Al quedar incorporado al sistema, el socio del ACA, los demás beneficiarios, el ACA y Europ Assistance Argentina S.A, aceptan las presentes condiciones generales en todos sus términos.
1. Definición de Términos
PRESTADOR
El prestador de los servicios definidos en las presentes Condiciones Generales es Europ Assistance, con domicilio en Carlos Pellegrini 1163 Piso 9°, CP (1009) Buenos Aires.
BENEFICIARIOS DEL SERVICIO
Serán considerados beneficiarios del servicio los ocupantes del vehículo accidentado o averiado donde viaje un socio del Automóvil Club Argentino, perteneciente a la categoría Vitalicio, Plenario, Activo o Credencial Familiar, ya sea en calidad de conductor u ocupante, con el estado de sus cuotas sociales al día. Asimismo, serán considerados beneficiarios adicionales de la prestación a otorgar, los demás individuos que se encuentren en el vehículo accidentado o averiado al momento de solicitarla, ya sea en carácter de conductor o meros ocupantes del mismo, hasta el máximo de plazas previsto por el fabricante.
En caso que el propietario del vehículo sea una persona jurídica, será considerado beneficiario a los efectos de la asistencia, el conductor y ocupantes del vehículo al momento de solicitarlahasta el máximo de plazas previsto por el fabricante.
IDENTIFICACIÓN COMO BENEFICIARIO
La identificación será necesaria al momento de ser solicitada la asistencia, y la misma estará dada en función del número de socio impreso en las credenciales del Automóvil Club Argentino. La identificación habrá de exhibirse con carácter previo a la prestación de la asistencia junto con el comprobante de cuota paga al día.
VEHÍCULOS COMPRENDIDOS
Deberá tratarse de vehículos particulares, con peso máximo de 3.500 kgs. (tres mil quinientos kilogramos). Quedan expresamente excluidos los vehículos utilitarios de transporte público de personas, de alquiler (con o sin chofer, ya sean taxis o remises) y de carga o mercaderías.
VIAJE
Se definirá como tal a la salida del beneficiario a más de 80 kms. de su domicilio particular registrado en los sistemas del ACA por el socio, con destino a otro sitio ubicado dentro del área de cobertura, como así también su posterior regreso a dicho domicilio.
A efectos de la definición del concepto de “Viaje” queda expresamente establecido que el servicio no alcanzará a potenciales beneficiarios que se encuentren ya en la localidad de destino mismo, al momento del evento.
AVERÍA
Es la falla o rotura de algún elemento mecánico y/o electrónico del rodado que impida su normal desplazamiento.
ACCIDENTE
Se define como tal al accidente de tránsito sufrido por el vehículo automotor, que le haya ocasionado daños mecánicos que impidan su normal desplazamiento y/o daños corporales a sus ocupantes; así como que los daños mecánicos y/o corporales resultantes se provocaron directamente por dicho accidente e independientemente de cualquier otra causa ajena al evento. Ante la existencia de daños corporales se deberá formalizar denuncia policial.
2. Validez Territorial
Los servicios se brindarán en la República Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay, a partir de los 80 kms. del lugar de domicilio particular registrado por el beneficiario titular.
3. Vigencia del Servicio
Vigente el servicio, los asociados del Automóvil Club Argentino recibirán la prestación durante todo el período de tiempo en el cual permanezcan en la condición de socio.
La condición de asociado se considerará a partir de las 00.00 hs. (cero horas) del día siguiente al de su ingreso como socio.
4. Solicitud de Asistencia
En caso de requerir asistencia, el beneficiario, o quien lo haga en su nombre, deberá en forma obligatoria llamar por teléfono a la Central Operativa de Europ Assistance, mediante la utilización de los números telefónicos provistos, sin cargo para el asociado, cualquiera sea su ubicación.
En todos los casos se deberá suministrar la siguiente información:
– Nombre y apellido
– Número de socio
– Lugar en que se encuentra
– Motivo del llamado
– Denuncia policial para el caso de robo o hurto total del vehículo o accidente con lesiones
Los gastos de llamados telefónicos motivados por una solicitud de asistencia serán reintegrados previa presentación de los comprobantes correspondientes. No obstante, podrá optarse por la modalidad de cobro revertido, cuando ésta sea posible.
5. Características de los servicios a brindar
5.1 Hospedaje o estancia por inmovilización o robo del vehículo
En caso de robo del vehículo o bien a causa de una avería y/o accidente que no pueda repararse en el mismo día y los beneficiarios opten por esperar dicha reparación, Europ Assistance se hará cargo de los gastos de hotel para uno, algunos o todos los beneficiarios, durante el tiempo que demande la reparación y hasta los siguientes límites:
*En Argentina: $50.500.- (pesos cincuenta mil quinientos) por ocupante y por día, hasta $151.500.- (pesos ciento cincuenta y un mil quinientos) por ocupante, por toda la estancia.
* En Países limítrofes: U$S 100.– (dólares estadounidenses cien) por ocupante y por día, hasta U$S 300.– (dólares estadounidenses trescientos) por ocupante, por toda la estancia.
Dichos gastos de hotel comprenden sólo alojamiento y no incluyen desayunos, almuerzos, cenas ni extras de ninguna clase.
El Automóvil Club Argentino y/o Europ Assistance no se responsabilizan por la imposibilidad material de brindar el servicio precedentemente detallado por la inexistencia de hoteles en el lugar del evento generador de la asistencia, o por carecer los mismos de disponibilidad de alojamiento al momento de requerir la asistencia. En dichos casos, se le reintegrarán al beneficiario los gastos en que incurrió al procurarse hospedaje por cuenta propia, hasta los topes precedentemente indicados.
Los beneficiarios que opten por el servicio de alojamiento no podrán solicitar luego el servicio de Desplazamiento indicado en el punto 5.2.
5.2 Desplazamiento o traslado de beneficiarios por inmovilización del vehículo
Cuando a causa de una avería y/o accidente el vehículo deba quedar inmovilizado y no pueda repararse dentro de las 72 hs, o bien cuando el vehículo fuera robado, y el beneficiario opte por continuar su viaje, Europ Assistance se hará cargo del desplazamiento de uno, algunos o todos los beneficiarios, hasta el domicilio registrado por el socio, o en caso que el beneficiario optara por la continuación del viaje, Europ Assistance se hará cargo del desplazamiento hasta el lugar de destino de su viaje, siempre que la distancia a recorrer no sea mayor que la existente hasta el domicilio particular en la República Argentina registrado por el titular.
El medio de transporte será a elección de Europ Assistance (bus, tren, remis, avión). El límite para reintegros será el que corresponda a las tarifas vigentes, según distancia y medio de transporte designado. En caso de avión, será tarifa de “banda negativa” cuando la hubiere.
Asimismo, déjase constancia de la obligatoriedad por parte de Europ Assistance de utilización de remis a favor de los beneficiarios en los siguientes casos:
– Cuando no exista bus en la localidad donde ocurra el accidente, trasladando mediante remis a los beneficiarios a una terminal de transporte automotor, ferroviaria o aeropuerto, donde pueda disponerse la continuación del desplazamiento.
– Cuando no haya disponibilidad de plazas en tiempo razonable inmediato al momento del evento, o bien cuando el horario asignado para la partida en bus de los beneficiarios resulte excesivamente diferido en el tiempo con relación al momento de la avería, accidente o robo.
– Cuando el lugar donde ocurra la avería, accidente o robo, resulte inseguro y/o se manifieste vulnerable para la seguridad de los beneficiarios.
– Cuando entre los beneficiarios se encuentren menores impúberes, ancianos y/o personas discapacitadas, que requieran de especial atención en función de la naturaleza y circunstancias del evento.
5.3 Pasaje para recuperar el vehículo
En caso de tener que regresar para recuperar el vehículo una vez reparado o encontrado en condiciones de rodar después de robo, Europ Assistance se hará cargo de un pasaje para el titular o para la persona que éste designe, siendo el medio de transporte a elección de Europ Assistance.
Cuando la distancia entre el lugar donde se encuentre el vehículo y el domicilio del titular registrado en el ACA sea superior a 1.000 kms., se brindarán 2 (dos) pasajes.
5.4 Acompañamiento de menores y/o discapacitados
Cuando por motivo de un accidente automovilístico resulten desamparadas o en situación de desprotección personas menores y/o discapacitadas, Europ Assistance le asignará un acompañante y le brindará la asistencia necesaria hasta el regreso a su domicilio.
5.5 Depósito o custodia del vehículo reparado o recuperado
En caso que un vehículo reparado o recuperado deba quedar en depósito y/o custodia, se reintegrarán los gastos por su guarda hasta un límite máximo de $50.500.- (pesos cincuenta mil quinientos).
5.6 Localización y envío de piezas de repuesto
Se cubrirán los gastos de localización y envío de piezas de repuesto sólo cuando la pieza sea indispensable para la movilidad del vehículo y no estuviera disponible en el lugar de reparación del vehículo. En todos los casos deberá tratarse de repuestos legítimos. Europ Assistance asumirá los gastos de localización y envío de las partes, siendo el importe del repuesto por cuenta del beneficiario.
Se deja establecido que este servicio se brindará exclusivamente en el caso que la/s pieza/s de repuesto sean imprescindibles para la movilidad del vehículo designado, excluyéndose expresamente accesorios y otras piezas que no comprometan la movilidad del mismo, según las normas de tránsito vigentes.
También se deja expresado que este servicio será brindado exclusivamente cuando el vehículo en reparación se encuentre en viaje. Este servicio se brindará por Europ Assistance, no aceptándose reintegros por este concepto.
Límite para la prestación: hasta 5 kgs. de peso para el repuesto. Se excluirán parabrisas y partes de carrocería para la prestación de este servicio.
5.7 Servicio de cerrajería al vehículo
Se brindará este servicio siempre que el beneficiario no pueda ingresar al vehículo y cuando pueda verificarse que las correspondientes llaves se encuentren dentro del mismo; o bien, en caso de extravío o robo de las mismas, mediando la denuncia policial pertinente.
El límite para reintegro será de $ 34.200.- (pesos treinta y cuatro mil doscientos).
5.8 Servicio de conductor
En caso de impedimento absoluto de un beneficiario para conducir su vehículo a causa de enfermedad grave o aguda o accidente de tránsito, ambos repentinos, se enviará un conductor para retornar el vehículo al domicilio declarado y por el trayecto más directo, o al destino inicial indicado por el beneficiario.
El transporte del conductor será provisto por Europ Assistance y no se procederá a reintegro por este concepto.
El beneficiario podrá optar por designar un conductor residente en la República Argentina, en cuyo caso la prestación se reducirá a los gastos de traslado del mismo, excluyéndose por lo tanto gastos como ser peajes, mantenimiento y reparación del vehículo, combustible, gastos personales del titular y acompañantes (ej. alimentos), los cuales correrán por cuenta del beneficiario.
Cuando el beneficiario opte por designar a un conductor, esta designación y el traslado de dicho conductor hasta el lugar del evento, deberá ser previamente coordinado por el beneficiario con Europ Assistance.
5.9 Vehículo sustituto
En caso de hurto, robo o destrucción total por: explosión, accidente automovilístico, incendio o rayo, el beneficiario deberá comunicarlo según las condiciones generales a los efectos que Europ Assistance tome a su cargo la coordinación del alquiler de un vehículo sustituto que reemplace al siniestrado.
A su vez, el beneficiario también podrá optar excepcionalmente por hacer uso de dicha prestación por la modalidad de reintegro, previa comunicación y autorización expresa de la Central Operativa de Europ Assistance, para lo cual será condición presentar la factura y comprobante de pago del alquiler correspondiente.
Si el beneficiario alquilare un vehículo por un período superior al máximo de horas establecido por Europ Assistance, solamente se le reconocerá hasta el importe equivalente a esa cantidad máxima de horas de alquiler, y en ningún caso se abonará una suma superior al tope máximo en moneda.
La prestación se realizará mediante la entrega en el lugar del evento de un automóvil marca Fiat, modelo Palio, similar o de mayor categoría, 0 Km., o hasta con un año de antigüedad al momento del evento, en perfectas condiciones de uso con todos los elementos de seguridad exigibles por las disposiciones vigentes. La devolución deberá hacerse en el mismo lugar en que se recibió, debiendo el beneficiario sufragar a su costo la tasa de retorno si el vehículo se entrega en otro lugar diferente al de la recepción.
El límite máximo de prestación será de 48 horas con 120 kms. libres por día.
Para el caso del reintegro, el límite máximo será de $ 54.200.- (pesos cincuenta y cuatro mil doscientos) por día de prestación, incluyendo impuestos.
Esta prestación podrá ser activada siempre y cuando la misma sea solicitada dentro de los diez días posteriores a la fecha de denuncia efectuada ante las autoridades policiales competentes. El beneficiario deberá enviar a Europ Assistance copia de la denuncia con carácter previo a todo trámite.
El Automóvil Club Argentino y/o Europ Assistance no tendrán a su cargo responsabilidad alguna por los siguientes hechos:
– Que en el lugar del siniestro no existan comercios dedicados al alquiler de vehículos o que éstos se encuentren cerrados.
– Que los comercios de alquiler de vehículos carezcan de unidades disponibles al momento de la asistencia.
– Deberá excluirse de la cobertura los gastos de cualquier naturaleza que se deriven del contrato de alquiler del vehículo sustituto tales como gastos administrativos, operativos, por responsabilidad, franquicias, etc., los que estarán siempre a cargo del beneficiario.
5.10 Vehículo sustituto por accidente con víctimas
El servicio de vehículo sustituto estipulado en el punto 5.9 de las presentes Condiciones Generales se brindará también en caso de accidente automovilístico en el cual resulten heridos graves (con internación) o fallecidos uno o más beneficiarios, pero con un límite de prestación de 24 horas, 120 kms. libres y $ 54.200.- (pesos cincuenta y cuatro mil doscientos) para reintegro, incluyendo impuestos. A opción de los beneficiarios, se brindará como alternativa un servicio de remis con idéntico tope al fijado para el reintegro.
5.11 Gastos médicos por accidente en países limítrofes
En caso de accidente automovilístico ocurrido en países limítrofes, en el cual resulten heridos uno o más beneficiarios, Europ Assistance asumirá los gastos médicos derivados de la emergencia (incluyendo atención médica inicial, traslados, atención por especialistas, laboratorio, radiología, suministro de medicación de urgencia, internación, etc.) hasta un tope global de U$S 500 (dólares estadounidenses quinientos) independientemente de la cantidad de beneficiarios que hayan resultado heridos en el accidente y requieran dicha atención.
5.12 Traslado sanitario
En caso exclusivo de accidente automovilístico, se trasladará al beneficiario y acompañantes hasta el centro hospitalario más próximo al lugar de su ocurrencia que resulte adecuado según la naturaleza de las heridas.
Los traslados podrán ser realizados en aviones sanitarios, de línea, tren o ambulancia, según la gravedad del caso. Únicamente las exigencias de orden médico serán tomadas en consideración para decidir la elección del medio de transporte y el lugar de hospitalización. En todos los casos, el transporte deberá ser previamente autorizado por el Departamento Médico de Europ Assistance.
5.13 Traslado de un familiar
En caso que el beneficiario deba ser internado a raíz de un accidente automovilístico y se encuentre solo en el lugar de hospitalización, o en caso de un accidente automovilístico que derive en la muerte de uno o más beneficiarios, Europ Assistance proveerá traslado a un familiar hasta el lugar donde se encuentre el herido o los fallecidos.
5.14 Alojamiento de un familiar
En el caso previsto en el punto anterior, Europ Assistance tomará a su cargo los gastos de alojamiento del familiar, hasta los siguientes límites:
* En Argentina: $50.500.- (pesos cincuenta mil quinientos) por ocupante y por día, hasta $151.500.- (pesos ciento cincuenta y un mil quinientos) por ocupante, por toda la estancia.
Dichos gastos de hotel comprenden sólo alojamiento y no incluyen desayunos, almuerzos, cenas ni extras de ninguna clase.
El Automóvil Club Argentino y/o Europ Assistance no se responsabilizan por la imposibilidad material de brindar el servicio precedentemente detallado por la inexistencia de hoteles en el lugar del evento generador de la asistencia, o por carecer los mismos de disponibilidad de alojamiento al momento de requerir la asistencia. En dichos casos, se le reintegrarán al beneficiario los gastos en que incurrió su familiar al procurarse hospedaje por cuenta propia, hasta los topes precedentemente indicados.
5.15 Repatriación sanitaria
Se cubrirán los gastos derivados de la repatriación sanitaria sólo cuando éstos sean definidos como necesarios por el Departamento Médico de Europ Assistance y sean exclusiva consecuencia de un accidente automovilístico.
Esta repatriación deberá ser efectuada en avión de línea regular con acompañamiento médico o de enfermera, si correspondiese, sujeto a disponibilidad de plazas, hasta la República Argentina. Este traslado deberá ser autorizado por el médico que intervenga en el lugar de ocurrencia del accidente y por el Departamento Médico de Europ Assistance.
Este servicio se brindará sólo por prestación de Europ Assistance y no se abonarán reintegros por tal concepto.
5.16 Traslado de restos
En caso de fallecimiento de un beneficiario causado exclusivamente por un accidente automovilístico, Europ Assistance deberá organizar y cubrir los gastos de féretro de traslado, trámites administrativos y transporte de restos hasta el lugar de su inhumación en la República Argentina por el medio que se considere más conveniente.
Los trámites, gastos de féretro definitivo, funeral e inhumación, serán a cargo de los familiares del / de los beneficiarios.
IMPORTANTE:
Los gastos efectivamente cubiertos para las prestaciones “5.12 Traslado Sanitario”, “5.15 Repatriación sanitaria” y “5.16 Traslado de restos” son sólo los derivados del traslado exclusivamente, y no comprenden los gastos médicos derivados del accidente (como por ejemplo, intervenciones quirúrgicas, atención por especialistas, terapia intensiva, etc.).
Independientemente de lo descripto como distancia en la definición de la palabra “VIAJE” en las presentes Condiciones Generales, exclusivamente los servicios de “5.12 Traslado Sanitario” y “5.16 Traslado de Restos” se brindarán cuando ocurran en viaje con el automóvil, sin necesidad de superar kilometraje de distancia alguno.
5.17 Regreso del beneficiario por fallecimiento de un familiar
Cuando un beneficiario deba interrumpir su viaje por fallecimiento de su cónyuge o de un familiar directo (primer grado) y no pueda regresar en el vehículo, se le abonarán los gastos de transporte, siendo el medio de transporte a elección de Europ Assistance.
5.18 Regreso del asociado por siniestro grave en su domicilio
En caso de siniestro grave (incendio, explosión, robo con daños, etc.) en el domicilio del asociado cuando éste se encuentre en viaje, no hubiese ningún familiar que pueda hacerse cargo de la situación, y no pudiera regresar con su vehículo, se le abonarán los gastos de transporte, siendo el medio de transporte a elección de Europ Assistance.
5.19 Asistencia jurídica en la República Argentina
Si un socio del ACA es titular de un vehículo y fuera detenido por autoridades policiales o procesado por orden judicial dentro de la República Argentina como consecuencia de serle imputada responsabilidad por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que haya sido parte mientras conducía el vehículo del cual es titular, Europ Assistance pondrá a su disposición un abogado que se hará cargo de su defensa, asumiendo los gastos de la misma hasta el límite abajo indicado.
Siendo voluntaria su aceptación por parte del beneficiario, ninguna responsabilidad asume Europ Assistance por la actuación del profesional que proponga.
Este servicio se brindará únicamente al socio del ACA titular del vehículo imputado. El límite global a cargo de Europ Assistance será de $307.500.- (pesos trescientos siete mil quinientos) por honorarios y gastos causídicos.
5.20 Asistencia jurídica en países limítrofes
Si el beneficiario fuera detenido por autoridades policiales o procesado por orden judicial fuera de la República Argentina, como consecuencia de serle imputada responsabilidad por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en que haya sido parte, Europ Assistance pondrá a su disposición un abogado que se hará cargo de su defensa.
En todos los casos el abogado designado por Europ Assistance será el agente del titular sin que se pueda reclamar a ésta responsabilidad o indemnización alguna en su contra por haber propuesto al citado profesional.
El límite máximo de este servicio es de $ 915.000.- (pesos novecientos quince mil) por honorarios y gastos causídicos.
5.21 Anticipo de fianzas
En caso de accidente por el cual se le impute responsabilidad penal al beneficiario y se le fije fianza, se le adelantarán hasta U$S 5.000.- (dólares estadounidenses cinco mil) en concepto de préstamo para satisfacer dicha fianza, previa garantía a satisfacción de Europ Assistance.
5.22 Adelanto financiero
En caso de robo, hurto, destrucción total o accidente con heridos, se pondrá a disposición del beneficiario un adelanto financiero de hasta U$S 1.000.- (dólares estadounidenses mil), previo depósito del monto en las oficinas de Europ Assistance por parte de un familiar.
5.23 Central de información 24 hs. Transmisión de mensajes urgentes
Los beneficiarios podrán acceder sin costo a la Central 24 hs. de Europ Assistance donde obtendrán información sobre:
- Orientación telefónica en caso de accidente vial.
- Unidades serviciales ACA más cercanas.
- Direcciones y teléfonos de hoteles, hospitales, comisarías, etc.
- Estado de rutas. Datos básicos sobre cualquier destino.
- Información meteorológica.
- Información médico sanitarias (Hospitales, clínicas, centros de primeros auxilios las 24 hs.).
- Horarios de vuelos.
- Embajadas, consulados y oficinas de turismo.
- Recomendaciones sanitarias.
- Requisitos de entrada en otros países.
- Concesionarios de automotores nuevos y usados.
- Hoteles, restaurantes, espectáculos.
- Farmacias de turno.
- Cotizaciones de monedas.
- Códigos postales.
- Envío de flores.
- Otras informaciones generales afines.
Asimismo, en caso de avería, accidente, o robo del vehículo, Europ Assistance se encargará de retransmitir los mensajes urgentes que el beneficiario indique, siempre que el mismo se encuentre impedido de transmitir dicho mensaje, poniendo a disposición del beneficiario los medios necesarios a su alcance para cumplimentarlo. De ser necesario, se realizará conferencia tripartita.
IMPORTANTE:
Al solicitar cualquiera de los servicios incluidos en las presentes Condiciones Generales, el socio del ACA deberá acreditar que viajaba en el vehículo accidentado o averiado. Europ Assistance se reserva el derecho de efectuar las verificaciones de cualquier tipo que estime necesarias en tal sentido.
6. Servicios Excluidos de la Cobertura
Quedan expresamente excluidos de los servicios de Asistencia al Viajero los siguientes eventos:
6.1 Los servicios que los beneficiarios hayan concertado por su cuenta, sin el consentimiento previo de Europ Assistance.
Todos los servicios indicados en las presentes Condiciones Generales se brindarán exclusivamente por prestación de Europ Assistance y no se efectuarán reintegros de gastos bajo ninguna circunstancia, salvo que dicho reintegro haya sido expresamente aprobado por Europ Assistance antes de producirse el gasto.
6.2 La asistencia por enfermedad de cualquier tipo.
6.3 Lesiones derivadas de acción criminal del beneficiario, directa o indirectamente.
6.4 Lesiones resultantes de intento de suicidio, o causadas intencionalmente por el beneficiario a sí mismo.
6.5 Muerte por suicidio.
6.6 Lesiones o estados patológicos producidos por intencional ingestión o administración de bebidas alcohólicas, tóxicos, drogas, narcóticos, o por la utilización de medicamentos sin orden médica, así como sus secuelas y consecuencias.
6.7 Los eventos que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamientos, práctica o participación activa en competencias deportivas (profesionales o amateurs) de cualquier tipo.
6.8 Cualquier tipo de enfermedad mental.
6.9 La asistencia a cualquier ocupante del vehículo que se hubiera transportado bajo la modalidad de transporte benévolo conocida como “autostop”.
6.10 Los gastos incurridos en cualquier tipo de prótesis, incluyendo pero no limitando: lentes, audífonos, anteojos, prótesis quirúrgicas u odontológicas, muletas, etc..
6.11 Cuando el vehículo no se encuentre asegurado por responsabilidad civil frente a terceros, o el conductor no esté debidamente habilitado para conducir o se hubiera excedido el límite de ocupantes previsto para el vehículo, según lo determinado por el fabricante del mismo.
6.12 Cuando la inmovilización se deba a circunstancias excepcionales o a hechos de carácter extraordinario, casos fortuitos o de fuerza mayor tales como nevadas, maremotos, huelgas, actos de sabotaje, guerras, catástrofes, dificultades en los medios de comunicación o en las vías de acceso al lugar de asistencia, etc.. Superadas las situaciones de esta índole, Europ Assistance se obligará a ejecutar sus compromisos en el menor tiempo posible.
6.13 Cuando la inmovilización se deba a consecuencias de la violación de las normas de tránsito vigentes, o al dolo o culpa del beneficiario u otro ocupante del vehículo designado.
6.14 Europ Assistance no estará obligada a atender los gastos que a continuación se detallan:
- Gastos de alimentación, combustibles, peajes y movilizaciones no autorizadas.
- Revisión de mantenimiento por reparación por accidentes o averías.
- Los gastos por indemnización o reembolso en casos de sustracción, robo, hurto o apoderamiento ilegítimo de materiales, accesorios, equipaje y objetos personales dejados en el vehículo designado.
7. Subrogación
Hasta la concurrencia de las sumas desembolsadas en cumplimiento de las obligaciones emanadas de las presentes Condiciones Generales, Europ Assistance quedará automáticamente subrogada en los derechos y acciones que pueden corresponder a los beneficiarios o a sus herederos contra terceras personas físicas o jurídicas en virtud del evento ocasionante de la asistencia prestada. Además el beneficiario se compromete a abonar a Europ Assistance todo importe que haya recibido de parte del causante del accidente y/o de su(s) compañía(s) de seguro(s) en concepto de adelanto(s) a cuenta de la liquidación de la indemnización final a la cual el beneficiario tiene derecho en la medida que se encuentren incluidos los montos desembolsados por Europ Assistance. Ello a concurrencia de los importes a cargo de Europ Assistance en el caso ocurrido.
En consecuencia, el beneficiario cede irrevocablemente a favor de Europ Assistance los derechos y acciones comprendidos en la presente cláusula, obligándose a llevar a cabo la totalidad de los actos jurídicos que a tal efecto resulten necesarios y a prestar toda la colaboración o a subrogar tales derechos a Europ Assistance, esta última quedará automáticamente desobligada a abonar los gastos de asistencia originados.
8. Responsabilidad
Europ Assistance no será responsable y no indemnizará al beneficiario por cualquier daño, perjuicio, lesión o enfermedad causada por el hecho de haberle brindado al beneficiario a su solicitud, personas o profesionales para que lo asistieran por cualquiera de los servicios previstos en las presentes Condiciones Generales.
Europ Assistance provee únicamente servicios cuando le son solicitados, y en las circunstancias previstas en las presentes Condiciones Generales. En estos casos, la persona o personas designadas por Europ Assistance serán tenidas como agentes del beneficiario sin recurso de naturaleza o circunstancia alguna contra Europ Assistance en razón de tal designación.
9. Ley y Jurisdicción Aplicable
Para todas las cuestiones de derecho relativas a la relación entre los beneficiarios de los servicios detallados precedentemente queda pactada la aplicación de la legislación Argentina y la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
10. Reserva
Europ Assistance se reserva el derecho a exigir a los beneficiarios el reembolso de cualquier gasto efectuado indebidamente, en caso de haberse prestado servicios no contratados, y/o fuera del período de vigencia de acuerdo establecido y/o en forma diferente a todo lo precedentemente indicado.
Información Vigente a Julio 2024