastos que a continuación se detallan:
Hasta la concurrencia de las sumas desembolsadas en cumplimiento de las obligaciones emanadas de las presentes Condiciones Generales, Europ Assistance quedará automáticamente subrogada en los derechos y acciones que pueden corresponder a los beneficiarios o a sus herederos contra terceras personas físicas o jurídicas en virtud del evento ocasionante de la asistencia prestada. Además el beneficiario se compromete a abonar a Europ Assistance todo importe que haya recibido de parte del causante del accidente y/o de su(s) compañía(s) de seguro(s) en concepto de adelanto(s) a cuenta de la liquidación de la indemnización final a la cual el beneficiario tiene derecho en la medida que se encuentren incluidos los montos desembolsados por Europ Assistance. Ello a concurrencia de los importes a cargo de Europ Assistance en el caso ocurrido.
En consecuencia, el beneficiario cede irrevocablemente a favor de Europ Assistance los derechos y acciones comprendidos en la presente cláusula, obligándose a llevar a cabo la totalidad de los actos jurídicos que a tal efecto resulten necesarios y a prestar toda la colaboración o a subrogar tales derechos a Europ Assistance, esta última quedará automáticamente desobligada a abonar los gastos de asistencia originados.
Europ Assistance no será responsable y no indemnizará al beneficiario por cualquier daño, perjuicio, lesión o enfermedad causada por el hecho de haberle brindado al beneficiario a su solicitud, personas o profesionales para que lo asistieran por cualquiera de los servicios previstos en las presentes Condiciones Generales.
Europ Assistance provee únicamente servicios cuando le son solicitados, y en las circunstancias previstas en las presentes Condiciones Generales. En estos casos, la persona o personas designadas por Europ Assistance serán tenidas como agentes del beneficiario sin recurso de naturaleza o circunstancia alguna contra Europ Assistance en razón de tal designación.
Para todas las cuestiones de derecho relativas a la relación entre los beneficiarios de los servicios detallados precedentemente queda pactada la aplicación de la legislación Argentina y la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Europ Assistance se reserva el derecho a exigir a los beneficiarios el reembolso de cualquier gasto efectuado indebidamente, en caso de haberse prestado servicios no contratados, y/o fuera del período de vigencia de acuerdo establecido y/o en forma diferente a todo lo precedentemente indicado.
Información Vigente a Julio 2024
¿Cómo puedo contratar el seguro del hogar
Podes hacerlo telefónicamente llamando al 0800-888-9888, (de Lunes a Viernes de 8 a 21hs y Sábados de 9 a 13hs) o en cualquiera de las oficinas de aseguramiento del Club.
¿Cuáles son los requisitos para asegurar mi casa?
Los requisitos dependen del tipo de vivienda a asegurar y de su ubicación. Algunas características de las construcciones y de las medidas de seguridad resultan homogéneas tales como:
¿Inspeccionan mi casa antes de asegurarla?
Según el Plan y las coberturas que quieras contratar, la vivienda podrá o no ser inspeccionada.
¿Tengo que declarar los elementos que tengo dentro de mi casa para asegurarla?
Dependiendo el plan que contrates, te podrá pedir algún detalle de los elementos específicos a asegurar.
¿Cómo puedo abonar mi seguro?
Se puede abonar la cobertura a través del débito en cuenta bancaria o en tarjeta de crédito o en efectivo en las dependencias del Club.
¿Qué período se cubre en el seguro y como se renueva?
La póliza tiene un período de vigencia cuatrimestral y se renueva automáticamente a su término, siempre que no registre deuda.
¿Desde qué momento dispongo de la cobertura?
A partir del comienzo mismo de la vigencia de la póliza.
Si no aviso, ¿la póliza se renovará automáticamente?
Sí, siempre y en la medida que no registres deuda con este seguro.
¿Estoy cubierto aunque no haya pagado la primera cuota de la póliza?
Estás cubierto desde el momento en que contratás la póliza hasta las 00:00 hs. de la fecha de vencimiento de la primera cuota.
¿Puedo asegurar mi casa si la estoy alquilando? ¿Y a quién indemniza la compañía aseguradora en caso de un siniestro?
Como inquilino podés contratar cualquiera de los planes de la aseguradora que ofrecemos a nuestros socios. Tené en cuenta que muchas veces contratar un seguro es una condición para poder acceder a un alquiler y declarar al dueño de la vivienda como acreedor del siniestro, motivo por el que podés cotizar y contratar alguno de nuestras alternativas que nos ofrece La Caja Seguros S.A y así puedas disfrutar de vivir tranquilo. En caso de siniestro, la indemnización siempre corresponderá al titular de los bienes.
¿La póliza de hogar que contrate incluye a mi familia en su cobertura?
Todas las coberturas incluidas dentro de los diferentes planes de seguros del hogar amparan al asegurado y a su familia siempre que convivan bajo el mismo domicilio.
Tuve un siniestro en mi vivienda asegurada a través del Club, ¿Qué debo hacer?
¿Cómo se solicita el servicio de asistencia?
Con la contratación del seguro, recibirás una tarjeta con los direccionamientos telefónicos del servicio donde te podrán atender las 24 hs, los 7 días de la semana.
¿Qué vehículos aseguran?
Se aseguran automóviles, rurales, jeeps y pick-ups radicados en la República Argentina ya sean de fabricación nacional o importada. Asimismo, son asegurables las casas rodantes con y sin propulsión propia y bantams. Se aceptan trailers siempre que se utilicen para el transporte de embarcaciones aseguradas por intermedio del A.C.A.
¿Qué requisitos necesito para asegurar mi vehículo?
Los requisitos son mínimos. Deberás contar con cédula verde a nombre del titular del vehículo o título original, y tu documento. El vehículo debe ser exclusivamente de uso particular y encontrarse en buenas condiciones. En caso de asegurar un auto con equipamiento con GNC, necesitarás también la oblea y cédula vigente.
¿Cómo hago para contratar un Seguro Automotor?
Es muy sencillo. Podés acercarte a una oficina del ACA, o contactarte de manera telefónica al 0800-888-9888 (con inspección en tu domicilio sin cargo), o bien solicitándolo a través de este sitio web.
¿Qué documentación debo utilizar para circular?
Deberás contar con la propuesta de renovación de la cobertura contratada vigente, tarjeta obligatoria o cupón de pago.
Además, es indispensable que tengas el registro de conducción vigente, la cédula verde o azul, (según corresponda), comprobante de pago de patente al día, oblea de verificación técnica Vehicular (según jurisdicción) y en caso de poseer equipo de GNC tenés que contar con la cédula de identificación del mismo con su adecuada oblea.
Si vendo el vehículo, ¿el comprador puede continuar con mi seguro?
El seguro es intransferible. En este caso, debés solicitar la rescisión de tu aseguramiento en nuestras oficinas ACA o llamando al 0800-888-9888 donde te informarán como realizarlo.
¿Cuál es la vigencia del Seguro?
El seguro tiene una vigencia mensual. En el frente de la póliza podrá encontrar la vigencia de la cobertura y capitales estipulados. La renovación del seguro se hará en forma automática al término de cada período, si el asegurado no manifiesta su voluntad de rescindir el contrato. Para que esto suceda, al vencimiento de cada mensualidad, el cliente debe abonar el importe por adelantado de la vigencia que desea renovar.
¿Qué es la franquicia?
En caso de un siniestro cubierto, la franquicia es el monto con el que participás en la reparación de tu vehículo. Este monto puede ser variable o fijo. Para establecer la franquicia variable, se toma como referencia el porcentaje contratado para el plan/opción, el cual aplicará con cargo al socio asegurado sobre el importe vigente del capital asegurable correspondiente a tu vehículo al momento del siniestro. A partir de esa suma, la compañía de seguros Caja de Seguros S.A. se hará cargo de la diferencia, hasta completar el monto total de la reparación. En el caso de haber optado por una franquicia fija bajo el plan / opción contratado, el socio asegurado deberá abonar dicho importe fijo de la franquicia, y lo que exceda como diferencia hasta completar el monto total de la reparación quedará a cargo de la aseguradora.
¿Cuándo se considera destrucción total?
Si el costo de reparación y/o reemplazo de las partes afectadas y/o el costo del reemplazo de las cosas robadas o hurtadas cuesta 80 % o más del capital que figure en la tabla de valores correspondiente al momento de ocurrencia del siniestro, se lo consideraría Destrucción Total.
¿Cómo puedo abonar mi seguro?
Tenés la comodidad de abonar tu seguro adhiriendo su pago al débito automático de una tarjeta de crédito o cuenta bancaria. También podrás hacerlo por Internet en Pagomiscuentas, cajeros automáticos de las redes Banelco y Link, Pago Fácil, Rapipago y en todas las dependencias ACA del país que se encuentren habilitadas.
¿Cuántos servicios de auxilio mecánico tengo con mi auto asegurado a través del ACA?
Para vehículos de socios asegurados en planes de Responsabilidad Civil, Tradicionales (Todo Total y Todo Riesgo sin franquicia) y de Terceros Completo o Todo Riesgo del Pack Ahorro: se otorgan 12 auxilios sin cargo para el socio por año calendario. A partir del 13er. servicio, se abonará cada servicio excedente conforme los valores vigentes para socios ACA.
Para vehículos de socios que contraten planes de Terceros Completo o Todo Riesgo del Pack Cómodo, se otorgan servicios de Auxilio en cantidad ilimitada sin mayor costo alguno para el socio asegurado.
¿Cuál es el alcance o radio de prestación del servicio de auxilio mecánico con mi auto asegurado a través del ACA?
¿Tengo servicio de emergencias médicas?
Sí, este servicio alcanza a los ocupantes del vehículo, al conductor (sea o no el titular del seguro) y a los terceros involucrados por el accidente.
Además, disponés del servicio de traslado aéreo en caso de accidentes en todo el territorio nacional y países limítrofes.
Recordá que por ser socio, contás también con el Servicio de Asistencia al Viajero en la República Argentina y países limítrofes para vos y los demás acompañantes.
¿Tengo cobertura en países limítrofes?
Sí, la compañía aseguradora te brinda la extensión de la cobertura a países limítrofes sin costo adicional. Antes de viajar a países del Mercosur (Uruguay, Paraguay y Brasil) o a Chile, solicitá en cualquiera de nuestras oficinas la Tarjeta Mercosur. También podés descargar e imprimirla desde la Filial Virtual de este sitio. Si viajás a Bolivia, no es necesario contar con dicho certificado.
Además si viajás a Chile, por disposición de la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile (SVS, el vehículo que ingrese al país deberá contar con un Seguro Obligatorio de Accidentes Personales Causados por Vehículos Motorizados con Matrícula Extranjera (SOAPEX), contratado con una aseguradora chilena.
¿Dónde puedo efectuar la denuncia de un siniestro?
En caso de siniestro con tu vehículo asegurado a través del Club, podrás iniciar su trámite comunicándote al 0800-222-4111 de lunes a viernes de 9 a 17 horas, o bien enviando un correo electrónico a la siguiente dirección atención_siniestros@aca.org.ar . Luego, nos pondremos en contacto inmediato con vos.
Asimismo, podés comenzar dicho trámite ingresando a la Filial Virtual en este sitio web.
Recordá:
¿Cómo actuar en caso de siniestro en países limítrofes?
Realizá la denuncia policial en el lugar en el que se produzca el hecho e informalo al ACA vía fax 0054-11- 4808-4533 si estás en el exterior.
Si el hecho que compromete la responsabilidad civil del asegurado ha ocurrido en países integrantes del MERCOSUR, el titular – luego de la denuncia policial respectiva- debe contactar con las filiales zonales de las siguientes aseguradoras asociadas con la Caja de Seguros S.A. para comunicar el evento y recibir el asesoramiento respectivo:
(*) Según condiciones de póliza.
(1) Los seguros son emitidos por Caja de Seguros S.A Fitz Roy 957 (C1414CHI) CABA. CUIT 30-66320562-1. N° de inscripción en SSN: 501. Superintendencia de Seguros de la Nación 4338-4000 o 0-800-666-8400, www.ssn.gob.ar. Consultá acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza.
(2) En los términos pactados con el prestador. El prestador al recibir la solicitud de un servicio, informará al asegurado los alcances y condiciones del servicio solicitado.
BASES Y CONDICIONES
Los seguros son emitidos por Caja de Seguros S.A. Fitz Roy 957 (C1414CHI) C.A.B.A. CUIT 30-66320562-1. N° de inscripción en SSN: 501. Superintendencia de Seguros de la Nación 4338-4000 o 0-800-666-8400, www.ssn.gob.ar. Consultá acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza. Tomador de la póliza Colectiva: Automóvil Club Argentino. Av. del Libertador 1850 (C1425AAR) C.A.B.A. CUIT 30-50014329-7.
1. Sujeto a la reglamentación del servicio. Excepto planes de Responsabilidad Civil solamente.
2. En los términos pactados con el prestador. Consultá alcance y condiciones del servicio llamando al 0800-888-9888 o en www.aca.org.ar.
3. Excepto pólizas de Responsabilidad Civil exclusivamente. El socio vitalicio no abona importe alguno por su cuota societaria y por tal condición no aplica la mencionada reducción.
4. En función del modelo del vehículo, tipo de combustión, capital asegurable y zona de cobertura. Disponible sólo para CABA, GBA y La Plata.
1- ORGANIZACIÓN, VIGENCIA Y ALCANCE
La realización de esta campaña tendrá vigencia desde el 01 de octubre de 2024 al 31 de octubre de 2024 -ambos inclusive-, y será válida en todo el territorio de la República Argentina. Se establece como alcance a la asociación al ACA (Categorías Plenario y Activo) con los primeros 4 (cuatro) meses de la cuota social.
2- BENEFICIO
Bonificación al 100% de las primeras 4 (cuatro) cuotas sociales.
3- MODIFICACIÓN DE LA VIGENCIA
El ACA podrá modificar las fechas de comienzo y/o finalización establecida en el punto 1 de estas bases cuando razones fundadas así lo justifiquen o se decida la ampliación de esta Promoción; modificar el contenido de estas bases, cancelar o modificar esta promoción cuando circunstancias no imputables al ACA y no previstas en estas Bases lo justifiquen. En tal caso, la modificación será suficientemente notificada mediante el mismo medio utilizado para la toma de conocimiento de la presente promoción.
4- PARTICIPANTES
Podrá acceder a la presente Promoción cualquier persona física que posea un vehículo para uso particular que sea cero kilómetro o con patentes con las letras “AG” en adelante -correspondiente a la Patente Única del Mercosur- y que registre los datos del mismo ante el ACA
5- UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
El nuevo afiliado podrá utilizar los servicios y beneficios ofrecidos por el ACA en igualdad de condiciones que el resto de los socios, exceptuando los de Auxilio Mecánico.
Durante los primeros 120 días de la asociación, dicho servicio será brindado únicamente al automóvil registrado en el momento de la asociación.
Si antes de transcurridos 120 días desde la fecha de ingreso a la Institución, el nuevo socio deseare utilizar el servicio de auxilio mecánico para un automóvil distinto del registrado, deberá abonar las cuotas sociales que producto de la presente promoción le hayan sido bonificadas.
En caso de que el nuevo socio, dentro del período de cuotas bonificadas, contratara a través del ACA un seguro automotor con cobertura de casco para el vehículo registrado y/o cualquier otro vehículo, en forma automática quedará anulada la limitación indicada, pudiendo solicitar el servicio del Auxilio Mecánico para cualquier vehículo conforme al marco regulatorio del Servicio de Auxilio Mecánico.
6- ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO
La participación en la Promoción implica el conocimiento y la aceptación de esta Reglamentación, así como de las decisiones que adopte el ACA, conforme a derecho sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.
7- JURISDICCIÓN
Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de esta campaña promocional, los nuevos socios y el ACA se someterán a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o del reclamo, con renuncia expresa de los nuevos socios a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
AUTOMÓVIL CLUB ARGENTINO- CUIT 30-50014329-7 -Av. del Libertador 1850 C.A.B.A.
1. La presente promoción tendrá vigencia en todo el territorio de la República Argentina entre el 01 de Diciembre de 2017 al 30 de Noviembre de 2019 ambos inclusive, y resultará exclusivamente válida para socios del Automóvil Club Argentino (ACA) que realicen la contratación de nuevo seguro automotor para un vehículo 0 km. en dependencias del ACA de dicho ámbito geográfico, o bien, telefónicamente, o a través del canal institucional dispuesto en su página Web (www.aca.org.ar).
2. La Promoción consiste en el otorgamiento de premios (en adelante, “los Beneficios”) a socios ACA de las categorías Plenario, Activo o Credencial Familiar que durante el período de vigencia de la promoción contraten a través del ACA* un nuevo seguro automotor para un vehículo 0 km. con cobertura de Terceros Completo o Todo Riesgo, en planes del pack Ahorro o Cómodo, y lo abonen con cualquier modalidad de pago.
Los Beneficios consistirán en el siguiente detalle de bonificaciones y en la entrega de Vales Multipropósito ACA:
A) Contratando un seguro automotor de Terceros Completo:
B) Contratando un seguro automotor de Todo Riesgo:
Esta promoción también resulta extensiva a los socios ACA de la categoría Vitalicios que durante el período de vigencia de la promoción contraten a través del ACA un nuevo seguro automotor para un vehículo 0 km. con cobertura de Terceros Completo o Todo Riesgo, en planes del pack Ahorro o Cómodo, y lo abonen con cualquier modalidad de pago. En este caso, los Beneficios consistirán en la entrega de Vales Multipropósito ACA exclusivamente, a saber:
A) Contratando un seguro automotor de Terceros Completo:
B) Contratando un seguro automotor de Todo Riesgo:
3. Dichos Beneficios serán aplicados a partir del primer mes del aseguramiento automotor y su progresivo otorgamiento en forma mensual quedarán sujetos a la vigencia y pago de la mensualidad del seguro automotor durante los primeros cuatro meses en las contrataciones de seguros de Terceros Completo y durante los primeros seis meses en los seguros de Todo Riesgo que se contrataran bajo la presente promoción.
4. Dejase establecido que: Se considera nuevo seguro automotor 0 km. a todo aquel vehículo 0 km. no asegurado anteriormente a través del ACA para un mismo titular y dominio, y cuya compra, según fecha de factura, se haya efectuado dentro de los 40 días corridos inmediatos anteriores a la fecha de inicio de vigencia del mismo.
5. Para la entrega de los Vales Multipropósito, determínase como requisito adicional la obligatoria identificación del dominio del vehículo asegurado (chapa patente) en los registros del ACA.
6. El socio beneficiario podrá retirar los Vales Multipropósito hasta un año a contar desde la fecha de contratación del seguro contratado. Transcurrido dicho período el Beneficiario no tendrá derecho alguno para reclamar ante el ACA la entrega de los Vales aludidos.
La entrega de los Vales Multipropósito al socio Beneficiario es personal e intransferible y los mismos no son canjeables por dinero en efectivo, ni por otro Premio. Todos los gastos no comprendidos en los premios serán a exclusivo cargo del beneficiario.
7. La compra de productos y/o servicios ACA en las dependencias serviciales ACA comprendidas a través del canje de los Vales Multipropósito se encuentran sujetas a disponibilidad de stock en las mismas, según las condiciones de tiempo, forma, persona y/o lugar que rijan al momento de su entrega y/o comercialización para el mercado de estos productos, pudiendo ser eventualmente reemplazados a decisión del ACA por otro/s premio/s equivalente/s en caso de indisponibilidad por causa mayor, caso fortuito o hechos de terceros que resulten fehacientemente comprobables.
8. Los Vales Multipropósito podrán ser utilizados exclusivamente para la adquisición de los siguientes productos y servicios ACA en sus dependencias serviciales:
a. Combustibles y lubricantes.
b. Servicios en Talleres propios del ACA.
c. Servicios de Turismo y Hotelería.
d. Cartografía.
e. Documentación Internacional.
f. Cursos de Conducción.
g. Estacionamiento mensual.
Los Vales Multipropósito poseen fecha de vencimiento fija para su utilización, fecha que se encuentra en forma impresa en los mismos. En caso de vencerse su vigencia, los mismos carecerán de todo valor en su uso en las dependencias serviciales ACA, y no se podrán canjear por nuevos Vales Multipropósito, efectivo o cualquier otro valor.
Para la utilización de los Vales Multipropósito en las dependencias serviciales del ACA, los mismos no deberán estar doblados, deteriorados y/o abrochados, rotos, sucios, quemados, etc., y en ningún caso se generarán por parte del Automóvil Club Argentino reemplazo y/o reimpresión de los mismos. Idéntico proceder se adoptará en relación al ulterior robo y/o hurto de los Vales Multipropósito ya entregados por el ACA y que pudieran producirse en relación a los beneficiarios de esta promoción.
El uso de los Vales Multipropósito por valores de compra inferiores al fijado expresamente en el mismo no generará devoluciones de vuelto alguno de ningún tipo por parte del ACA.
9. Déjase establecido asimismo que los socios del ACA que durante el término de la promoción contraten a través del ACA un nuevo seguro automotor de Responsabilidad Civil exclusivamente para un vehículo 0 km. no recibirán beneficio alguno.
10. El ACA no será responsable por los daños o perjuicios que pudieren sufrir los socios del ACA o los terceros con motivo y/u ocasión de la participación en la Promoción y/o del uso de los Beneficios declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los socios del ACA y/o terceros, lo que es aceptado incondicionalmente por cada socio del ACA. El reclamo de los Beneficios implicará la aceptación de esta condición y la renuncia a formular cualquier reclamo por las causales anteriores.
11. Los Beneficios indicados en esta promoción no deberán ser susceptibles de acumulación con cualquier otro beneficio y/o promoción de seguros que el ACA se encontrare implementando, siendo excluyente de cualquier otra promoción dispuesta por el ACA.
12. Cualquier situación relacionada con la interpretación de esta Reglamentación será dirimida en primera instancia ante el ACA, sin perjuicio de los derechos otorgados a los socios del ACA por la legislación vigente.
13. La participación de la Promoción implica la aceptación de los términos y condiciones de la presente. Cualquier duda sobre el alcance de esta reglamentación podrá ser respondida telefónicamente a la línea 0800-888-9888 (de lunes a viernes de 10:00 a 17:00 horas.), o en las oficinas de seguros del ACA.
AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO- CUIT 30-50014329-7. Av. del Libertador 1850 C.A.B.A.
*Los seguros son emitidos por Caja de Seguros S.A. Fitz Roy 957 (C1414CHI) C.A.B.A. CUIT 30-66320562-1. N° de inscripción en SSN: 501. Superintendencia de Seguros de la Nación 4338-4000 o 0-800-666-8400, www.ssn.gob.ar. Consultá acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza. Tomador de la póliza Colectiva: Automóvil Club Argentino. Av. del Libertador 1850 (C1425AAR) C.A.B.A. CUIT 30-50014329-7.
Los Vales Multipropósito por productos y servicios ACA referidos en las bases y condiciones podrán ser retirados en las siguientes dependencias ACA exclusivamente:
Capital Federal y Gran Buenos Aires:
CR | DEPENDENCIA | DOMICILIO | TELEFONO |
---|---|---|---|
2305 | Acceso Norte | Panamericana y Debenedetti | 4790 – 5959 / 6279 |
2011 | Avellaneda | E. Zeballos 1414 | 4203 – 5107 / 4776 |
2857 | Banfield | Av. Hipólito Irigoyen 7800 | 4242-0162 / 0746 |
2976 | Barracas | Av. Montes de Oca y M. García | 4362 – 8246 |
2992 | Belgrano | Av. Cabildo 1499 | 4783 – 4209 / 5424 |
3204 | Caballito | Av. Gaona 1208/24 | 4581-5015 / 4581-6673 |
3701 | Congreso | Av. Belgrano 1749 | 4372-5283 / 4384-9910 |
4260 | Don Torcuato | M. T. de Alvear 155 | 4748-3114 |
1686 | Escuela de Conducción J. M. Fangio | Av. Casares 3955 | 011-4808-6200 |
2020 | Flores | Av. Rivadavia 7530 | 4611 – 7781 / 7897 |
5622 | Ing. Maschwitz | Ruta Nac. 9 KM.44 | 03488-443481 |
3387 | Lanús | H. Yrigoyen 4901 | 4247 – 6888 / 7445 |
3328 | Microcentro | Av. Corrientes 561 | 4328-3877 / 0791 |
6530 | Morón | Bartolomé Mitre 1666 | 4489 – 4878 / 4628 – 1203 |
2852 | Olivos | Av. del Libertador 2361 | 4794-8626 / 8627 / 8606 |
6998 | Once | Av. Rivadavia 3319 | 4862-5710 / 4863-3408 |
7056 | Palermo | Godoy Cruz y Demaria | 4771-1386 |
7340 | Parque Alte. Brown | Av. Cnel. Roca y Av. Escalada | 4605-5064 |
7170 | Pilar | Estanislao López entre Av. Tratado de Pilar y Uruguay | 0230-4428870/0230-4422119 |
2861 | Quilmes | H. Yrigoyen 279 | 4253-0999 / 2485 |
2879 | Ramos Mejía | Av. Rivadavia 14.730 | 4656-3485 / 3486 |
8753 | San Antonio de Padua | Av. Rivadavia 23.604 | 0220-4838581 |
8427 | San Justo | Comisionado Indart 2835 | 4482-0448 / 2092-4550 |
8443 | San Martín | Ruta 8 y Roca | 4739-5221 / 5228 |
8486 | San Miguel | Sarmiento 1374 | 4664 – 7609 |
1163 | Sede Central- Socio PB | Av. del Libertador 1850 P.B. | 4808 – 4000 |
1911 | Sede Central – Aseguramientos | Avda. del Libertador 1850 4to. Hemicilio | 011-4808 – 4370 |
8923 | Tigre | Av. Cazón 962 | 4749-6125 / 4731-1055 |
9342 | Velez Sarsfield | Av. Velez Sarsfield 850 | 4301-6650/4086 |
9458 | Villa Devoto | Av. Francisco Beiró 3561 | 4501 – 9668 |
Interior del país
CR | DEPENDENCIA | DOMICILIO | TELEFONO |
---|---|---|---|
9334 | 25 de Mayo | Calle 27 Nº 304 | 46-2603 |
2518 | Arrecifes | Ruta Nac. 8 Km. 171 | 02478-455200 / 02478-450997 |
2691 | Azul | Moreno 585 | 42-5284 |
2917 | Bahía Blanca | Chiclana 301 | 455-0076 / 7 |
3018 | Bdo. de Irigoyen | Ruta. Nac 14 KM 1435 | 03741-420028 |
3026 | Bolívar | Av. Lavalle 301 | 42-0268 |
3841 | Campana | Castelli 443 | 03489-422749 / 03489-423766 Horario: 13:45 hs. a 17:00 hs. |
3301 | Carmen de Areco | Ruta Nac. 7 Km 139 | 02273-442200 |
3352 | Catamarca | Av. República 102 | 42-4513 |
3409 | Chascomús | Ruta Nac. 2 KM 122 | 02241-422400 / 02241-426142 |
3492 | Chos Malal | 25 de Mayo 614 | 02948-42-1174 |
3531 | Cipolletti | Ruta 22 y Toschi | 478 – 1829 |
3611 | Colonia 25 de Mayo – La Pampa | Ruta Nac. 151 | 0299-4948064 |
3654 | Comodoro Rivadavia | Alvear y Dorrego | 446 – 0876 / 447 – 2978 |
3662 | Concepción del Uruguay | Galarza 1780 | 44-0807 |
3689 | Concordia | Corrientes 104 | 421-3478 |
3727 | Córdoba | Av. Gral. Paz 499 | 421 – 4713 / 2020 |
3751 | Corrientes | 25 de Mayo y Mendoza | 427 – 423 |
3760 | Curuzú Cuatiá | Berón de Astrada 1399 | (03774) 422771 |
4251 | Dolores | Ruta Prov. Nº2 Km. 210 | 44-7360 |
4502 | El Bolsón | San Martín y Belgrano | 493 – 234 |
4537 | El dorado | Av. San Martín 1905 | 422-284 |
4570 | Esquel | 25 de Mayo y Ameghino | 45-2382 |
5045 | Formosa | Gdor. Gudnisky 3025 | 451 – 810 / 128 |
5355 | General Pico | Calle 19 N° 1104 Esq. 22 | 42-3863 |
5371 | Gral. Roca | H. Yrigoyen 1073 | 429 – 398 |
5347 | Gualeguaychu | Urquiza y Chacabuco | 03446-426088 |
5746 | Junín | Saavedra 51 | 433 – 559 |
5878 | La Falda | Av. España 31 | 42-3156 / 2674 |
5916 | La Plata US | Av. 51 Esquina 9 | 423 – 2569 / 70 / 71 |
3379 | La Plata CS | Diagonal 79 E/4y5 | 0221-4232689 / 0221-4219595 |
5959 | La Rioja | Diaz Vélez Esq. Copiapó | 42-5381 / 43- 9391 |
6050 | Lincoln | Av. Massey 778 | 42-2163 |
6131 | Luján | Lavalle 128 | 427 – 131 |
6386 | Mar del Plata – Colón | Av. Colón 2.450 | 491 – 2096 / 97 / 98 / 99 |
6491 | Mendoza | Av. San Martín 985 | 420 – 2900 / 3931 |
6483 | Mendoza Cs | Bandera de los Andes y Gdor. Videla | 0261-4314100 / 0261-4313510 |
6505 | Mercedes | Av. 29 Nº333 | 420 – 525 |
6513 | Miramar | Fortunato de la Plaza 1733 | 42-0682 |
6777 | Necochea | Av. 59 Nº2073 | 42-3792 |
6785 | Neuquen | 25 de Mayo y Rivadavia | 442 – 4860 |
6823 | Nueve de Julio | Ruta Nac. 5 KM. 265 | 02317-430574 / 02317-424640 |
6955 | Oberá | Av. Sarmiento 1350 | 03755-421205 / 03755-422232 |
6963 | Olavarría | Av. del Valle y Pellegrini | 45-1541 |
7081 | Paraná | Buenos Aires 333 1° Piso | 431 – 7627 / 431 – 1319 |
7102 | Paso de los Libres | Av. San Martín S/N – Pte.Internacional | 03772-424334 / 03772-424333 |
7358 | Pergamino | Doctor Alem 775 | 02477-433500 |
7382 | Pinamar | Av. Júpiter entre Constitución y Jason | 02254-407684/5 |
7196 | Posadas | Córdoba y Colón | 436 – 955 / 436 – 940 |
7323 | Puerto Madryn | Belgrano 13 Local 2 | 456 – 684 |
7285 | Punta Alta | Colón y Rosales | 4217-85 |
7668 | Rafaela | Av. Santa Fe 705 | 43-7173 |
7692 | Reconquista | Hipólito Yrigoyen 701 | 03482-421315 |
7820 | Resistencia | 9 de Julio e Italia | 03722-431184 / 03722-434857 |
7838 | Río Cuarto | España 280 | 4645-1116 |
7846 | Río Gallegos | Gob. Lista y San Martín | 427 – 010 / 0477 |
7803 | Río Grande | Av. Belgrano 319 | 430 – 820 |
7871 | Roque Saenz Peña | Rivadavia y 25 de Mayo | 03732-427795 |
7889 | Rosario | Bvar. Oroño 1302 | 440 – 1278 / 79 |
8265 | Salta | Gral. Mitre 620 1° | 431 – 0229 / 0551 |
8338 | San Carlos de Bariloche | Av. 12 de Octubre 785 | 423 – 000 / 422 – 611 |
8362 | San Clemente del Tuyú | Calle 18 y 19 | 421079 / 495 |
8770 | San Francisco | Rosario de Santa Fe 99 | 42-9392 / 42-1870 |
8401 | San Juan CS | Rawson y 9 de Julio | 421-4205 |
8435 | San Luis | Av. Presidente Illia 401 | 42-3188 |
8460 | San Martín de los Andes | Av. Koessler 2175 | 427 – 332 |
8494 | San Miguel de Tucumán | C. Álvarez 901 | 430 – 384 / 431-369 |
8524 | San Nicolás | Chacabuco 70 | 421 – 760 |
8532 | San Rafael | H. Yrigoyen 515 | 42-4286/4288 |
8541 | San Salvador de Jujuy | Av. Senador Pérez y Alvear | 422 – 3865 |
8567 | Santa Fe | Rivadavia y Suipacha | 455 – 5242 / 3768 |
8591 | Santa Rosa | Av. San Martín 102 | 434 – 967 |
8621 | Santiago del Estero | Belgrano Sud 315 | 421 – 8899 / 2270 |
8877 | Tandil | Gral. Rodríguez 399 | 42-2200 |
8907 | Tartagal | Ruta Nac. 34 Y República | 03873-421939 / 03873-424538 / 03873-425094 |
8991 | Trelew | Fontana y San Martín | 435 – 197 |
9016 | Tres Arroyos | Colón y Lavalle | 02983-424349 / 02983-427049 |
4278 | Ushuaia | Malvinas Argentinas y Onáchaga | 421 – 121 / 433 – 445 |
9318 | Valle Fértil | Tucumán y General Acha | (02646) 420124 |
9351 | Venado Tuerto | Belgrano y 25 de Mayo | 432 – 525 / 423 – 467 |
9385 | Viedma | Ruta Nac. 3 Km 962 | 422 – 441 |
9415 | Villa Carlos Paz | Av. San Martín 2280 | 42-3349 |
9440 | Villa del Dique | Ruta Nacional 5 km. 118 | (03546) 497827 |
9466 | Villa Gesell | Av. 3 Nº 1209 | 462 – 097 |
9482 | Villa La Angostura | Ruta Nac. 231 Ruta Nac. 231 y Av. Arrayanes | 494 – 168 |
9504 | Villa María | Av. Sarmiento 1455 | 453 – 3365 |
9512 | Villa Mercedes | 25 de Mayo y Landaburo | 02657-435050 / 02657-423012 |
9539 | Villa Ojo de Agua | Ruta Nacional 9 km. 929 | 03856-421023 / 03856-421281 |
9954 | Zapala | Ruta Nac. 22 KM. 1399 | 02942-421226 |
9962 | Zárate | Ruta 12 y 193 | 421 – 507 |
(1) Excepto categoría Adherente.
(2) Descuento sobre tarifa básica no acumulativo con ningún otro que pudiera estar vigente en forma simultánea.
El socio debe presentar el carnet con la cuota social al día.
La titularidad del vehículo debe encontrarse a nombre del socio.
Para obtener el descuento del 20%, la VTV a renovar debe encontrarse vigente.
Para mantener la fecha de la renovación de la VTV es necesario concurrir a realizar la verificación 30 días corridos anteriores o 30 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento otorgada oportunamente.
Beneficiarios
Son considerados “beneficiarios” del servicio los asociados del Automóvil Club Argentino (correspondientes a las categorías activos, plenarios, credenciales familiares, vitalicios, honorarios y adherentes) y su grupo familiar directo (entendiéndose por éste al cónyuge e hijos solteros hasta los 21 años de edad inclusive).
Alcance geográfico
Este descuento rige en el ámbito de Capital Federal, Gran Buenos Aires y Ciudad de La Plata, exclusivamente en las farmacias adheridas bajo este convenio y cuya nómina figura en el listado correspondiente.
Productos comprendidos y forma de uso
Las farmacias prestadoras brindarán todos aquellos productos medicinales de prestación ambulatoria, de Venta Bajo Receta, con un 35% de descuento, conforme al Vademécum del programa existente en cada una, tomando como base el valor consignado como Precio de Venta Sugerido al Público, que da a conocer la agenda farmacéutica Kairos.
Las entidades farmaceúticas atenderán a los socios en el horario habitual de atención al público (incluyendo sábados, domingos, feriados, horarios nocturnos, conforme al régimen de turnos establecido que le corresponda).
Requisitos
Deberán acreditar su condición de socio o familiar de la siguiente manera:
Forma de pago
El beneficio del 35% de descuento que reciben los socios no es acumulativo a cualquier otro que puedan obtener por disponer de obras sociales, prepagas, etc.
La facturación será abonada por el beneficiario directamente al establecimiento que le brinde el servicio, bajo las modalidades de pago o sistemas que éste disponga(efectivo, tarjeta de crédito o débito, etc.)
Información y consultas
Para cualquier información ampliatoria o consulta que desees efectuar, nuestras vías de comunicación son las siguientes: telefónicamente a través de la línea 0800-888-9888,o bien mediante nuestra página web: www.aca.org.ar.
El presente detalle describe el alcance y características del Plan de Cobertura de Salud para los Socios del Automóvil Club Argentino (ACA)
El mismo se lleva adelante mediante acuerdos de adhesión que el ACA realiza con instituciones médicas, ópticas y farmacias en todo el país, obteniendo a favor de los socios y su núcleo familiar directo importantes descuentos en los aranceles, de acuerdo a cada convenio suscripto.
Este beneficio se brinda sin el pago de cuota adicional y con el mismo carné que lo identifica como socio de nuestra Institución.
Este sistema no es una prepaga: sólo cuenta con establecimientos adheridos.
Las distintas prestaciones se brindan a través de los establecimientos adheridos quienes otorgan aranceles preferenciales.
Cada servicio se abona solamente cuando se utiliza y en la misma institución adherida. No necesita autorización alguna por parte del ACA. No tiene límite de edad para el socio y su cónyuge.
Serán considerados “beneficiarios” del servicio los asociados del Automóvil Club Argentino (correspondientes a las categorías activos, plenarios, credenciales familiares, vitalicios, honorarios y adherentes, con el estado de sus cuotas sociales al día) y su grupo familiar directo (entendiéndose por éste al cónyuge e hijos solteros hasta los 21 años de edad inclusive).
El socio o integrante del núcleo familiar directo que desee utilizar el Plan debe comunicarse con alguno de los centros adheridos que figuran en Cartilla, ya sea en forma telefónica o personalmente, solicitándole al mismo los aranceles preferenciales dispuestos para los socios del ACA.
En caso de que el asociado se encuentre de acuerdo con el importe informado, debe establecer la fecha y hora de la cita, y abonar al momento de concurrir directamente a la institución.
Deberán acreditar su condición de SOCIO o FAMILIAR de la siguiente manera:
Los aranceles a ser abonados son preferenciales, conforme al convenio suscripto con cada centro asistencial requerido.
Los aranceles serán abonados por el BENEFICIARIO directamente al establecimiento que le brinde el servicio, bajo las modalidades o sistemas que éste disponga (efectivo, tarjeta de crédito o débito, etc.).
Deberá efectuarse un depósito previo, de acuerdo con las disposiciones vigentes en cada centro de atención. Las instituciones con las cuales se firmaron los convenios brindarán sus prestaciones a través de su plantel o equipos profesionales, no pudiendo ejercer el asociado y/o los demás beneficiarios del presente Plan de Salud el derecho de preferencia entre los integrantes del equipo, por cuanto si así lo hiciere personalizará su atención, siendo factible que el profesional escogido pueda solicitar un honorario-arancel diferencial.
En caso de asistirse con su médico particular, los exámenes complementarios de diagnóstico prescriptos por él (análisis clínicos de laboratorio, radiología, ecografía, etc.) podrán realizarse en cualquiera de los Centros que figuran en esta cartilla, en las mismas condiciones arancelarias, sin requerir autorización al ACA.
Para cualquier información ampliatoria o consulta que desees efectuar, nuestras vías de comunicación son las siguientes: telefónicamente a través de la línea 0800-888-9888, o bien mediante nuestro correo electrónico a la siguiente dirección:
plandecoberturadesalud@aca.org.ar
1- Sacá turno desde la Oficina Virtual, en nuestras oficinas o en el Centro de Atención Telefónica: 0800-888-9888 WhatsApp +54 911 5000-0000.
2- Presentate en la oficina elegida el día del turno. Aquí podrás abonar el trámite con tarjeta de débito, de crédito o Mercado Pago.
3- Guardá la constancia de solicitud de trámite y hacé el seguimiento online con tu ID desde aquí.
4- Cuando el correo vaya a tu domicilio, lo podés recibir vos o alguien mayor de 18 años con la constancia de solicitud de trámite.
Cuando se comprobaran diferencias con respecto a los datos que se acompañaron al momento de la toma del trámite, o errores visibles en la confección o impresión, se inutilizará el documento defectuoso y se confeccionará uno nuevo SIN CARGO, siempre que la circunstancia se denuncie dentro de los NOVENTA (90) días corridos de haber sido entregado dicho documento y siempre que éste no hubiere sido utilizado para viajar. En caso contrario se efectuarán las rectificaciones con cargo al solicitante.
El pasaporte será entregado a un mayor de 18 años directamente en el domicilio declarado por el ciudadano, por medio de pieza postal certificada, contra la presentación del comprobante de inicio del trámite. El servicio de correo visitará el domicilio en dos oportunidades. En caso de no poder efectuarse la entrega correspondiente, el pasaporte será remitido a la oficina en la cual se generó el trámite.
10 años desde la fecha de emisión a mayores de 18 años.
5 años desde la fecha de emisión a menores de 18 años.
Por consultas sobre el estado del trámite Pasaporte:
Escribir a consultas@renaper.gob.ar
Escribir por redes sociales: Facebook , Twitter e Instagram
WhatsApp: +549 11 51261789
TRÁMITES QUE PUEDEN REALIZARSE EN LAS OFICINAS HABILITADAS
TRÁMITES QUE NO PUEDEN REALIZARSE EN LAS OFICINAS HABILITADAS
Solicitud de nuevo ejemplar DNI por cambio de domicilio, extravío, hurto, deterioro o por canje de Libreta Cívica, Libreta de Enrolamiento o DNI verde.
Actualización de 14 Años
Este trámite se debe efectuar a partir de cumplir el ciudadano los 14 años de edad. El interesado podrá concurrir por sí solo (sin necesidad de estar acompañado de sus padres) En esta oportunidad, además de emitirse un nuevo DNI, se procede a dar el alta electoral al interesado, a los efectos de que oportunamente pueda emitir su voto.
Requisitos:
DNI en tu celular
Es la versión virtual del DNI, su tramitación es optativa y no reemplaza sino que complementa al DNI tarjeta.
Únicamente servirá para acreditar identidad mostrando el DNI en tu celular desde la aplicación Mi Argentina.
Deberá activar la app Mi Argentina y el DNI en tu celular en el teléfono inteligente de uso diario.
Al ser un elemento de identificación personal no se puede instalar en más de un dispositivo.
Requisitos:
Pasos para su obtención:
Revocación Credencial virtual DNI en tu celular
En caso de hurto o cambio de equipo, deberá solicitar la revocación de la credencial del DNI en tu celular y gestionar una nueva credencial virtual. Si desea una credencial virtual igual a la anterior sin haber modificado sus datos y sin necesidad de emitir un nuevo DNI tarjeta, escribir a consultas@renaper.gob.ar . Caso contrario, en forma presencial deberá tramitar un nuevo ejemplar DNI tarjeta, abonando el importe correspondiente y adicionalmente solicitar la credencial virtual DNI en tu celular.
Para todos los trámites, el menor deberá concurrir acompañado por padre, madre o tutor legal, todos con su Documento Nacional de Identidad. Si el concurrente es tutor legal, éste deberá acreditar la tutela con la correspondiente constancia judicial original.
Actualización de 5/8 Años
Requisitos:
Solicitud de nuevo ejemplar DNI por cambio de domicilio, extravío, hurto o deterioro
El DNI será entregado a un mayor de 18 años directamente en el domicilio declarado por el ciudadano, por medio de pieza postal certificada, contra la presentación del comprobante de inicio del trámite. El servicio de correo visitará el domicilio en dos oportunidades. En caso de no poder efectuarse la entrega correspondiente, el DNI será remitido a la oficina en la cual se generó el trámite.
Con el número del trámite (IDtrámite que se encuentra en la constancia) es posible hacer el seguimiento en línea desde aquí.
Por consultas sobre el estado del trámite DNI:
Escribir a consultas@renaper.gob.ar
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Para socios domiciliados a más de 100 km de la ciudad donde se encuentra el estacionamiento y con más de un año de antigüedad, por un máximo de 5 días mensuales no acumulables. Las reservas se podrán realizar con un máximo de 60 días corridos y hasta con 72 horas hábiles de anticipación. Servicio sujeto a disponibilidad. El acceso del vehículo se otorgará sólo en presencia del socio titular.
Horario de atención telefónica para reservas: Lunes a Viernes de 10 a 17 hs.
Para conocimiento de los señores asociados se hace saber que la Inspección General de Justicia aprobó con fecha 16/03/04 las modificaciones introducidas por la Comisión Directiva a diversos artículos del Reglamento de Auxilio Mecánico, cuyo texto íntegro a continuación se transcribe:
“El AUTOMÓVIL CLUB ARGENTINO prestará a todos sus asociados excepto los que revistan en la categoría de adherentes, un servicio de auxilio mecánico para sus automotores, patentados para uso particular, de acuerdo a las siguientes disposiciones :
Artículo 1°: Prestaciones sin cargo. El servicio de auxilio mecánico, se realizará, sin cargo, a automotores de hasta 2.000 kg. y 5.20 metros de largo, motos y ciclomotores, dentro de las siguientes condiciones: # En Capital Federal y GBA, la zona comprendida por la ciudad de Buenos Aires y alrededores. Desde Zárate (incluye casco urbano) en dirección sudeste por Ruta Nacional 9 hasta la Ruta Nacional N° 6 en Campana. Por dicha ruta en sentido Sudoeste (incluyendo la ciudad de Luján) y siguiendo en dirección Sur (incluyendo Marcos Paz, Cañuelas y su respectivo casco urbano y San Vicente) hasta su intersección con la Ruta Provincial 215, continuando por ésta (incluyendo el cruce Etcheverry) y finalizando con el contorno Sur del Gran La Plata (incluyendo la ciudad de La Plata. # En el interior del país, dentro de un radio de 15 km. contados desde las sedes de las filiales del ACA, entendiéndose como tales las ubicadas en las ciudades, donde los socios están incluidos en la Categoría Plenario, o de las zonas céntricas de las ciudades que, aunque los socios no estén incluidos en la Categoría Plenario, se determine que cuentan con zonas gratuitas. Los servicios fuera de la zona gratuita, para los automóviles registrados con anterioridad al 1° de julio de 2003 por los socios que pertenezcan a la categoría plenario con vehículo registrado, también serán sin cargo. De idéntico beneficio gozarán todos aquellos socios asegurados a través de la Institución en cualquiera de las pólizas y opciones, excepto aquellas de Responsabilidad Civil, individualizadas a la fecha del presente: como “Póliza 1 opciones 3 y 5” , o las que en el futuro las reemplazaren. Este beneficio no alcanza a los automóviles registrados a partir del 1° de julio de 2003, por quienes revistan en la Categoría Plenario Joven. Este beneficio no estará vigente para motos o ciclomotores. Los socios tendrán derecho a un total de hasta 12 servicios de auxilio mecánico sin cargo, por períodos de 12 meses a contar desde el primero de enero de cada año. Se establece que para conformar este total sólo se tendrá en cuenta los servicios realizados y no anulados, como así también los no efectuados por razones atribuibles al usuario.-
Artículo 2° – Prestaciones con cargo. El servicio de auxilio mecánico será con cargo cuando se verifiquen alguna de las siguientes condiciones: # El servicio requerido desde o hacia distancias que excedan los radios determinados en el art. 1°, estará sujeto al pago de las tarifas que se establezcan en cada caso más los peajes correspondientes. El kilometraje se computará calculando la diferencia recorrida en el viaje del equipo de ida y retorno fuera de los límites determinados por el artículo mencionado, se remarca, que siempre se descontará una sola zona gratuita, la que será la más beneficiosa para el asociado. # En el interior del país, en aquellos lugares donde el ACA decida brindar servicio y no fueran puntos de prestación de acuerdo a las zonas gratuitas definidas en el artículo 1°, se podrá establecer un costo fijo para los servicios realizados dentro de un radio de hasta 4 km. tomando como inicio el lugar en donde esté ubicada la base de auxilio. # El remolque o puesta en marcha de vehículos sin patentar (cualquiera fuera la circunstancia origen de esta situación) o que sean de colección, será con cargo y el asociado deberá abonar la tarifa que correspondiere. En esta misma situación estarán los vehículos que sean transportados, para su desguace a las plantas de destrucción correspondientes o a los depósitos de compañías de seguros para su disposición final por destrucción total. En los casos de traslados de vehículos de colección, el titular deberá firmar previo al servicio, la libre responsabilidad para el mecánico actuante y para el ACA. # A partir del servicio N° 13 a cada asociado, los servicios serán tarifados de acuerdo a los valores que rijan al momento de efectuarse el mismo.
Artículo 3° – Características. El servicio comprenderá operaciones de acondicionamiento provisorio de mecánica de emergencia, por lo que sólo se prestará cuando un automotor no pueda moverse por sus propios medios y con el único objeto de ponerlo en condiciones de funcionamiento. El socio deberá facilitar al operario actuante la revisión del vehículo para que determine posible falla, salvo que el mismo se encuentre en garantía y el asociado pueda demostrar esta condición. De no lograrse la puesta en marcha del automotor, se lo remolcará hasta un taller mecánico que pueda reparar el vehículo, o hasta su domicilio. Para el caso que la falla se deba a falta de combustible y/o problemas de gomería, el destino máximo del remolque será hasta el local o estación de servicio habilitada que le pueda solucionar el inconveniente. A las motocicletas y ciclomotores, se les brindará exclusivamente el servicio de traslado. Ni el asociado ni otra persona podrán viajar en el interior del coche mientras el vehículo sea remolcado o transportado.
Artículo 4° – Plenario con vehículo registrado. Para los socios que revistan en esta categoría, se establece que el remolque de un automotor se realizará sólo hasta un taller mecánico que pueda solucionar el problema y en el caso que la avería lo justifique por su gravedad y/o complejidad podrá extenderse hasta su domicilio, o hasta el lugar de destino inicial, siempre que la distancia a recorrer en este caso, no sea mayor que la existente hasta el domicilio. En caso que se produzca algún cambio en el número de patente del vehículo registrado, los asociados deberán informarlo al ACA para efectivizar los ajustes de bajas y altas pertinentes.- Se establece que estas modificaciones serán permitidas hasta 2 veces por año calendario, por socio. Las situaciones que excedan estos valores serán tratadas como casos excepcionales.
Artículo 5° – Traslados mayores a 200 kilómetros. Para el caso que el traslado sea a una distancia mayor a 200 km., el ACA se reserva el derecho de utilizar el medio que considere más adecuado para realizar el mismo y el inicio de este servicio podrá efectuarse dentro de un plazo de 72 horas, excepto lo establecido en el artículo 17°.-
Artículo 6° – Pago de repuestos. El pago de cualquier tarifa y/o la realización de un servicio sin cargo por disposición de este reglamento, no exime a los socios de la obligación de abonar los materiales y repuestos que hubiesen requerido las reparaciones efectuadas en sus automóviles, así como los costos por los peajes utilizados.
Artículo 7° – Servicios fuera del país. La prestación del auxilio mecánico será realizada por el ACA en el territorio de la República Argentina, mientras que en el resto del mundo, los socios gozarán del servicio del Automóvil Club de cada país u organización similar, con los cuales existan convenios de reciprocidad.
Artículo 8° – Condición de Socio. Los socios tendrán derecho a la prestación gratuita de los servicios mencionados anteriormente, únicamente contra la presentación de su credencial social personal que deberá contar con las cuotas sociales al día.Cuando el solicitante no pudiera demostrar la existencia de sus cuotas al día, para poder disponer del servicio, deberá abonar las que estuvieran adeudadas, según el vencimiento que registre el sistema de acreditación de pagos vigente en el ACA. Si con posterioridad se advirtiera que estaban canceladas, el monto ingresado será tomado como pago a cuenta de futuras cuotas sociales o reintegrado.
Artículo 9° – Solicitud del Servicio. La prestación del servicio mencionado en los artículos anteriores será requerida a las centrales de auxilio mecánico del ACA, de acuerdo al listado de teléfonos respectivo, suministrando los siguientes datos: a) Nombre y Apellido del asociado, categoría y nro. de socio. b) Número de patente del vehículo identificado. c) Marca del auto, color y año de fabricación. d) Lugar exacto donde se encuentra el automóvil. e) Tipo de falla que registra el vehículo. f) Destino estimado de ser necesario un remolque. g) Cualquier otro dato personal del socio.
Artículo 10° – Tercera persona. Para el caso que el socio no pudiere esperar el auxilio y quedara una tercera persona en el coche, ésta deberá presentar el carnet del socio y la documentación del vehículo, cuyos datos deberán coincidir entre sí para poder brindarle el servicio u otros datos a satisfacción del ACA que permitan identificar la relación del socio con el receptor del servicio.
Artículo 11° – Traslado sin presencia del asociado. Cuando el asociado solicite que su vehículo sea trasladado sin su presencia, dentro de las zonas indicadas en el art. 1°, suministrando el destino final del servicio y siempre que éste no supere los límites de dichas zonas gratuitas, deberán tomarse alguno de los siguientes recaudos: /firma del socio en la boleta de auxilio y/o autorización en la misma al ACA o a quien éste designe para su realización. /detallar lo más amplio posible las condiciones en que se encuentra el vehículo en el formulario respectivo. /en el destino debe requerirse la conformidad y firma de quien recibe la unidad, inclusive se asentará el número de documento de dicha persona.
En caso de talleres, además de lo ya indicado, sello del mismo. Se establece que fuera de las zonas gratuitas este beneficio será tratado como caso excepcional y sobre la base de los antecedentes se dará curso o no a dicha solicitud.
Artículo 12° – Socios Corporativos. Para los socios que revisten en esta categoría, el conductor del automóvil registrado será considerado como el socio a los efectos del servicio.-
Artículo 13° – Servicios Cancelados. Cuando el asociado que hubiere solicitado el auxilio, consiguiese solucionar por otros medios el inconveniente, deberá comunicar por el medio más rápido y práctico el hecho, a la central donde efectuó el pedido, a los efectos de poder anular dicha solicitud, caso contrario, el servicio se considerará como efectivamente realizado, al solo efecto del cómputo en los totales indicados en el art. 1°.
Artículo 14° – Conformidad del Servicio. El asociado o en su caso la persona que acompañe el vehículo auxiliado firmará en todos los casos la boleta correspondiente al auxilio prestado, expresando su conformidad u objeciones.-
Artículo 15° – Por características del vehículo. Quedan excluidos de esta cobertura: – Los vehículos con leyendas comerciales que tengan un sentido promocional, publicitario y/o comercial, salvo que revistan en la categoría de socios corporativos. – Los vehículos de alquiler, con conductor. – Los de transporte de pasajeros cualquiera fuere su forma. – Los afectados a transporte de mercaderías. – Las pickups que presenten cerramientos o modificaciones a la línea original que se asienta sobre la cabina y que excedan los 40 cm. sobre la línea de la misma. – Equipos con caja térmica y/o equipos de refrigeración. – Las pickups con rodados duales. – El remolque de todo tipo de casas rodantes y/o trailer, los modelos autoportantes les corresponde solamente el cambio de gomas (siempre que el móvil de auxilio cuente con las herramientas necesarias para levantar el vehículo averiado) y/o la puesta en marcha, siempre que cumplan con las definiciones de este reglamento. – A los vehículos que superen los 2.10 metros de altura sólo se les brindará el servicio de puesta en marcha y de asistencia de gomería.
Artículo 16° – Otras exclusiones. El servicio de auxilio no se prestará: – Cuando el conductor se encuentre bajo el efecto de las drogas o el alcohol, u otros síntomas visibles que indique “emoción violenta”. – Cuando la inmovilización se deba a consecuencias de la participación en competencias deportivas. – Cuando se esté en presencia de muertes o lesiones sin que medie solicitud previa de autoridad competente. – Cuando el coche esté cerrado con llave y el socio no tenga la misma, la apertura se llevará a cabo siempre y exclusivamente al SOCIO y cuando éste se identifique satisfactoriamente con la credencial del ACA y documento de identidad personal. Para el caso que los documentos se encontraran dentro del coche la apertura se realizará con presencia policial únicamente.
Artículo 17° – Fuerza Mayor. El servicio de auxilio no se prestará cuando por razones fortuitas o de fuerza mayor, no se pueda llegar al lugar de la rotura o accidente. Las razones comprendidas serán huelgas, actos de sabotaje, guerras, manifestaciones, meteorológicas, catástrofes, dificultades en los medios de comunicación o en las vías de acceso al lugar de la asistencia. El servicio se llevará a cabo dentro del menor plazo posible después de haberse solucionado los problemas presentados.
Artículo 18° – Responsabilidad. El ACA no se hace responsable, en ningún caso, de los accidentes de cualquier naturaleza que pudieran ocurrir durante la reparación o traslado de los automotores, ni por los deterioros ocasionados a los neumáticos de los coches, ya fuere prestado el servicio por los equipos del Club o por las concesionarias autorizadas, salvo negligencia manifiesta y debidamente comprobada por personal técnico del ACA.
Artículo 19° – Modificación de zonas. La Comisión Directiva estará facultada para modificar cualquiera de las zonas y condiciones establecidas en los artículos 1° y 2°.
Artículo 20° – Fijación de tarifas. La Comisión Directiva fijará y podrá modificar, los valores de las tarifas mencionadas en el artículo 2°.
Artículo 21° – Modificación de exclusiones. La Comisión Directiva estará facultada para modificar las exclusiones de la cobertura del servicio detalladas en el Título III, como así también sus condiciones, a fin de adecuar la prestación del servicio a toda la gama de vehículos susceptibles de recibirlo”.