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El
señalamiento de los caminos surge como una necesidad del hombre
de comunicar, en el nivel de comprensión más amplio, sobre
los riesgos del camino, las regulaciones del tránsito, direcciones
y servicios.
El señalamiento vial se encuentra comprendido dentro del vasto
campo de la comunicación. Para que la información que dicho
sistema brinda sea unívocamente interpretada, debe utilizarse un
lenguaje común en todo el país, basado en los principios
internacionales.
Las órdenes, advertencias, indicaciones u orientaciones ofrecidas
por las señales viales deben ser una expresión homogénea,
es decir que a cada situación o evento corresponda un símbolo
o código y viceversa.
Por otra parte el mensaje debe ser conciso a fin de que el usuario pueda
captar a tiempo y con corrección el mensaje emitido para una respuesta
apropiada.
Es conforme a lo expresado y en busca de la seguridad del usuario, es
decir su protección, que se ha creado un Sistema de Señalamiento
Vial Uniforme.
Dicho sistema comprende la descripción, significado y ubicación
de los dispositivos de seguridad y control del tránsito, incluidos
en la Ley Nacional del Tránsito y su reglamentación.
El código de señalamiento es la base sobre la que debe asentarse
todo organismo nacional, provincial o municipal responsable de la estructura
vial cuando realice o autorice un señalamiento vial.
Cabe aclarar que las señales prescriptas son decididas por la autoridad
de tránsito correspondiente, a excepción de las señales
ferroviarias, sobre las que tiene competencia y control el ferrocarril.
El significado de las señales se presume conocido por los usuarios
de la vía pública, pero las disposiciones de carácter
local sólo serán exigibles a aquellos cuando estén
expresadas a través de señales, símbolos y marcas
del Sistema de Señalamiento Vial Uniforme.
Por otra parte toda señal no realizada por autoridad competente
debe ser autorizada por ella.
Es responsabilidad de las autoridades de aplicación la correcta
colocación, mantenimiento y preservación del sistema de
señalamiento, pero aquí cabe también la aclaración
de que quien destruya o modifique el significado por cambio de orientación
o escritura de una señal, está cometiendo un delito, es
decir un atentado a la seguridad de las personas
El sistema de señalamiento lo podemos diferenciar de la siguiente
manera, a saber:
a) Señales
Verticales
b) Señales Horizontales
c) Señales Luminosas
d) Señales Manuales
e) Señales Acústicas
f) Control Inteligente
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